NIA 700 (Revisada), Formación de la opinión y emisión del informe de auditoría sobre los estados financieros

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Introducción

Alcance de esta NIA

  1. Esta Norma Internacional de Auditoría (NIA) trata de la responsabilidad que tiene el auditor de formarse una opinión sobre los estados financieros. También trata de la estructura y el contenido del informe de auditoría emitido como resultado de una auditoría de estados financieros.

  2. La NIA 7011TRATA de la responsabilidad que tiene el auditor de comunicar las cuestiones clave de la auditoría en el informe de auditoría. La NIA 705 (Revisada)2Y la NIA 706 (Revisada)3TRATAN del modo en que la estructura y el contenido del informe de auditoría se ven afectados cuando el auditor expresa una opinión modificada o incluye un párrafo de énfasis o un párrafo sobre otras cuestiones en el informe de auditoría. Otras NIA contienen asimismo requerimientos de información que son aplicables cuando se emite un informe de auditoría.

  3. La presente NIA se aplica a la auditoría de un conjunto completo de estados financieros con ines generales y se ha redactado en ese contexto. La NIA 800 (Revisada)4 trata de los aspectos particulares a tener en cuenta cuando los estados financieros se preparan de conformidad con un marco de información inanciera con ines específicos. La NIA 805 (Revisada)5TRATA de las consideraciones especiales aplicables en una auditoría de un solo estado financiero o de un elemento, cuenta o partida específicos de un estado financiero. Esta NIA también es aplicable a las auditorías en las que son aplicables la NIA 800 (Revisada) o la NIA 805 (Revisada).

  4. Los requerimientos de esta NIA tienen como inalidad alcanzar un equilibrio adecuado entre la necesidad de congruencia y comparabilidad entre informes de auditoría emitidos globalmente y la necesidad de incrementar el valor de la información proporcionada por los auditores haciendo que la información que proporciona el informe de auditoría sea más relevante para los usuarios. Esta NIA fomenta la congruencia del informe de auditoría, pero reconoce la necesidad de lexibilidad para amoldarse a las circunstancias concretas de las distintas jurisdicciones. Cuando la auditoría se realiza de conformidad con las NIA, la congruencia del informe de auditoría promueve la credibilidad en el mercado global al hacer más fácilmente identiicables aquellas auditorías que han sido realizadas de conformidad con unas normas reconocidas a nivel mundial. También ayuda a fomentar la comprensión por parte del usuario y a identiicar, cuando concurren, circunstancias inusuales.

    Fecha de entrada en vigor

  5. Esta NIA es aplicable a las auditorías de estados financieros correspondientes a periodos terminados a partir del 15 de diciembre de 2016.

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    Objetivos

  6. Los objetivos del auditor son:

    (a) La formación de una opinión sobre los estados financieros basada en una evaluación de las conclusiones extraídas de la evidencia de auditoría obtenida; y

    (b) La expresión de dicha opinión con claridad mediante un informe escrito.

    Definiciones

  7. A efectos de las NIA, los siguientes términos tienen los signiicados que iguran a continuación:

    (a) Estados financieros con ines generales: los estados financieros preparados de conformidad con un marco de información con ines generales.

    (b) Marco de información con ines generales: un marco de información inanciera diseñado para satisfacer las necesidades comunes de información inanciera de un amplio espectro de usuarios. El marco de información inanciera puede ser un marco de presentación razonable o un marco de cumplimiento.

    El término "marco de presentación razonable" se utiliza para referirse a un marco de información inanciera que requiere el cumplimiento de sus requerimientos y, además:

    (i) Reconoce de forma explícita o implícita que, para lograr la presentación razonable de los estados financieros, puede ser necesario que la dirección revele información adicional a la especíicamente requerida por el marco; o

    (ii) Reconoce explícitamente que puede ser necesario que la dirección no cumpla alguno de los requerimientos del marco para lograr la presentación razonable de los estados financieros. Se espera que esto solo sea necesario en circunstancias extremadamente poco frecuentes.

    El término "marco de cumplimiento" se utiliza para referirse a un marco de información inanciera que requiere el cumplimiento de sus requerimientos, sin contemplar las posibilidades descritas en los apartados (i) o (ii) anteriores.6(C) Opinión no modificada (o favorable): opinión expresada por el auditor cuando concluye que los estados financieros han sido preparados, en todos los aspectos materiales, de conformidad con el marco de información inanciera aplicable.7

  8. "Estados financieros" en esta NIA se reiere a "un conjunto completo de estados financieros con ines generales".8LOS requerimientos del marco de información inanciera

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    aplicable determinan la presentación, la estructura y contenido de los estados financieros, así como lo que constituye un conjunto completo de estados financieros.

  9. En esta NIA, las "Normas Internacionales de Información Financiera" hacen referencia a las Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF), emitidas por el Consejo de Normas Internacionales de Contabilidad, y las "Normas Internacionales de Contabilidad para el Sector Público" se reieren a las Normas Internacionales de Contabilidad para el Sector Público (NICSP) emitidas por el Consejo de Normas Internacionales de Contabilidad para el Sector Público.

    Requerimientos

    Formación de la opinión sobre los estados financieros

  10. El auditor se formará una opinión sobre si los estados financieros han sido preparados, en todos los aspectos materiales, de conformidad con el marco de información inan-ciera aplicable.910

  11. Con el in de formarse dicha opinión, el auditor concluirá si ha obtenido una seguridad razonable sobre si los estados financieros en su conjunto están libres de incorrección material, debida a fraude o error. Dicha conclusión tendrá en cuenta:

    (a) La conclusión del auditor, de conformidad con la NIA 330, sobre si se ha obtenido evidencia de auditoría suiciente y adecuada;11(B) La conclusión del auditor, de conformidad con la NIA 450, sobre si las incorrecciones no corregidas son materiales, individualmente o de forma agregada;12Y

    (c) Las evaluaciones requeridas por los apartados 12-15.

  12. El auditor evaluará si los estados financieros han sido preparados, en todos los aspectos materiales, de conformidad con los requerimientos del marco de información inanciera aplicable. Dicha evaluación tendrá también en consideración los aspectos cualitativos de las prácticas contables de la entidad, incluidos los indicadores de posible sesgo en los juicios de la dirección. (Ref.: Apartados A1-A3)

  13. En especial, teniendo en cuenta los requerimientos del marco de información inanciera aplicable, el auditor evaluará si:

    (a) Los estados financieros revelan apropiadamente las políticas contables signiicativas seleccionadas y aplicadas. Al realizar esta evaluación, el auditor tendrá en cuenta la relevancia de las políticas contables para la entidad, y si han sido presentadas de manera comprensible; (Ref.: Apartado A4)

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    (b) Las políticas contables seleccionadas y aplicadas son congruentes con el marco de información inanciera aplicable, así como adecuadas;

    (c) Las estimaciones contables realizadas por la dirección son razonables;

    (d) La información presentada en los estados financieros es relevante, iable, comparable y comprensible. Para ello, el auditor tendrá en cuenta si:

    · La información que se debería incluir ha sido incluida y si dicha información está adecuadamente clasiicada, agregada o desagregada y caliicada.

    · La presentación global de los estados financieros ha sido menoscabada por la inclusión de información que no es relevante o que confunde sobre la adecuada comprensión de las cuestiones reveladas. (Ref.: Apartado A5)

    (e) Los estados financieros revelan información adecuada que permita a los usuarios a quienes se destinan entender el efecto de las transacciones y los hechos que resultan materiales sobre la información contenida en los estados financieros; y (Ref.: Apartado A6)

    (f) La terminología empleada en los estados financieros, incluido el título de cada estado financiero, es adecuada.

  14. Cuando los estados financieros se preparen de conformidad con un marco de presentación razonable, la evaluación requerida por los apartados 12-13 incluirá también la evaluación de si los estados financieros logran la presentación razonable. Al evaluar si los estados financieros expresan la presentación razonable, el auditor considerará: (Ref.: Apartados A7-A9)

    (a) La presentación, estructura y contenido globales de los estados financieros; y

    (b) Si los estados financieros presentan las transacciones y los hechos subyacentes de modo que logren la presentación razonable.

  15. El auditor evaluará si los estados financieros describen o hacen referencia adecuadamente al marco de información inanciera aplicable. (Ref.: Apartados A10-A15)

    Forma de la opinión

  16. El auditor expresará una opinión no modificada (favorable) cuando concluya que los estados financieros han sido preparados, en todos los aspectos materiales, de conformidad con el marco de información inanciera aplicable.

  17. El auditor expresará una opinión modificada en el informe de auditoría, de conformidad con la NIA 705 (Revisada), cuando:

    (a) Concluya que, sobre la base de la evidencia de auditoría obtenida, los estados financieros en su conjunto no están libres de incorrección material; o

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    (b) No pueda obtener evidencia de auditoría suiciente y adecuada para concluir que los estados financieros en su conjunto están libres de incorrección material.

    El auditor expresará una opinión modificada en el informe de auditoría, de conformidad con la NIA 705 (Revisada).

  18. Si los estados financieros preparados de conformidad con los requerimientos de un marco de imagen razonable no logran la presentación razonable, el auditor lo discutirá con la...

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