NIA 540 (Revisada), Auditoría de estimaciones contables y de la información a revelar relacionada

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Introducción

Alcance de esta NIA

  1. Esta Norma Internacional de Auditoría (NIA) trata de las responsabilidades que tiene el auditor en lo que respecta a las estimaciones contables y la información a revelar respectiva en una auditoría de estados financieros. Especíicamente, incluye requerimientos y orientaciones que hacen referencia o amplían cómo se aplicarán la NIA 315 (Revisada),1LA NIA 330,2LA NIA 450,3LA NIA 5004Y otras normas apropiadas en relación con las estimaciones contables y la información relacionada a revelar. También incluye requerimientos y orientaciones sobre la evaluación de las incorrecciones de las estimaciones contables y la información a revelar respectiva, e indicadores de posible sesgo de la dirección.

    Naturaleza de las estimaciones contables

  2. Las estimaciones contables varían ampliamente en su naturaleza y deben ser realizadas por la dirección cuando los importes monetarios no pueden observarse directamente. La medición de estos importes monetarios está sujeta a incertidumbre en la estimación, que releja limitaciones inherentes al conocimiento o a los datos. Estas limitaciones dan lugar a una subjetividad inherente y a una variación en los resultados de la medición. El proceso de realizar estimaciones contables implica seleccionar y aplicar un método utilizando supuestos y datos, lo que requiere un juicio por parte de la dirección y puede dar lugar a una complejidad en la medición. Los efectos de la complejidad, la subjetividad u otros factores de riesgo inherentes en la medición de estas cantidades monetarias afectan su susceptibilidad a incorrecciones. (Ref.: Apartados A1-A6, Anexo 1)

  3. Aunque esta NIA se aplica a todas las estimaciones contables, el grado en que una estimación contable está sujeta a la incertidumbre en la estimación variará sustancialmente. La naturaleza, momento oportuno y extensión de la valoración del riesgo y de los procedimientos de auditoría adicionales requeridos por esta NIA, variará en relación con la incertidumbre en la estimación y en la valoración de los correspondientes riesgos de incorrección material. Para ciertas estimaciones contables, la incertidumbre en la estimación puede ser muy baja, con fundamento en su naturaleza y en la complejidad y la subjetividad involucradas para hacerlas, también pueden ser muy bajas. Para esas estimaciones contables, no se espera que los procedimientos de valoración de riesgos y los procedimientos de auditoría adicionales requeridos por esta NIA sean extensos. Cuando la incertidumbre en la estimación, la complejidad o la subjetividad son muy altas, se esperaría que tales procedimientos fueran mucho más extensos. Esta NIA contiene orientación sobre cómo se pueden escalar sus requerimientos. (Ref.: Apartado A7)

    Conceptos clave de esta NIA

  4. Esta NIA requiere una valoración separada del riesgo inherente con el in de valorar los riesgos de incorrección material en la airmación de las estimaciones contables.

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    Dependiendo de la naturaleza de una estimación contable en particular, la susceptibilidad de una airmación sobre una incorrección material puede estar sujeta o afectada por la incertidumbre en la estimación, la complejidad, la subjetividad u otros factores de riesgo inherentes y la interrelación entre ellos. Como se explica en la NIA 200,5EL riesgo inherente es más elevado para algunas airmaciones y tipos de transacciones, saldos contables o información a revelar relacionados, que para otros. En consecuencia, la valoración del riesgo inherente depende del grado en que los factores de riesgo inherentes afectan la probabilidad o magnitud de la incorrección y varía en una escala a la que se hace referencia en esta NIA como el espectro del riesgo inherente. (Ref.: Apartados A8-A9, A65-A66, Anexo 1)

  5. Esta NIA hace referencia a los requerimientos aplicables de la NIA 315 (Revisada) y la NIA 330, y proporciona una orientación apropiada para enfatizar la importancia de las decisiones del auditor sobre los controles relacionados con las estimaciones contables, incluidas las decisiones sobre si:

    · Existen controles relevantes para la auditoría, para los cuales el auditor debe evaluar su diseño y determinar si se han implementado.

    · Para probar la efectividad operativa de los controles relevantes.

  6. Esta NIA también requiere una valoración separada del riesgo de control cuando se valoran los riesgos de incorrección material en la airmación de las estimaciones contables. Al valorar el riesgo de control, el auditor toma en cuenta si sus procedimientos de auditoría adicionales contemplan la dependencia planiicada de la efectividad operativa de los controles. Si el auditor no realiza pruebas de control, su valoración del riesgo de incorrección material en las airmaciones, no se puede reducir a la operación efectiva de los controles con respecto a la airmación en par-ticular.6(REF.: Apartado A10)

  7. Esta NIA enfatiza que los procedimientos de auditoría adicionales del auditor (incluyendo, cuando corresponda, las pruebas de control) deben responder a las razones de los riesgos valorados de incorrección material en las airmaciones, teniendo en cuenta el efecto de uno o más factores de riesgo inherentes y la valoración del auditor del riesgo de control.

  8. El ejercicio del escepticismo profesional en relación con las estimaciones contables se ve afectado por la consideración del auditor de los factores de riesgo inherentes y su importancia aumenta cuando las estimaciones contables están sujetas a un mayor grado de incertidumbre o se ven afectadas en mayor grado por la complejidad, la subjetividad u otros factores de riesgo inherentes. De manera similar, el ejercicio del escepticismo profesional es importante cuando existe una mayor susceptibilidad de incorrecciones materiales debidas a sesgos de la dirección o por fraude. (Ref.: Apartado A11)

  9. Esta NIA requiere que el auditor evalúe, con base en los procedimientos de auditoría realizados y la evidencia de auditoría obtenida, si las estimaciones contables y

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    la información a revelar son razonables7EN el contexto del marco de información inanciera aplicable, o contienen incorrecciones. Para los ines de esta NIA, razonable en el contexto del marco de información inanciera aplicable signiica que los requerimientos del marco de información inanciera se han aplicado de manera adecuada, incluidos aquellos que abordan: (Ref.: Apartados A12-A13, A139-A144)

    · La elaboración de la estimación contable, incluida la selección del método, los supuestos y la información toman en consideración la naturaleza de la estimación contable y los hechos y circunstancias de la entidad;

    · La selección de la estimación puntual de la dirección; y

    · La información a revelar sobre las estimaciones contables, incluida la información a revelar sobre cómo se realizaron las estimaciones contables y la explicación de la naturaleza, extensión y fuentes de incertidumbre en la estimación.

    Fecha de entrada en vigor

  10. Esta NIA es aplicable a las auditorías de estados financieros correspondientes a periodos iniciados a partir del domingo 15 de diciembre de 2019.

    Objetivo

  11. El objetivo del auditor es obtener evidencia de auditoría suiciente y adecuada de que las estimaciones contables y la información correspondiente revelada en los estados financieros es adecuada, en el contexto del marco de información inanciera aplicable.

    Definiciones

  12. A efectos de las NIA, los siguientes términos tienen los signiicados que iguran a continuación:

    (a) Estimación contable: un importe monetario para el cual la medición, de conformidad con los requerimientos del marco de información inanciera aplicable, está sujeta a una incertidumbre en la estimación. (Ref.: Apartado A14)

    (b) Estimación puntual o rango del auditor - cantidad o rango de cantidades, respectivamente, desarrollada por el auditor al evaluar la estimación especíica realizada por la dirección. (Ref.: Apartado A15)

    (c) Incertidumbre en la estimación - la susceptibilidad de una falta inherente de precisión en la medición. (Ref.: Apartados A16, Anexo 1)

    (d) Sesgo de la dirección - Falta de neutralidad de la dirección en la preparación de la información. (Ref.: Apartado A17)

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    (e) Estimación puntual de la dirección - Cantidad determinada por la dirección como estimación contable para su reconocimiento o revelación en los estados financieros.

    (f) Desenlace de una estimación contable - Importe resultante de la resolución inal de las transacciones, hechos o condiciones sobre las que se basa la estimación contable. (Ref.: Apartado A18)

    Requerimientos

    Procedimientos de valoración del riesgo y actividades relacionadas

  13. Al obtener un conocimiento de la entidad y su entorno, incluyendo el control interno de la entidad, como lo requiere la NIA 315 (Revisada),8EL auditor deberá obtener un conocimiento de las siguientes cuestiones relacionadas con las estimaciones contables de la entidad. Los procedimientos del auditor para obtener el conocimiento se realizarán en la medida necesaria para proporcionar una base adecuada para la identiicación y valoración de los riesgos de incorrección material en los estados financieros y en las airmaciones. (Ref.: Apartados A19-A22)

    La entidad y su entorno

    (a) Las transacciones de la entidad y otros hechos y condiciones que pueden dar lugar a la necesidad de estimaciones o cambios en las estimaciones contables que deben ser reconocidas o reveladas en los estados financieros. (Ref.: Apartado A23)

    (b) Los requerimientos del marco de información inanciera aplicable, relativos a las estimaciones contables (incluido el criterio de reconocimiento, las bases de medición y los requerimientos de presentación y revelación aplicables); y cómo aplican en el contexto de la naturaleza y circunstancias de la entidad y su entorno, incluido cómo las transacciones y otros eventos o condiciones son afectadas o están sujetas a los factores inherentes del riesgo. (Ref.: Apartados A24-A25)

    (c) Los factores...

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