Acuerdo General 67/2009 del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, relativo a la denominación, competencia, jurisdicción territorial e inicio de funcionamiento del Tribunal Colegiado del Segundo Circuito, con residencia en Nezahualcóyotl, Estado de México; a las reglas de turno, sistema de recepción y distribución de asuntos, así como a la modificación de la circunscripción territorial de los Tribunales Colegiados del mencionado Circuito

Fecha de Resolución30 de Noviembre de 2009
EmisorPrimera Seccion

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Consejo de la Judicatura Federal.- Secretaría Ejecutiva del Pleno. ACUERDO GENERAL 67/2009, DEL PLENO DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA FEDERAL, RELATIVO A LA DENOMINACION, COMPETENCIA, JURISDICCION TERRITORIAL, E INICIO DE FUNCIONAMIENTO DEL TRIBUNAL COLEGIADO DEL SEGUNDO CIRCUITO, CON RESIDENCIA EN NEZAHUALCOYOTL, ESTADO DE MEXICO; A LAS REGLAS DE TURNO, SISTEMA DE RECEPCION Y DISTRIBUCION DE ASUNTOS, ASI COMO A LA MODIFICACION DE LA CIRCUNSCRIPCION TERRITORIAL DE LOS TRIBUNALES COLEGIADOS DEL MENCIONADO CIRCUITO.

CONSIDERANDO

PRIMERO

En términos de lo dispuesto por los artículos 94, párrafo segundo; 100, párrafos primero y octavo, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 68 y 81, fracción II, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, el Consejo de la Judicatura Federal es el órgano encargado de la administración, vigilancia y disciplina de los tribunales de Circuito y juzgados de Distrito, con independencia técnica, de gestión y para emitir sus resoluciones; además, está facultado para expedir acuerdos generales que permitan el adecuado ejercicio de sus funciones;

SEGUNDO

El artículo 94, párrafo sexto, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, los artículos 81, fracciones IV y 144, párrafo segundo, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, establecen que son atribuciones del Consejo de la Judicatura Federal determinar el número y límites territoriales de los circuitos en que se divide el territorio de la República Mexicana, a propuesta de la Comisión de Creación de Nuevos Organos, en términos del artículo 57, fracción I, del Acuerdo General del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, que Reglamenta la Organización y Funcionamiento del propio Consejo, publicado el tres de octubre de dos mil seis en el Diario Oficial de la Federación;

TERCERO

El artículo 17 Constitucional establece, entre otras disposiciones, que los tribunales estarán expeditos para impartir justicia en los plazos y términos que fijen las leyes, emitiendo sus resoluciones de manera pronta, completa, imparcial y gratuita;

CUARTO

De conformidad con los diez compromisos asumidos por el Poder Judicial de la Federación, durante el acto de emisión del Acuerdo Nacional por la Seguridad, la Justicia y la Legalidad, suscrito en Palacio Nacional el veintiuno de agosto de dos mil ocho, a fin de brindar respuestas más ágiles y eficientes que permitan atender con mayor calidad y rapidez los procesos judiciales, se planteó la instalación de nuevos juzgados y tribunales federales en los Circuitos con elevadas cargas de trabajo;

QUINTO

De acuerdo con la información proporcionada por la Secretaría Ejecutiva de Obra, Recursos Materiales y Servicios Generales del Consejo de la Judicatura Federal, en la actualidad, se cuenta con la infraestructura física para la instalación del Tribunal Colegiado del Segundo Circuito, con residencia en Nezahualcóyotl, Estado de México, lo cual hace necesario determinar los aspectos inherentes al inicio de su funcionamiento.

En consecuencia, con fundamento en las disposiciones constitucionales y legales citadas, el Pleno del Consejo de la Judicatura Federal expide el siguiente

ACUERDO

PRIMERO

El nuevo órgano jurisdiccional se denominará Tribunal Colegiado del Segundo Circuito, con residencia en Nezahualcóyotl, Estado de México. El tribunal Colegiado de referencia, tendrá igual jurisdicción territorial que la de los juzgados de Distrito que funcionan actualmente en Nezahualcóyotl, Estado de México; asimismo conocerá de los asuntos a que se refiere el artículo 37 de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación.

SEGUNDO

El Tribunal Colegiado del Segundo Circuito, con residencia en Nezahualcóyotl, Estado de

México, iniciará funciones el dos de diciembre de dos mil nueve y su domicilio será el ubicado en avenida Bordo de Xochiaca número 2, colonia Ciudad Jardín, código postal 57000, en Nezahualcóyotl, Estado de México.

Desde la fecha indicada, el nuevo tribunal colegiado recibirá los nuevos asuntos en su Oficialía de Partes.

TERCERO

A partir de la fecha señalada en el punto anterior, los tribunales colegiados que se encuentran actualmente en funciones...

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