Multas establecidas en el Código de Comercio. Se actualizan sus montos para 2017

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Se actualizan sus montos para 2017

La SE publicó en el DOF del 26 de diciembre pasado, el " Acuerdo para la actualización de los montos establecidos en los artículos 1067 Bis fracción II, 1253 fracción VI, 1339, 1340 y 1390 Bis 33 del Código de Comercio", mismo que entró en vigor el 27 de diciembre de 2016.

El acuerdo actualiza los montos de las multas consignadas en los artículos 1067-Bis, fracción II, 1253, fracción VI, 1339, 1340 y 1390-Bis-33 del Código de Comercio (Ccom), para quedar como sigue:

Artículo del Ccom Importe ($) Descripción
1067-Bis, fracción II 7,124.55 Multa utilizada como medida de apremio por parte del juez para hacer cumplir sus determinaciones en un juicio mercantil.
1253, fracción VI 3,562.28 Sanción a peritos omisos dentro del término de ofrecimiento de pruebas en un juicio mercantil.
1339 593,712.73 Monto para determinar si son irrecurribles las resoluciones que se dicten durante el procedimiento y las sentencias que recaigan en negocios.
1340 593,712.73 Importe para determinar si una apelación no procede en juicios mercantiles.
1390-Bis-33 2,374.85 a 5,937.13 Multa a quien no acuda sin justa causa calificada por el juez a un juicio oral mercantil.

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