La mujer campesina en México

AutorDip. Abraham Montes Alvarado
Páginas237-239
Foro 5. La política de desarrollo social ... / 237
Eje 7. Sanidad, Innocuidad, biotecnología,
semillas mejoradas.
Establecer institucionalmente la responsabi-
lidad del estado para garantizar el abasto de
semilla mejorada.
Establecer en la Ley de Desarrollo Sustentable
y en la Constitución, que solo el Estado mexi-
cano, a través de las instituciones de educación
y de investigación, así como las que se creen
ex profeso para éste propósito, podrá producir
semilla desarrollada con biotecnología. Más
allá del debate ético y científico del uso de las se-
millas transgénicas, la utilización de éstas con
patente de marca, sobre todo si ésta última per-
tenece a una empresa extranjera o trasnacio-
nal, compromete la soberanía y la seguridad del
país, al encadenar la producción de alimentos
a un actor que puede tener intereses diferentes
a los nacionales. Debe quedar prohibido en la
ley, la utilización de semillas transgénicas que
sean las produzca el estado a través de las ins-
tituciones públicas de investigación y desarrollo
tecnológico.
Eje 8. El impacto social de la Reforma al
Campo.
Proponer la auditoría social del campo, que
evalúe y posteriormente defina, desde lo local,
el diseño y el impacto de las políticas públicas y
los programas.
Establecer como derecho humano, el derecho a
la alimentación sana, inocua, etc.
La mujer campesina en México
Dip. Abraham Montes Alvarado*
* Diputado de la LXII legislatura, es secretario de las comi-
siones de Agricultura y Sistemas de Riego y de Desa rrollo
Municipal.
La globalización económica ha abierto nuevas
oportunidades para algunas mujeres, mientras
que para la mayoría del sector campesino se
ha intensificado la marginación y la exclusión de
la sociedad.
De los 13 millones de mujeres que viven en el
campo mexicano, 5.5 millones son indígenas que
hablan un idioma materno y una de cada tres en
edad de leer y escribir es analfabeta.
Trabajan más de 12 horas diarias para pro-
veer alimento y subsistencia a sus familias.
Contribuyen con el 40% de la oferta agrícola en
el mercado interno.
Sus parcelas agrícolas constituyen con fre-
cuencia el único medio para diversificar la ali-
mentación fami liar.
Las mujeres tienen derecho sobre 3.2 millones
de hectáreas, lo que representa 15.7% de la super-
ficie certificada en el país.
De éstas corresponden a superficie parcelada
31.4%, el uso común 56.9% y el resto a solares ur-
banos, parcelas con destino específico y parcelas
de gr upo.
Con derecho a las tierras parceladas tenemos
a 142 000 mujeres, a las que se han certificado
254 000 parcelas, lo que comprende una superfi-
cie ligeramente mayor al millón de hectáreas.
El promedio de parcelas por ejidataria es de
1.8 y por posesionaria 1.3 hectáreas.
En cuanto al tamaño de los predios se observa
lo siguiente: las ejidatarias con cinco hectáreas
o menos representan 52.7%, poseen 17.6% de la
superficie y el promedio de sus parcelas es de 2.1
hectáreas.
Las que tienen predios entre cinco y menos de
10 hectáreas son 26.6%, poseen 28.2% de la tierra
y el tamaño de sus parcelas es de 8.4 hectáreas.
Aquellas que tienen entre 10 y 15 hectáreas
son 9.5%, usufructúan 15.6% de la superficie y en
promedio poseen 12.9 hectáreas.
2.8% de las ejidatarias sus parcelas son mayo-
res a 25 hectáreas, poseen 18.1% de la superficie
y el tamaño promedio de sus parcelas es de 50.7
hectáreas.
En promedio las ejidatarias tienen 7.9 hectá-
reas, menor en 1.1 hectáreas al de los predios de los
ejidatarios.

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