Circular por la que se comunica a las dependencias, Procuraduría General de la República y entidades de la Administración Pública Federal, así como a las entidades federativas, la ejecutoria dictada por el Juzgado Primero de Distrito en Materia Administrativa en el Estado de Jalisco, durante la tramitación del juicio de amparo número 1050/2009 promovido por la empresa Grupo Moravi, S.A. de C.V. en contra de la resolución contenida en el oficio número 00641/30.15/3046/ 2009, dictada dentro del expediente administrativo PISI-A-JAL-NC-DS-0105/2009, a través de la cual se le impusieron las sanciones consistentes en inhabilitación por un plazo de tres meses y multa

EdiciónMatutina
EmisorSecretaría de la Función Pública

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de la Función Pública.- Organo Interno de Control en el Instituto Mexicano del Seguro Social.- Area de Responsabilidades.- Expediente PISI-A-JAL-NC-DS-0105/2005.- Oficio 00641/30.15/1092/2011. CIRCULAR POR LA QUE SE COMUNICA A LAS DEPENDENCIAS, PROCURADURIA GENERAL DE LA REPUBLICA Y ENTIDADES DE LA ADMINISTRACION PUBLICA FEDERAL, ASI COMO A LAS ENTIDADES FEDERATIVAS, LA EJECUTORIA DICTADA POR EL JUZGADO PRIMERO DE DISTRITO EN MATERIA ADMINISTRATIVA EN EL ESTADO DE JALISCO, DURANTE LA TRAMITACION DEL JUICIO DE AMPARO NUMERO 1050/2009 PROMOVIDO POR LA EMPRESA "GRUPO MORAVI", S.A. DE C.V. EN CONTRA DE LA RESOLUCION CONTENIDA EN EL OFICIO NUMERO 00641/30.15/3046/2009 DE FECHA 17 DE JUNIO DE 2009, DICTADA DENTRO DEL EXPEDIENTE ADMINISTRATIVO PISI-A-JAL-NC-DS-0105/2009, A TRAVES DE LA CUAL SE LE IMPUSIERON LAS SANCIONES CONSISTENTES EN INHABILITACION POR UN PLAZO DE TRES MESES Y MULTA POR LA CANTIDAD DE $65,520.00 (SESENTA Y CINCO MIL QUINIENTOS VEINTE PESOS 00/100 M.N.).

Oficiales mayores de las dependencias,

Procuraduría General de la República

y equivalentes de las entidades de la

Administración Pública Federal y de los

gobiernos de las entidades federativas.

Presentes.

Mediante ejecutoria de fecha 29 de septiembre de 2009, el Juzgado Primero de Distrito en Materia Administrativa en el Estado de Jalisco, durante la tramitación del juicio de amparo número 1050/2009 promovido por la empresa "GRUPO MORAVI", S.A. de C.V. determinó:

1) se deje insubsistente la cedula de notificación elaborada el trece de marzo de dos mil nueve, así como todo lo actuado en el expediente administrativo PISI-A-JA-NC-DS-0105/2005 del que emanan los actos combatidos. ---2) La autoridad responsable Titular del Area de Responsabilidades del Organo Interno de Control del Instituto Mexicano del Seguro Social, le corra traslado del expediente PISI-A-JA-NC-DS-0105/2005, a fin de proporcionarle a la parte quejosa todos los elementos suficientes para llevar a cabo una adecuada defensa en contra del procedimiento que en esta vía se reprocha y, previa garantía de audiencia que le sea otorgada, se continúe con el procedimiento. ---- 3) Como consecuencia de...

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