Resolución por la que se modifican las Reglas para el establecimiento de filiales de instituciones financieras del exterior

Fecha de disposición02 Diciembre 2011
Fecha de publicación02 Diciembre 2011
EmisorSECRETARIA DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
SecciónPRIMERA. Poder Ejecutivo

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Hacienda y Crédito Público.- Secretaría Particular.- 101.- 562. La Secretaría de Hacienda y Crédito Público con fundamento en los artículos 31, fracción XXV de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 27-B, de la Ley para Regular las Agrupaciones Financieras; 45-B, de la Ley de Instituciones de Crédito; 45 Bis-2, de la Ley General de Organizaciones y Actividades Auxiliares del Crédito; 161, de la Ley del Mercado de Valores; 63, de la Ley de Sociedades de Inversión; 33-B, de la Ley General de Instituciones y Sociedades Mutualistas de Seguros, 15-B, de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, en ejercicio de las atribuciones que le confiere la fracción XXXIV del artículo 6o., del Reglamento Interior de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, y

CONSIDERANDO

Que las Reglas para el Establecimiento de Filiales de Instituciones Financieras del Exterior, se publicaron en el Diario Oficial de la Federación el 21 de abril de 1994, por lo que resulta necesario adecuar los esquemas de inversión a los requerimientos de la actualidad;

Que en razón de lo dispuesto en el Plan Nacional de Desarrollo 2007-2010, se busca, asegurar una mayor y mejor intermediación financiera para incrementar la disponibilidad de recursos crediticios para la producción, mediante la promoción de una mayor competencia en el sector financiero, a través de la entrada de nuevos participantes;

Que se requiere impulsar el desarrollo del marco de libre concurrencia y competencia en el sector financiero, que permita menores costos, mejores servicios y mayor cobertura, que faciliten a la población el acceso a nuevos servicios y a la atención de las necesidades de un mayor universo de la población;

Que en aras de fomentar la inversión de Instituciones Financieras del Exterior, se estima conveniente permitir la inversión de éstas a través de esquemas transitorios que tengan como resultado final la participación directa de la Sociedad Relacionada en el capital social de la Filial o Sociedad Controladora Filial;

Que el Banco de México, mediante oficio S10/12/2011 de fecha 17 de noviembre de 2011, emitió su opinión respecto de la modificación de las Reglas para el Establecimiento de Filiales de Instituciones Financieras del Exterior, con fundamento en los artículos 27-B, de la Ley para Regular las Agrupaciones Financieras y 45-B, de la Ley de...

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