MODIFICACIÓN AL TABULADOR DE SUELDOS Y SALARIOS DEL MUNICIPIO DE CALVILLO, AGS., PARA EL FORTASEG, EN EL EJERCICIO FISCAL 2018

Fecha de publicación16 Julio 2018
Sección
Pág. 24 PERIÓDICO OFICIAL Julio 16 de 2018
(Primera Sección)
H. AYUNTAMIENTO DE AGUASCALIENTES
MARÍA TERESA JIMÉNEZ ESQUIVEL, PRESIDENTE MUNICIPAL DE AGUASCALIENTES, con fundamento
en los artículos 115, fracción II de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 68 de la Constitu-
ción Política del Estado de Aguascalientes; 16, 36 fracciones I y XXXIX, 38 fracciones I y II de la Ley Municipal
para el Estado de Aguascalientes; artículos 78 y 79 del Código Municipal de Aguascalientes, a los habitantes
del Municipio de Aguascalientes hago saber que el Honorable Ayuntamiento Constitucional 2017-2019, tuvo
a bien aprobar la adición de un último párrafo al artículo 98 del Código Municipal de Aguascalientes,
para quedar como sigue:
ARTÍCULO 98.- …
I.- a la III.- …
I.- a la XX.- …
Las ausencias de titulares de dependencias o entidades de la administración pública municipal, respecto
a los cuales este Código u otro ordenamiento no establezcan una regulación especíca de suplencia, se
sujetarán a lo siguiente:
I.- Suplirá la ausencia aquel servidor público que designe el Presidente Municipal.
II.- A falta de designación hecha por el Presidente Municipal, suplirá el servidor público que determine el
titular que sea suplido cuando su ausencia no sea denitiva.
III.- Ante la omisión de las designaciones referidas en las fracciones anteriores, la ausencia será suplida
por aquel servidor público que le siga en jerarquía al titular de que se trate. En caso de que existan dos o más
servidores públicos de igual jerarquía inmediata inferior, se atenderá al orden en que son mencionados en
cada una de las fracciones del párrafo anterior.
IV.- El servidor público que supla la ausencia, tendrá a su cargo las atribuciones y obligaciones que le
corresponden al titular.
TRANSITORIO
ÚNICO.- La presente adición entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Periódico Ocial del
Estado de Aguascalientes.
Lo anterior para el conocimiento de la ciudadanía. Dado por el Honorable Ayuntamiento Constitucional
del Municipio de Aguascalientes, en la sesión ordinaria celebrada el día diez de julio del año dos mil dieciocho
en el salón Cabildo, con la presencia de la Licenciada María Teresa Jiménez Esquivel, Presidente Municipal
de Aguascalientes; los Regidores Edson Rubén Camarillo Rodríguez, Marly Fabiola Carranza Ávila, Manuel
Alejandro Monreal Dávila, Mónica Ledezma Gallegos, Gustavo Tristán López, Juana Cecilia López Ortiz, Sal-
vador Maximiliano Ramírez Hernández, Miguel Romo Reynoso, Mauricio González López, Oscar Salvador
Estrada Escobedo, Hazel Montejano García, Netzahualcóyotl Ventura Anaya, Karla Cassio Madrazo, la Síndico
de Hacienda Ma de Jesús Ramírez Castro y el Síndico Procurador Luis Alberto Rivera Vargas; así como el
Secretario del H. Ayuntamiento y Director General de Gobierno, Licenciado Jaime Gerardo Beltrán Martínez.-
En consecuencia, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 38, fracción I de la Ley Municipal para el
Estado de Aguascalientes, promulgo y ordeno se dé publicidad para su debido cumplimiento y efectos legales
conducentes.- Aguascalientes, Ags., a 10 de julio de 2018.- Lic. María Teresa Jiménez Esquivel, Presidente
Municipal de Aguascalientes.- Rúbrica.- Lic. Jaime Gerardo Beltrán Martínez, Secretario del H. Ayuntamiento
y Director General de Gobierno, quien valida con su rma en términos del artículo 107 fracción VIII, del Código
Municipal de Aguascalientes.- Rúbrica.
H. AYUNTAMIENTO DE CALVILLO
EL AYUNTAMIENTO DE CALVILLO, AGUASCALIENTES, EN SESIÓN EXTRAORDINARIA CELEBRADA EL
DÍA DE HOY, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE LOS ARTÍCULOS 115, FRACCIÓN IV DE
LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, 70, FRACCIÓN III DE LA CONS-
TITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO DE AGUASCALIENTES Y 36 DE LA LEY MUNICIPAL DEL ESTADO DE
AGUASCALIENTES.
CONSIDERANDO
Que de conformidad con lo dispuesto por los Artículos 115 de la Constitución Política de los Estados
Unidos Mexicanos, 66 y 67 de la Constitución Política del Estado de Aguascalientes y 15 de la Ley Municipal

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