Modificación a las reglas de operación del fondo nacional emprendedor para el ejercicio fiscal 2016
Número de expediente | 03/0024/150416 |
Fecha de registro | 15 Abril 2016 |
Emisor | SE - Secretaría de Economía |
Texto vigente |
Texto propuesto |
Observaciones |
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DEFINICIONES 3. Para efectos de estas Reglas de Operación se entenderá por: I al IX. . …. …. X. COMITÉ DE SEGUIMIENTO: Órgano colegiado de análisis y verificación para la comprobación de la aplicación y ejercicio de los recursos de los respectivos proyectos aprobados por el CONSEJO DIRECTIVO; XI al XXVII. …
XXXI. ORGANISMO INTERMEDIO: Las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, Estatal y Municipal, el Consejo Coordinador Empresarial; Cámaras y Confederaciones empresariales; Asociaciones Civiles especializadas en emprendimiento siempre y cuando acrediten una antigüedad mínima de constitución de tres años a la fecha de ingreso de su documentación jurídica y cuenten con al menos 100 miembros asociados o con una metodología o característica ampliamente reconocida a nivel internacional confirmada por la Coordinación General de Planeación Estratégica, Evaluación y Seguimiento, excepto las aceleradoras e incubadoras que cuenten con la validación por parte del INADEM; la Asociación Mexicana de Secretarios de Desarrollo Económico A.C., cuando se trate de proyectos que involucren a diversas Entidades Federativas; y los proveedores de tecnologías de la información y comunicaciones que están inscritos en la Vitrina de Soluciones Tecnológicas; XLIV. VITRINA DE SOLUCIONES TECNOLÓGICAS: Es el portal en el cual se publicarán las soluciones tecnológicas que ofrecen los proveedores de tecnologías de la información y comunicaciones, con el objeto de fortalecer las capacidades administrativas, comerciales y de negocios de las MIPYMES. Esta Vitrina será validada por un COMITÉ TÉCNICO, conformado por los representantes que el INADEM designe, expertos y representantes de las principales Cámaras, Asociaciones y Organismos empresariales del país, en materia de tecnologías de la información y comunicaciones, quienes emitirán consideraciones en cuanto a la pertinencia de las soluciones y su aplicabilidad a las necesidades presentes en el mercado.
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DEFINICIONES 3. Para efectos de estas Reglas de Operación se entenderá por: I al IX. …
X. Se deroga;
XI al XXVI. …
XXVII. INSTITUCIONES Y/U ORGANIZACIONES: Entidades o agrupaciones formalmente establecidas que representan intereses colectivos públicos o privados, que en el contexto del Programa tienen la capacidad de realizar acciones en beneficio de EMPRENDEDORES o MIPYMES y que son referidas en las CONVOCATORIAS y/o en las REGLAS DE OPERACIÓN como candidatas a presentar PROYECTOS; XXVIII. MANUAL DE PROCEDIMIENTOS: Documento de apoyo administrativo que señala los procedimientos específicos y la descripción de actividades que deben realizarse en el ejercicio de las atribuciones y funciones de las unidades administrativas.
XXXII. ORGANISMO INTERMEDIO: Las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, Estatal y Municipal, el Consejo Coordinador Empresarial; Cámaras y Confederaciones empresariales; Asociaciones Civiles especializadas en emprendimiento siempre y cuando acrediten una antigüedad mínima de constitución de tres años a la fecha de ingreso de su documentación jurídica y cuenten con al menos 100 miembros asociados o con una metodología o característica ampliamente reconocida a nivel internacional confirmada por la Coordinación General de Planeación Estratégica, Evaluación y Seguimiento, excepto las aceleradoras e incubadoras que cuenten con la validación por parte del INADEM; la Asociación Mexicana de Secretarios de Desarrollo Económico A.C., cuando se trate de proyectos que involucren a diversas Entidades Federativas, y los proveedores que están inscritos en la Vitrina de Soluciones Tecnológicas y en la Vitrina de Formación Empresarial;
XLV. VITRINA DE SOLUCIONES TECNOLÓGICAS: Es el portal en el cual se publicarán las soluciones tecnológicas que ofrecen los proveedores de tecnologías de la información y comunicaciones, con el objeto de fortalecer las capacidades administrativas, comerciales y de negocios de las MIPYMES. Esta Vitrina será validada por un COMITÉ TÉCNICO, conformado por los representantes que el INADEM designe, en materia de tecnologías de la información y comunicaciones, quienes emitirán consideraciones en cuanto a la pertinencia de las soluciones y su aplicabilidad a las necesidades presentes en el mercado. XLVI. VITRINA DE FORMACIÓN EMPRESARIAL: Es el portal en el cual se publicarán soluciones integrales incorporadas por proveedores especializados en Formación Empresarial para MIPYMES con la finalidad de unificar la calidad, el precio y los servicios de capacitación y/o consultoría in situ. Esta Vitrina será validada por un COMITÉ TÉCNICO, conformado por los representantes que el INADEM designe, en materia de formación empresarial, quienes emitirán consideraciones en cuanto a la pertinencia de las soluciones empresariales y su aplicabilidad a las necesidades presentes en el mercado. XLVII. VITRINA DE MICROFRANQUICIAS: Es el portal en el cual se publicarán las diferentes opciones de modelos de Microfranquicias entre las cuales el solicitante puede elegir aquella que conviene más a sus necesidades específicas. Esta Vitrina será validada por un COMITÉ TÉCNICO, conformado por los representantes que el INADEM designe, en materia empresarial, quienes emitirán consideraciones en cuanto a la pertinencia de los modelos de las Microfranquicias y su aplicabilidad a las necesidades presentes en el mercado.
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Se elimina la figura del Comité de Seguimiento con el fin de dar más agilidad a las respuestas a modificaciones de proyectos
Se corrige la Fracción XXVII, ya que en el texto publicado aparece como XXXVII
Se incluye en orden alfabético el Manual de Procedimientos, atendiendo a las recomendaciones de los órganos fiscalizadores, recorriendo en el cuerpo de la modificación los numerales de las fracciones subsecuentes
Se incluye la mención de la Vitrina de Formación Empresarial
Se precisa el tema de los representantes en materia de TICs
Se adiciona esta fracción con la definición de la Vitrina de Formación Empresarial
Se adiciona esta fracción con la definición de la Vitrina de Microfranquicias |
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COBERTURA Y POBLACIÓN OBJETIVO 4. FNE tiene una cobertura nacional y su población objetivo consta de dos categorías: I. …; II. Micro, pequeñas y medianas empresas con interés de incrementar su productividad, pertenecientes a los sectores estratégicos de las 32 Entidades Federativas y aquellas con capacidad de innovación como las consideradas en CONVOCATORIAS específicas; …
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