Modalidades de la representación legal

PáginasB1-B4

La representación legal es un instrumento de frecuente uso en la práctica empresarial y personal, la cual se puede definir como la facultad que se le da a una persona de actuar, obligar y decidir en nombre o por cuenta de otra, su utilidad consiste en que permite realizar los actos jurídicos, en los que la ley no exige la intervención personal del interesado, por lo que se puede hacer a través de un representante.

El representante, al acudir en nombre y en representación de otra persona (física o moral) para realizar trámites ante diversas dependencias gubernamentales e instituciones crediticias y bancarias necesita acreditar la personalidad con que se ostenta, lo cual se puede hacer mediante un poder o mandato.

La representación generalmente se aplica en el derecho privado, concretamente en los negocios jurídicos, cuando en realidad es más amplia ya que se extiende al derecho familiar, público, procesal, constitucional, administrativo, las sucesiones y el concurso mercantil, entre otros.

Clases de representación

La representación se divide en dos clases:

  1. Voluntaria. Esta se realiza en el ámbito de la libertad y autonomía de la voluntad, por medio de ella una persona faculta a otra para actuar y decidir en su nombre o por su cuenta.

  2. Legal. Es la impuesta por la ley, y las causas que le dan origen son variadas; a veces, se refiere a la necesidad de expresar la voluntad de quien tiene limitada su capacidad de obrar (ejemplo, un menor de edad), en algunas otras, laadministracióndeun patrimonio o sector del mismo en defensa de su titular (en el caso de ausencia), o por razón del destino de los bienes, normalmente su liquidación (quiebra, concurso y sucesión). Pese a esta variedad ya la finalidad específica de cada una de ellas, se puede hablar de una figura jurídica unitaria ya que a través de ella un sujeto actúa en nombre y por cuenta de otro que no lo puede hacer por si solo como en los casos siguientes:

  1. Representación de menores. Se aplica en la patria potestad y en la tutela.

  2. Representación en la sucesión. Es cuando se designa al albacea en el testamento.

  3. Representación en la quiebra o en el concurso. Esta figura jurídica pertenece a lo que se conoce como patrimonio de liquidación, el cual está representado por una persona física o moral denominada síndico, y tiene comofin liquidar el patrimonio del quebrado y concursado, enajenar los bienes y con su producto pagar a los acreedores.

  4. Representación en condominios. Recae en la figura del administrador.

  5. Representación en el ejido, la ejerce el comisa-riado ejidal.

  6. Representación en caso de ausencia. En este caso para representación de ausente se nombra al cónyuge, el hijo mayor, el ascendiente más próximo o el presunto heredero, además de nombrar a uno o varios depositarios de los bienes.

Como se puede apreciar existen diversas modalidades de representación, las cuales como ya se mencionó se materializan a través de dos figuras jurídicas como son el mandato y el poder; a éstas se les clasifica como representaciones voluntarias, toda vez que implican la libertad de una persona para facultar a otra para actuar y decidir en su nombre, las cuales se analizan a continuación.

Mandato

En términos del artículo 2546 del Código Civil Federal (CCF), el mandato es un contrato por el que el mandatario se obliga a ejecutar por cuenta del mandante los actos jurídicos que éste le encarga.

Ahora bien, el mandato puede darse de manera escrita o verbal. En el caso del primero se otorga de las formas siguientes:

  1. En escritura pública.

  2. En escrito privado firmado por el otorgante y dos testigos y ratificadas las firmas ante notario público, juez de primera instancia, jueces menores o de paz, o ante el correspondiente funcionario o empleado administrativo, cuando el mandato se otorgue para asuntos administrativos.

  3. En carta poder sin ratificación de firmas.

El mandato verbal es el otorgado de palabra entre presentes, hayan o no intervenidotestigos; sin embargo, éste debe ratificarse por escrito antes de que concluya el negocio o actividad para el cual fue otorgado.

Así, de acuerdo con el artículo 2547 del CCF, el mandato se considera perfecto cuando se acepta por el mandatario, dicha aceptación será expresa (escrita) o tácita. La última es cuando el mandatario realiza actos tendientes a la ejecución del mandato aunque en forma expresa no haya manifestado su aceptación.

Tipos de mandato

De acuerdo con los artículos 2553 y 2554 del CCF, el mandato puede ser general o especial.

Los mandatos especiales limitan las acciones de los mandatarios; es decir, con ellos el mandatario sólo puede...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR