Conozca los derechos que tienen los mexicanos que arriben al país en las próximas fiestas navideñas

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Muchos mexicanos que viven y trabajan en otros países vendrán a México durante el mes de diciembre para festejar las fiestas navideñas y traerán diversas mercancías de procedencia extranjera para uso personal y para regalos; no obstante, existe el riesgo de que las autoridades aduaneras mexicanas revisen esas mercancías cuando entren a territorio nacional e incluso podrían embargarlas.

Por ello, es importante que nuestros compatriotas que vengan a México en las fiestas navideñas conozcan las obligaciones y los derechos que aplican al introducir mercancías de procedencia extranjera al país. Al respecto, hemos elaborado una guía práctica a fin de que nuestros lectores conozcan los derechos y las obligaciones en esa materia.

Introducción de mercancía de procedencia extranjera a territorio nacional

Por regla general, las personas que introducen mercancías de procedencia extranjera a territorio nacional están obligadas al pago de los impuestos al comercio exterior.

Excepción del pago de impuestos al comercio exterior

Según la LA, no pagan impuestos al comercio exterior los siguientes artículos:

  1. Los incluidos en la lista que conforme el equipaje personal.

  2. Aquellos que se incluyan en la franquicia a que se tenga derecho.

    Equipaje personal

    El artículo 61, fracción VI de la LA dispone que "el equipaje de pasajeros en viajes internacionales" no estará sujeto al pago de los impuestos al comercio exterior por la entrada al territorio nacional o la salida del mismo.

    En este sentido, la regla 2.7.2 de las RCGMCE para 2009-2010 estipula que los pasajeros internacionales o provenientes de la franja o región fronterizas tienen derecho a importar libres de impuestos mercancías que integren su equipaje personal, en los términos siguientes:

  3. Bienes de uso personal, tales como ropa, calzado y productos de aseo y de belleza, siempre que sean acordes con la duración del viaje, así como un ajuar de novia. En el caso de bebés se incluyen los artículos para su traslado, aseo y entretenimiento, tales como silla, cuna portátil, carriola, andadera, entre otros, además de sus accesorios.

  4. Dos cámaras fotográficas o de videograbación, incluyendo 12 rollos de película o videocasetes; material fotográfico; dos aparatos de telefonía celular o de radiolocalización; una máquina de escribir portátil; una agenda electrónica; un equipo de cómputo portátil de los denominados laptop, notebook, omnibook o similares; una copiadora o impresora portátiles; un quemador, un proyector portátil, con sus accesorios.

  5. Dos equipos deportivos personales, cuatro cañas de pescar, tres deslizadores con o sin vela y sus accesorios, trofeos o reconocimientos, siempre que puedan ser transportados común y normalmente

    por el pasajero. Una caminadora fija y una bicicleta fija.

  6. Un aparato portátil para el grabado o reproducción del sonido o mixto; o un reproductor de sonido digital o reproductor portátil de discos compactos y un reproductor portátil de DVD, así como un juego de bocinas portátiles, y sus accesorios.

  7. Cinco discos láser, 10 discos DVD, 30 discos compactos (CD) o cintas magnéticas (audiocasetes), para la reproducción del sonido, tres paquetes de software y cinco dispositivos de almacenamiento para cualquier equipo electrónico.

  8. Libros, revistas y documentos impresos.

  9. Cinco juguetes...

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