Febrero, mes para cumplir con múltiples e importantes obligaciones

PáginasA67-A68

En las disposiciones fiscales vigentes existen una gran cantidad de obligaciones por cumplir en febrero de 2003, mismas que relacionamos mediante un cuadro esquemático denominado "Plazos que vencen para cumplir con determinadas obligaciones fiscales, y disposiciones que dejan de tener vigencia en febrero de 2003", el cual se ubica en la página A73 de esta sección.

No obstante, hay algunas que por su importancia no pueden dejar de cumplirse. Tales obligaciones son las siguientes:

Presentación de declaraciones informativas

En 2003, se deberá poner especial cuidado en presentar las declaraciones informativas, ya que de no cumplir con ello, además de otras sanciones, se puede correr el riesgo de que las deducciones autorizadas se consideren conceptos no deducibles.

Su relación con las deducciones autorizadas

Conforme al primer párrafo del artículo 31 y el último párrafo del artículo 125 de la Ley del ISR vigente a partir del 1o. de enero de 2002, las deducciones autorizadas de las personas morales y de las personas físicas con actividades empresariales y profesionales deberán reunir los requisitos que en el propio artículo se mencionan; en la fracción XIX del artículo 31 se indica que tratándose de declaraciones informativas a que se refiere el artículo 86 de la Ley del ISR, éstas se deberán presentar en los plazos que al efecto establece dicho artículo, y contar a partir de la fecha referida con la documentación comprobatoria correspondiente.

Con base en los artículos 125, último párrafo, 81, primer párrafo, y 134 de la Ley del ISR, lo anterior también es aplicable a las personas morales que tributen en el régimen simplificado, así como a las personas físicas que por sus actividades empresariales tributen en el régimen intermedio.

Su relación con la deducibilidad de sueldos y salarios

En el artículo 31, fracción V, de la Ley del ISR se indica que los pagos que a la vez...

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