Mercados nocivos: el caso del mercado sexual de la pornografía. Reflexiones a partir de la teoría de Debra Satz

AutorAndrea Schuster, María de los Ángeles Ramallo
CargoUniversidad de Buenos Aires/Universidad de Buenos Aires
Páginas1-33
Isonomía • Núm. 57 • 2022 • 10.5347/isonomia572022648%f • [1]
Resumen: El artículo tiene como objetivo realizar un análisis del mercado de la pornografía y
su impacto en la desigualdad y subordinación de las mujeres. Partiendo del estudio teórico de
Debra Satz respecto a la prostitución (2010), sostendremos que la pornografía es un mercado
nocivo. A partir de esta armación, estudiaremos la diferencia entre este mercado y otros que
tienen efectos similares. Luego consideraremos los costos y benecios en términos de derechos,
así como las posibilidades fácticas y la eciencia de medidas prohibitivas para su regulación.
Concluiremos que, por más que la pornografía sea un mercado moralmente objetable, su pro-
hibición estatal no es una derivación obvia de esta armación.
Palabras clave: mercado sexual, pornografía, igualdad, autonomía sexual.
Abstract: is article aims to analyze the pornographic industry and its impact on inequality
and subordination of women. Applying Debra Satz’s theoretical study on prostitution (2010),
we will argue that pornography is a noxious market. Based on this statement, we will study the
dierence between this market and others that might have similar eects. en, we will con-
sider the costs and benets in terms of rights, as well as the factual possibilities and eciency of
its prohibition. We will conclude that, despite being a morally problematic market, prohibiting
pornography is not an obvious response to it.
Keywords: sexual market, pornography, equality, sexual autonomy.
Noxious Markets: Applying Debra Satz’s Theory to the Case of the
Pornographic Industry
María de los Ángeles Ramallo
Universidad de Buenos Aires, Argentina
mramallo@derecho.uba.ar
Mercados nocivos: el caso del mercado sexual de la pornografía.
Reexiones a partir de la teoría de Debra Satz
Andrea Fernanda Schuster
Universidad de Buenos Aires, Argentina
schusterandreaf@gmail.com
I. Introducción
La regulación del mercado sexual ha dado lugar a amplias discusiones en distintos lugares
del mundo desde la academia y la militancia feminista. Existen quienes consideran que el
mercado que comercia con el sexo es distinto a otros mercados y merece un tratamiento
jurídico especial. El comercio sexual es visto por algunas feministas como una situación
de explotación que debe ser abolida. Otras, en cambio, entienden que se trata de un
trabajo como cualquier otro y que no existen buenas razones para prohibirlo.
La discusión sobre la regulación del mercado sexual se ha centrado, en los últimos
años, principalmente en torno al fenómeno de la prostitución. En este artículo nos
interesa pensar en otra práctica asociada: la pornografía. Entendemos que la pornografía
forma parte del mercado sexual, pero tiene características distintivas en relación con la
prostitución. Nuestro trabajo tiene como objetivo realizar un análisis guiado por las
siguientes preguntas: ¿es el mercado de la pornografía un mercado nocivo?; y de serlo,
¿qué es lo moralmente objetable de la pornografía? En segundo lugar, nos preguntamos
¿cuál debería ser el rol del Estado en su regulación?
Para responder a estos interrogantes tomamos como base teórica un artículo escrito
por Debra Satz1, publicado en una primera versión en la revista Ethics en el año 1995
y reformulado y reeditado para su incorporación en el libro Por qué algunas cosas no
deberían estar en venta. Los límites morales del mercado en el año 20102. El artículo
se titula “Los mercados de trabajo sexual de mujeres” y sostiene que la prostitución es
un mercado pernicioso en tanto “refuerza los esquemas generales de desigualdad de
género” (Satz 2010: 184). Lo nocivo de la prostitución radica en su contribución al
estatus desigual de las mujeres en la sociedad. La posición de Satz resulta particularmente
interesante ya que, si bien critica al mercado sexual, lo hace alejándose de argumentos
esencialistas en torno al sexo como también a la visión generalizada de que quienes ejercen
la prostitución son necesariamente mujeres en situación de extrema vulnerabilidad. A
su vez, no llega a la conclusión de que la prostitución deba ser prohibida. Así, plantea
un camino intermedio entre las posiciones típicamente abolicionistas y aquellas que
promueven la legalización del trabajo sexual sin realizar una reexión profunda en
torno a sus consecuencias en la igualdad de las mujeres.
La teoría de Satz nos sirve para pensar en este otro mercado, el de la pornografía.
A nuestro entender se trata de una tesis que explica mejor lo nocivo de la pornografía
que aquello de la prostitución. En este sentido, sostendremos que la pornografía es
moralmente objetable ya que incide negativamente en el estatus social de las mujeres
(como grupo) contribuyendo a su percepción social como individuos inferiores
DOI:10.5347/isonomia572022648%fRamallo y Schuster
[2] Isonomía • Núm. 57 • 2022
Isonomía • Núm. 57 • 2022 • [3]
a los hombres. La pornografía colo ca a las mujeres en un lugar de subordinación, al
mostrarlas al servicio de los deseos masculinos. Armar esto no nos lleva a conclusiones
obvias en torno a su regulación. A pesar de su nocividad, creemos que existen buenos
motivos para oponerse a su prohibición.
Nuestro artículo se dividirá en cinco secciones. En primer lugar, explicaremos a
qué nos referimos cuando hablamos del mercado sexual de la pornografía”, poniendo
énfasis en su diversidad. En la segunda sección describiremos la propuesta de Satz en
relación con la prostitución para luego, en la tercera sección, poder aplicar la tesis al caso
de la pornografía. En la cuarta sección analizaremos una pregunta frecuente en torno
a los mercados sexuales: ¿qué los diferencia de otros mercados con efectos similares en
relación con la igualdad de las mujeres? Por último, en la quinta sección abordaremos
algunos aspectos del problema de la regulación estatal de la pornografía.
Este trabajo tiene como nalidad poner en discusión a la pornografía desde el
derecho, retomando algunos escritos clásic os del feminismo sobre el tema de las
décadas del ’80 y ’90. Desde ese momento a la actualidad mucho ha cambiado tanto
en la producción como en la distribución de la pornografía y su expansión en internet
ha tornado su tratamiento legal aún más complejo. Sin embargo, la pregunta por su
nocividad se mantiene vigente.
II. El mercado sexual y la producción de pornografía
Al analizar el mercado de trabajo sexual, Satz decide centrarse en la prostitución de
mujeres. De esta forma deja de lado el fenómeno de la prostitución masculina, por
entender que esta “se vinculará a la injusticia de una manera distinta que la prostitución
femenina” (Satz 2010: 185). Por otro lado, Satz reconoce a la prostitución de mujeres
como un fenómeno complejo, que abarca situaciones y contextos muy disímiles. Pone
el ejemplo de una joven de escasos recursos, con una educación deciente y rodeada
de relaciones de violencia que ejerce la prostitución callejera intermediada por un
proxeneta, y lo contrapone con la situación de una mujer sin necesidades materiales
o falta de alternativas que ejerce de forma autónoma prostitución de alto nivel para
hombres poderosos (Satz 2010: 186). Así, muestra que “la prostitución tiene su propia
jerarquía interna según la clase, la raza y el género” (Satz 2010: 185). Estas diferencias
nos obligan a ser cuidadosos al analizar las razones por las cuales la prostitución es
nociva.3
Es posible trazar un paralelismo entre los ejemplos de Satz y la situación de las
personas que participan en la industria pornográca, en particular de las mujeres que
Mercados nocivos: el caso del mercado sexual de la pornografía.
Reexiones a partir de la teoría de Debra Satz

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