La Resolución Miscelánea Fiscal no puede ser un medio para subsanar deficiencias de la ley. Criterio de la Segunda Sala de la SCJN

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De acuerdo con el artículo 33, fracción I, inciso g, del Código Fiscal de la Federación (CFF), la autoridad fiscal podrá publicar anualmente las resoluciones por ella dictadas que establezcan disposiciones de carácter general, agrupándolas de manera que faciliten su conocimiento por parte de los contribuyentes. Asimismo, estipula que las resoluciones que se emitan al amparo de esta disposición y que se refieran a sujeto, objeto, base, tasa o tarifa, no generarán obligaciones o cargas adicionales a las establecidas en las propias disposiciones o leyes fiscales.

La limitante que marca esta disposición del CFF tiene como fin resguardar el principio de legalidad tributaria, según el cual todos los elementos de un impuesto deben estar previstos en la ley, por lo que ninguno puede estar contenido en las reglas de carácter general de la Resolución Miscelánea Fiscal.

Así, cuando la ley no considere uno de ellos u omita las disposiciones que infieran en su determinación, la única forma de subsanar la omisión es reformando el texto legal; al efecto, deberá atenderse al procedimiento que establece la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (CPEUM).

No obstante, en algunas ocasiones las irregularidades de la ley se han tratado de subsanar mediante disposiciones contenidas en reglas de carácter general, y aun cuando este uso ha disminuido, todavía pueden encontrarse ejemplos en la Resolución Miscelánea Fiscal vigente; tal el caso de las siguientes reglas:

[ VEA LA TABLA EN EL PDF ADJUNTO ]

Al respecto, la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) indica que el hecho de que mediante reglas de la Resolución Miscelánea se aclaren algunas irregularidades de las leyes fiscales, no subsana la posible inconstitucionalidad de tales disposiciones legales, ya que éstas constituyen un ordenamiento superior que sólo puede modificarse mediante el procedimiento previsto en la CPEUM. A continuación, se transcribe la tesis en la que se sostiene el criterio antes comentado:

RESOLUCION MISCELANEA FISCAL. EL HECHO DE QUE LAS AUTORIDADES FISCALES PRETENDAN SUBSANAR ALGUNA IRREGULARIDAD DEL LEGISLADOR FEDERALA...

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