¿Tiene derecho a la atención médica del IMSS un trabajador que ya no es sujeto del régimen obligatorio del seguro social?

Páginas18-18

Page 18

Soy encargada del departamento de recursos humanos de una empresa constructora. Debido a que uno de los trabajadores renunció en días pasados, le entregamos su finiquito y se procedió a notificar su baja al IMSS. Recientemente, el trabajador se comunicó conmigo para preguntarme si al estar dado de baja puede seguir recibiendo atención médica del IMSS. No sé si esto es posible.

Lectora de Los Mochis, Sinaloa

Pregunta

¿Tiene derecho a la atención médica del IMSS un trabajador que ya no es sujeto del régimen obligatorio del seguro social?

Respuesta

Sí, el IMSS otorgará asistencia médica al trabajador que ya no es sujeto al régimen obligatorio, pero sólo por ocho semanas posteriores a la presentación de su baja, toda vez que el artículo 109 de la LSS dispone que el asegurado que quede privado de trabajo remunerado, siempre que haya cubierto inmediatamente antes de dicha privación un mínimo...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR