ACUERDO Gubernamental mediante el cual se expide a la Ciudadana Licenciada ALHELI ECHAZARRETA AGUILAR, PATENTE DE ASPIRANTE AL CARGO DE NOTARIO PUBLICO.

En Ciudad Victoria, Tamaulipas, a los siete días del mes de diciembre del año dos mil diez.

V I S T A para resolver la solicitud formulada al Ejecutivo del Estado por la Licenciada ALHELI ECHAZARRETA AGUILAR, con domicilio en calle Loma de Oro número 309, colonia Lomas de Rosales en Tampico, Tamaulipas, respecto del otorgamiento en su favor de la Patente de Aspirante al cargo de Notario Público. Toda vez que ha acreditado, según constancias que adjunta, ser mexicana por nacimiento, con más de 25 años de edad, estar en ejercicio de sus derechos ciudadanos, haber observado buena conducta, no pertenecer al estado eclesiástico, ser Licenciada en Derecho, con título profesional expedido por la Universidad Autónoma de Tamaulipas, en fecha 24 de julio de 1995, estar en pleno ejercicio de sus derechos profesionales, ser residente del Estado por más de cinco años, haber realizado prácticas notariales en la Notaría Pública número 203, de la titularidad del Licenciado Arturo Riestra Morín, y haber solicitado, sustentado y aprobado el examen para la obtención de la Patente de Aspirante; se le tiene por cumplidos los requisitos previstos en el artículo 12 de la Ley del Notariado en vigor. En tal virtud, y atento a lo establecido por la disposición legal citada, el Ejecutivo local tiene a bien resolver su petición en los términos siguientes:

PRIMERO:- Se expide a la Licenciada ALHELI ECHAZARRETA AGUILAR, PATENTE DE ASPIRANTE AL CARGO DE NOTARIO PUBLICO, quien en consecuencia, deberá registrar su firma en la Secretaría General de Gobierno.

SEGUNDO:- Notifíquese el presente Acuerdo al Director de Asuntos Notariales y al Director General del Instituto Registral y Catastral de Tamaulipas, así como a la Licenciada ALHELI ECHAZARRETA AGUILAR, y publíquese en el Periódico Oficial del Estado para que surta sus efectos legales.

A S I lo acuerda y firma el C. Ingeniero EUGENIO HERNANDEZ FLORES, Gobernador Constitucional del Estado, quien actúa asistido del C. Licenciado HUGO ANDRES ARAUJO DE LA TORRE, Secretario General de Gobierno, de conformidad con lo que establecen los artículos 91 fracción XXV de la Constitución Política del Estado y 10 de la Ley Orgánica de la Administración Pública.

ATENTAMENTE.- "SUFRAGIO EFECTIVO. NO REELECCION".- GOBERNADOR CONSTITUCIONAL DEL ESTADO.- EUGENIO HERNANDEZ FLORES.- Rúbrica.- SECRETARIO GENERAL DE GOBIERNO.- HUGO ANDRES ARAUJO DE LA TORRE.- Rúbrica.

En uso de las facultades que al Ejecutivo a mi cargo le confieren los...

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