Acuerdo por el que se da a conocer el mecanismo de asignación para importar frijol bajo arancel-cupo
Fecha de disposición | 27 Junio 2008 |
Fecha de publicación | 27 Junio 2008 |
Emisor | SECRETARIA DE ECONOMIA |
Sección | PRIMERA. Poder Ejecutivo |
ACUERDO por el que se da a conocer el mecanismo de asignación para importar frijol bajo arancel-cupo.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Economía.
EDUARDO SOJO GARZA ALDAPE, Secretario de Economía, con fundamento en los artículos 34, fracción II de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 5o. fracción V, 6o., 13, 23 y 24 de la Ley de Comercio Exterior; 26, 31 y 32 de su Reglamento, y 1 y 5 fracción XVI del Reglamento Interior de la Secretaría de Economía, y
CONSIDERANDO
Que el Decreto por el que se modifican diversos aranceles de la Tarifa de la Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación, del Decreto por el que se establecen diversos Programas de Promoción Sectorial y de los diversos por los que se establece el esquema de importación a la Franja Fronteriza Norte y Región Fronteriza, publicado el 30 de junio de 2007 en el Diario Oficial de la Federación, establece el arancel cupo exento para las fracciones arancelarias 0713.33.02, 0713.33.03 y 0713.33.99 correspondientes a frijol;
Que el procedimiento de asignación de primero en tiempo, primero en derecho a que se refiere el presente Acuerdo, es un instrumento de la política sectorial para contribuir al abasto nacional en condiciones equitativas de competencia, y con ello facilitar el acceso de los consumidores a los mejores precios de los alimentos en el mercado internacional; impulsar la producción de alimentos, así como proteger el ingreso y fortalecer la economía de las familias mexicanas, y
Que la medida a que se refiere el presente instrumento, cuenta con la opinión favorable de la Comisión de Comercio Exterior, he tenido a bien expedir el siguiente:
ACUERDO POR EL QUE SE DA A CONOCER EL MECANISMO DE ASIGNACION PARA IMPORTAR FRIJOL BAJO ARANCEL-CUPO
ARTICULO 1.- El cupo para importar frijol con el arancel-cupo establecido en el artículo 5 del Decreto por el que se modifican diversos aranceles de la Tarifa de la Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación, del Decreto por el que se establecen diversos Programas de Promoción Sectorial y de los diversos por los que se establece el esquema de importación a la Franja Fronteriza Norte y Región Fronteriza, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 30 de junio de 2007, durante el periodo del 15 de julio al 31 de octubre de cada año, es el que se determina a continuación:
Fracción arancelaria | Descripción | Monto |
0713.33.02 |
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