Acuerdo Marco de Coordinación que celebran la Secretaría de Salud y el Gobierno del Distrito Federal

Fecha de disposición24 Julio 2008
Fecha de publicación24 Julio 2008
EmisorSECRETARIA DE SALUD
SecciónPRIMERA. Poder Ejecutivo

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Salud. ACUERDO MARCO DE COORDINACION QUE CELEBRAN POR UNA PARTE EL EJECUTIVO FEDERAL, POR CONDUCTO DE LA SECRETARIA DE SALUD A LA QUE EN ADELANTE SE LE DENOMINARA "LA SECRETARIA", REPRESENTADA POR SU TITULAR EL DR. JOSE ANGEL CORDOVA VILLALOBOS, CON LA PARTICIPACION DE LA SUBSECRETARIA DE INNOVACION Y CALIDAD, DRA. MAKI ESTHER ORTIZ DOMINGUEZ; DEL SUBSECRETARIO DE PREVENCION Y PROMOCION DE LA SALUD, DR. MAURICIO HERNANDEZ AVILA, DE LA SUBSECRETARIA DE ADMINISTRACION Y FINANZAS, LIC. MA. EUGENIA DE LEON GARCIA; DEL COMISIONADO NACIONAL DE PROTECCION SOCIAL EN SALUD, EL MTRO. DANIEL KARAM TOUMEH, Y DEL COMISIONADO FEDERAL PARA LA PROTECCION CONTRA RIESGOS SANITARIOS, LIC. JUAN ANTONIO GARCIA VILLA, Y POR LA OTRA PARTE EL EJECUTIVO DEL DISTRITO FEDERAL, AL QUE EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARA "EL EJECUTIVO DEL DF", REPRESENTADO POR EL LIC. MARCELO LUIS EBRARD CASAUBON EN SU CARACTER DE JEFE DE GOBIERNO DEL DISTRITO FEDERAL, ASISTIDO POR EL LIC. JOSE ANGEL AVILA PEREZ, SECRETARIO DE GOBIERNO; EL LIC. MARIO M. DELGADO CARRILLO, SECRETARIO DE FINANZAS; EL DR. MANUEL MONDRAGON Y KALB, SECRETARIO DE SALUD Y TITULAR DE LOS SERVICIOS DE SALUD PUBLICA DEL DISTRITO FEDERAL Y EL LIC. RICARDO GARCIA SAINZ LAVISTA, CONTRALOR GENERAL, CONFORME A LOS ANTECEDENTES, DECLARACIONES Y CLAUSULAS SIGUIENTES:

ANTECEDENTES

  1. Que con fecha 20 de agosto de 1996, se celebró entre la Federación y "EL EJECUTIVO DEL DF", "El Acuerdo Nacional para la descentralización de los Servicios de Salud", mismo que fue publicado en el Diario Oficial de la Federación el 25 de septiembre de 1996.

  2. Que con fecha 2 de julio de 1997, se celebró entre la Federación y "EL EJECUTIVO DEL DF", "El Acuerdo de Coordinación para la descentralización integral de los Servicios de Salud", mismo que fue publicado en el Diario Oficial de la Federación el 3 de julio de 1997.

  3. Que el Plan Nacional de Desarrollo 2007-2012, propone, en materia de salud, avanzar hacia la universalidad en el acceso a servicios médicos de calidad, a través de una integración funcional y programática de las instituciones públicas bajo la rectoría de la Secretaría de Salud.

  4. Que el Programa Nacional de Salud 2007-2012 se encuentra estructurado en torno a cinco grandes objetivos de política social: 1.- Mejorar las condiciones de salud de la población; 2.- Brindar servicios de salud eficientes, con calidad, calidez y seguridad para el paciente; 3.- Reducir las desigualdades en salud mediante intervenciones focalizadas en comunidades marginadas y grupos vulnerables; 4.- Evitar el empobrecimiento de la población por motivos de salud mediante el aseguramiento médico universal; 5.- Garantizar que la salud contribuya a la superación de la pobreza y al desarrollo.

    DECLARACIONES

  5. Declara "LA SECRETARIA":

    1. Que con fundamento en los artículos 1, 2 fracción I, 26 y 39 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, es la autoridad competente para celebrar este Acuerdo.

    2. Que es la autoridad sanitaria y coordinadora del Sistema Nacional de Salud, y por tanto es quien establece y conduce la política nacional en materia de salubridad general, asistencia social y servicios médicos.

    3. Que su titular tiene la competencia y legitimidad para suscribir el presente Acuerdo, de conformidad con lo establecido en los artículos 6o. y 7o. fracción XXII, del Reglamento Interior de la Secretaría de Salud, y acredita su cargo mediante nombramiento de fecha 1 de diciembre de 2006, expedido por el Lic. Felipe de Jesús Calderón Hinojosa, Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, mismo que en copia fotostática simple se adjunta al presente como Anexo 1, para formar parte integrante de su contexto.

    4. Que la Subsecretaria de Innovación y Calidad, cuenta con la competencia y legitimidad para intervenir en el presente instrumento, de conformidad con lo establecido en los artículos 8 fracción XVI y 9 del Reglamento Interior de la Secretaría de Salud, y acredita su cargo mediante nombramiento de fecha 1 de diciembre de 2006, expedido por el Lic. Felipe de Jesús Calderón Hinojosa, Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, mismo que en copia fotostática simple se adjunta al presente como Anexo 2, para formar parte integrante de su contexto.

    5. Que el Subsecretario de Prevención y Promoción de la Salud cuenta con la competencia y legitimidad para intervenir en el presente instrumento, de conformidad con lo establecido en los artículos 8 fracción XVI y 10 del Reglamento Interior de la Secretaría de Salud, y acredita su cargo mediante nombramiento de fecha 1 de diciembre de 2006, expedido por el Lic. Felipe de Jesús Calderón Hinojosa, Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, mismo que en copia fotostática se adjunta al presente como Anexo 3, para formar parte integrante de su contexto.

    6. Que la Subsecretaria de Administración y Finanzas cuenta con la competencia y legitimidad para intervenir en el presente instrumento, con fundamento en los artículos 8 fracción XVI y 11 del Reglamento Interior de la Secretaría de Salud, y acredita su cargo mediante nombramiento de fecha 1 diciembre de 2006, expedido por el Lic. Felipe de Jesús Calderón Hinojosa, Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, mismo que en copia fotostática simple se adjunta al presente como Anexo 4, para formar parte integrante de su contexto.

    7. Que el Comisionado Nacional de Protección Social en Salud, cuenta con la competencia y legitimidad para intervenir en el presente instrumento, de conformidad con lo establecido en los artículos 38 fracción V del Reglamento Interior de la Secretaría de Salud y 4 fracción III y 6 fracción I, del Reglamento Interno de la Comisión Nacional de Protección Social en Salud, y acredita su cargo mediante nombramiento de fecha 16 de abril de 2007, expedido por el Lic. Felipe de Jesús Calderón Hinojosa, Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, mismo que en copia fotostática se adjunta al presente como Anexo 5 para formar parte integrante de su contexto.

    8. Que el Comisionado Federal para la Protección Contra Riesgos Sanitarios cuenta con la competencia y legitimidad para intervenir en el presente instrumento, de conformidad con lo establecido en los artículos 38, fracción V del Reglamento Interior de la Secretaría de Salud y en el artículo 10 fracciones XVI y XVII del Reglamento de la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios, y acredita su cargo mediante nombramiento de fecha 16 de enero de 2006, expedido por el Lic. Vicente Fox Quesada, entonces Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, mismo que en copia fotostática se adjunta al presente como Anexo 6 para formar parte integrante de su contexto.

    9. Que para efectos del presente Acuerdo señala como domicilio el ubicado en la calle de Lieja número 7, 1er. piso, colonia Juárez, Delegación Cuauhtémoc, código postal 06696, en México, Distrito Federal.

  6. Declara "EL EJECUTIVO DEL DF":

    1. Que concurre a la celebración del presente Convenio, a través del "EL EJECUTIVO DEL DF", quien cuenta con competencia y legitimidad para ello en términos de lo establecido en los artículos 43, 44 y 122 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en relación con los artículos 1o., 8, fracción II y 52 del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal, artículos 2, 5, 8 y 12, de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal; y demás disposiciones locales aplicables, acreditando la personalidad con que se ostenta mediante el "Bando para dar a conocer en el Distrito Federal la declaración de Jefe de Gobierno del Distrito Federal electo", que el 31 de octubre de 2006 expidió la Asamblea Legislativa del Distrito Federal a su favor, para el periodo del 5 de diciembre de 2006 al 4 de diciembre de 2012, mismo que se publicó en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 10 de noviembre de 2006.

    2. Que los Secretarios de Gobierno, de Finanzas, de Salud y el Contralor General, asisten a la suscripción del presente Acuerdo, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 2, 15, fracciones

      I...

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