Proyecto de decreto por el que se reforma el artículo 1197 y se adiciona un artículo 1197 bis al Código de Comercio., de 4 de Abril de 2013
IniciativasDe la Sen. María Verónica Martínez Espinoza, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, la que contiene proyecto de decreto por el que se reforma el artículo 1197 y se adiciona un artículo 1197 bis al Código de Comercio.SE TURNÓ A LAS COMISIONES UNIDAS DE COMERCIO Y FOMENTO INDUSTRIAL Y DE ESTUDIOS LEGISLATIVOS, SEGUNDA.Ver Sinopsis Español:La reforma propone que se elimine del artículo 1197, la expresión: Solo los hechos están sujetos a prueba: el derecho lo estará únicamente cuando se funde en leyes extranjeras: el que las invoca debe probar la existencia de ellos y que son aplicables al caso. En su lugar propone una nueva redacción que señale: Sólo los hechos estarán sujetos a prueba, así como los usos o costumbres en que se funde el derecho.Con la adición de un nuevo artículo 1197 bis, se establece que el tribunal aplicará el derecho extranjero tal como lo harían los jueces o tribunales del Estado cuyo derecho resultare aplicable, sin perjuicio de que las partes puedan alegar la existencia y contenido del derecho extranjero. Para informarse del texto, vigencia, sentido y alcance del derecho extranjero, el tribunal podrá valerse de informes oficiales al respecto, los que podrá solicitar al Servicio Exterior Mexicano, así como disponer y admitir las diligencias probatorias que considere necesarias o que ofrezcan las partes.Con las reformas al Código de Comercio, afirma la autora que se provee el reconocimiento del derecho extranjero en materia mercantil, y con ello se facilita el comercio internacional y se fomenta la inversión extranjera, al eliminar trabas para la internacionalización de la economía mexicana.
Sen. María Verónica Martínez Espinoza |
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