Proyecto de decreto por el que se reforma el artículo 1197 y se adiciona un artículo 1197 bis al Código de Comercio., de 4 de Abril de 2013

 IniciativasDe la Sen. María Verónica Martínez Espinoza, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, la que contiene proyecto de decreto por el que se reforma el artículo 1197 y se adiciona un artículo 1197 bis al Código de Comercio.SE TURNÓ A LAS COMISIONES UNIDAS DE COMERCIO Y FOMENTO INDUSTRIAL Y DE ESTUDIOS LEGISLATIVOS, SEGUNDA.Ver Sinopsis Español:La reforma propone que se elimine del artículo 1197, la expresión: Solo los hechos están sujetos a prueba: el derecho lo estará únicamente cuando se funde en leyes extranjeras: el que las invoca debe probar la existencia de ellos y que son aplicables al caso. En su lugar propone una nueva redacción que señale: Sólo los hechos estarán sujetos a prueba, así como los usos o costumbres en que se funde el derecho.Con la adición de un nuevo artículo 1197 bis, se establece que el tribunal aplicará el derecho extranjero tal como lo harían los jueces o tribunales del Estado cuyo derecho resultare aplicable, sin perjuicio de que las partes puedan alegar la existencia y contenido del derecho extranjero. Para informarse del texto, vigencia, sentido y alcance del derecho extranjero, el tribunal podrá valerse de informes oficiales al respecto, los que podrá solicitar al Servicio Exterior Mexicano, así como disponer y admitir las diligencias probatorias que considere necesarias o que ofrezcan las partes.Con las reformas al Código de Comercio, afirma la autora que se provee el reconocimiento del derecho extranjero en materia mercantil, y con ello se facilita el comercio internacional y se fomenta la inversión extranjera, al eliminar trabas para la internacionalización de la economía mexicana.

Sen. María Verónica
Martínez Espinoza
INICIATIVA CON PROYECTO DE DECRETO QUE REFORMA EL ARTÍCULO 1197 Y ADICIONA UN ARTÍCULO 1197 BIS AL CÓDIGO DE COMERCIOLa que suscribe,MARÍA VERÓNICA MARTÍNEZ ESPINOZA, Senadora de la LXII Legislatura del Congreso de las Unión por el Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, en ejercicio de la facultad conferida en la fracción II del artículo 71 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y de los artículos 8, numeral 1, fracción I, 164 y 169 del Reglamento del Senado de la República, someto a consideración del pleno de la Cámara de Senadores iniciativa con proyecto de decreto por virtud del cual se reforma el artículo 1197 y se adiciona un artículo 1197 bis al Código de Comercio, con base en la siguienteExposición de MotivosEl propósito de esta reforma es facilitar el reconocimiento del derecho extranjero en materia mercantil para así facilitar el comercio internacional y fomentar la inversión extranjera. Eliminando de esta manera trabas para la internacionalización de la economía Mexicana.A menudo los optimistas hablan de que...

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