Manual de procedimiento para supervisión de centros de asistencia social.

Fecha de registro10 Mayo 2016
Número de expediente31/0010/100516
EmisorDIF - Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia














MANUAL DE SUPERVISIÓN DE

CENTROS DE ASISTENCIA SOCIAL









Í N D I C E.


  1. PRESENTACIÓN


  1. INTRODUCCIÓN



  1. MISIÓN, VISIÓN, OBJETIVO Y CAMPO DE APLICACIÓN



3.1 Misión

3.2 Visión

3.3. Objetivo

3.4. Campo de aplicación / profesionales a los que va dirigido



  1. ABREVIATURAS



  1. GLOSARIO



  1. MARCO NORMATIVO



  1. PRINCIPIOS RECTORES



  1. GENERALIDADES



  1. MARCO TEÓRICO CONCEPTUAL



9.1 Infraestructura

9.2 Revisión documental

9.3 Recursos Humanos

9.4. Prestación de Servicios Integrales

9.5. De la Dirección General de Regulación de Centros de Asistencia Social


  1. DEL PROCEDIMIENTO DE SUPERVISIÓN


10.1 Requisitos para la autorización de Centros de Asistencia Social

10.2 Supervisión

10.3 Notificación

10.4 Planeación y logística

10.5 Ejecución de la visita de supervisión

10.6 Modelo de Acta Circunstanciada

10.7 Cédula de Supervisión.

10.8 Cierre del acta Circunstanciada

10.9 Regreso a las instalaciones de la DGRCAS


  1. DIAGRAMA DE FLUJO.








PRESENTACIÓN



El presente Manual de Supervisión de Centros de Asistencia Social, es una herramienta que permite conocer el procedimiento de supervisión que realiza el personal de la Dirección General de Regulación de Centros de Asistencia Social encargado de llevar a cabo las visitas tanto ordinarias como extraordinarias a los Centros de Asistencia Social (CAS) ya sean públicos, privados o asociaciones la cual se realiza con estricto apego a derecho y a las directrices establecidas en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.


Este instrumento es un auxiliar que ayudará para llevar a cabo una adecuada supervisión de CAS, bajo el principio de la debida actuación de la autoridad, la cual se realiza con estricto apego a derecho y a las directrices establecidas en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.


La razón de ser de este Manual es que los involucrados en el procedimiento de supervisión, conozcan las directrices a seguir en el proceso de supervisión para que, a través de ésta puedan constatar que las niñas, niños y adolescentes (NNA) que se encuentran en acogimiento residencial estén debidamente protegidos y reciban los servicios integrales a los que tienen derecho.


El acto de supervisión representa así, la forma en que la autoridad podrá verificar el debido funcionamiento de un Centro de Asistencia Social, y dar paso a la correspondiente autorización de operación. O de lo contrario, establecer las bases para las determinaciones que emita la autoridad.


Es así, que la Procuraduría Federal de Protección de Niñas, Niños y Adolescentes a través de la Dirección General de Regulación de Centros de Asistencia Social podrán llevar a cabo la supervisión de estos, a fin de vigilar que la niñez y adolescencia que sean residentes en algún CAS, reciban un trato digno y se respeten todos sus derechos.
















    1. INTRODUCCIÓN


La Convención sobre los Derechos del Niño, fue ratificada por el Estado Mexicano en 1990, desde entonces, las autoridades en sus tres órdenes de gobierno han realizado diversos esfuerzos por velar y proteger los derechos de Niñas, Niños y Adolescentes (NNA), entre ellos el establecimiento de acciones, políticas públicas, programas, estrategias, así como la creación de normas jurídicas que garanticen la protección de sus derechos humanos.


Estos esfuerzos se han ido transformado y fortalecido hasta nuestros días con el surgimiento de acciones e instrumentos legales fundamentales para la protección de la niñez y adolescencia, como son: a) la reforma Constitucional de junio de 2011, en la que se reconoce a los tratados internacionales en materia de derechos humanos como norma fundamental y b) el reconocimiento del principio del interés superior de la niñez.


Esta transformación nos da la pauta para tener una visión diferente sobre el tratamiento de niñas, niños y adolescentes, pasando de un enfoque tutelar-asistencial a un sistema de protección integral de derechos. Lo que conlleva al surgimiento de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños, y Adolescentes (LGDNNA) publicada en el Diario Oficial de la Federación el 4 de Diciembre de 2014 y su Reglamento como instrumentos jurídicos que establecen, entre otras cosas, la regulación de Centros de Asistencia Social.


El presente documento, está enfocado a establecer el procedimiento interno de supervisión que realizará la Dirección General de Regulación de Centros de Asistencia Social, el cual se rige por las disposiciones establecidas en los artículos 107, 108, 109,110, 111, 112 y 113 de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños, y Adolescentes; 57, 58, 59 y 60 de su Reglamento, así como el artículo 17, fracción XIII y 32, fracción II del Estatuto Orgánico del Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia.


El instrumento señala tanto el marco teórico conceptual, a través del cual se reconozcan la terminología aplicada, como el marco normativo que rige el procedimiento de supervisión, de tal forma que el personal actúe conforme a derecho y respetando en todo momento los señalamientos descrito en la ley.


Además, establece los principios básicos de atención de NNA que se deben aplicar por el personal de los Centros de Asistencia Social, y que será uno de los principales puntos a considerar en el momento que se realice una supervisión ya sea ordinaria o extraordinaria. Estos principios son los contemplados en el artículo 6 de la LGDNNA. Durante el procedimiento de supervisión, el personal habilitado para tal efecto, debe vigilar la aplicación de estos principios a fin de hacer efectiva la protección de derechos de niñas, niños y adolescentes.


Es así que el presente Manual es la guía para garantizar la aplicación de criterios uniformes al momento de recabar información y documentación necesarias para acreditar que el Centro de Asistencia Social supervisado cumpla con lo establecido en la normatividad vigente y garantice que la prestación de servicios se rija:


  1. En el respeto irrestricto de los derechos humanos,

  2. La aplicación del interés superior de la niñez,

  3. Trato digno y

  4. Reconocimiento de sujetos de derechos.


Por último cabe señalar que el presente instrumento está dirigido a todos los servidores públicos adscritos a la Procuraduría Federal de Protección de Niñas, Niños y Adolescentes, comisionados para la supervisión de Centros de Asistencia Social que brinden acogimiento residencial a niñas, niños y adolescentes sin cuidado parental o familiar en instituciones públicas, privadas o asociaciones.












    1. MISIÓN, VISIÓN, OBJETIVO Y CAMPO DE APLICACIÓN.


3.1 Misión


Implementar el proceso de supervisión de Centros de Asistencia Social (CAS) públicos, privados o de asociaciones que tengan como objeto brindar acogimiento residencial y atención integral a Niñas, Niños y Adolescentes sin cuidado parental o familiar; a través de la implementación de mecanismos de revisión que permitan corroborar que dichos centros asistenciales cumplen con la normatividad aplicable, y garantizan el respeto de los derechos humanos de las niñas, niños y adolescentes de conformidad con los principios rectores de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la Convención Sobre los Derechos del Niño, la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, y los tratados internacionales en los que México forme parte.


3.2 Visión


Brindar transparencia y objetividad en la supervisión realizada a los Centros de Asistencia Social, orientada a fomentar una cultura honesta y responsable en beneficio de los derechos humanos de Niñas, Niños y Adolescentes.


3.3 Objetivo


Proveer a los servidores públicos adscritos a la Procuraduría Federal de Protección de Niñas, Niños y Adolescentes de una herramienta, que sirva de guía para la supervisión de los Centros de Asistencia Social, que garantice los criterios uniformes en la ejecución de la supervisión, logrando allegarnos a la obtención de todos los elementos, información y documentación soporte que acredite que las instalaciones y servicios que brindan o brindaran los CAS no contravengan los derechos humanos de niñas, niños y adolescentes, basados en los principios rectores de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, y tratados internacionales en los que el Estado Mexicano forme parte.


3.4 Campo de aplicación / profesionales a los que va dirigido.


El presente manual está dirigido a los servidores públicos adscritos a la Dirección General de Regulación de Centros de Asistencia Social, comisionados para supervisar el cumplimiento de la ley, en el servicio de atención de los Centros de Asistencia Social que brinden acogimiento residencial a niñas, niños y adolescentes sin cuidado parental o familiar en instituciones públicas, privadas o asociaciones.





    1. ABREVIATURAS


CAS: Centro de Asistencia Social.


CDN: Convención sobre los Derechos del Niño.


DGRCAS: Dirección General de Regulación de Centros de Asistencia Social.


DAR: Dirección de Autorización y Registro.


DCS: Dirección de Certificación y Supervisión.


EOSNDIF: Estatuto Orgánico del Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia.


LFPA: Ley...

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