A manera de conclusión
Autor | Onosandro Trejo Cerda |
Cargo del Autor | Director General del Centro de Estudios de Derecho e Investigaciones Parlamentarias de la Cámara de Diputados |
Páginas | 22-23 |
22
“grupo jacobino”, a favor de Obregón. En el grupo radical progresista
guraban: Francisco J. Mújica, Estaban B,. Calderón, Heriberto Jara y
Rafael Marnez de Escobar.
El 1° de diciembre entregó Carranza el “Proyecto de Constución
Reformada”; el 6 de diciembre se designó a la comisión de
Constución, integrándola: Enrique Colunga, Francisco J. Mújica, Luis
G. Monzón, Enrique Recio y Alberto Román. El 23 de diciembre se vio
la necesidad de nombrar una Comisión más de Constución, debido al
exceso de trabajo, conformándola: Machorro Narváez, Hilario Medina,
Arturo Méndez, Heriberto Jara y Agusn Garza González.
Los debates se llevaron a cabo durante los meses de Diciembre de
1916 y Enero de 1917, rmándose la Constución el día 31 de dicho
úlmo mes; su promulgación tuvo lugar el 5 de febrero, e inició su
vigencia el 1° de mayo de 1917 y es la Constución que hoy nos rige.
A MANERA DE CONCLUSIÓN
La historia de México ha estado llena de inestabilidad y
sobresaltos, de revoluciones, contrarrevoluciones, golpes de estado,
rebeliones, asonadas, reformas, contrarreformas, etc. El país ha
tenido cinco Constuciones, la primera en 1824, que fue federalista;
la segunda en 1836, de carácter centralista llamada “De las Siete Leyes
Constucionales”; la tercera en 1843, también centralista, denominada
“Bases Orgánicas de la República”; la cuarta en 1857, Constución
liberal, que mantuvo el régimen federal, aunque originalmente
suprimió el Senado de la República, hasta su restauración en 1874; y,
la quinta de 1917, que ha sido considerada “la primera constución
social del mundo”.
Tres de esas Leyes fundamentales podemos esmarlas como las
de mayor trascendencia para la vida nacional, ya que los grandes
movimientos libertarios de nuestro país siempre vieron plasmados
en preceptos constucionales sus nobles ideales: la lucha por la
independencia políca, causa inmediata del nacimiento de la República
bajo la forma federal, en la Constución de 1824; el Estado moderno,
libre de ingerencias eclesiáscas o religiosas, en la Constución de
1857 y las Leyes de Reforma; y, gobiernos sin reelección, que estuvieran
compromedos con la juscia social y el bienestar de los campesinos,
obreros y clases medias, en la Constución de 1917.
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba