Para el llenado del programa de Declaraciones Informativas por Medios Magnéticos (DIMM), referente a los datos con clientes y proveedores, ¿el monto de las operaciones realizadas en el año de calendario inmediato anterior debe incluir el IVA?

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Laboro en el departamento de contabilidad de una persona moral que tributa en el régimen general de la Ley del ISR. Recientemente, llegó una carta-invitación emitida por el Servicio de Administración Tributaria en la que indica que proporcionemos mediante el programa DIMM, la información de las operaciones efectuadas en el año de calendario anterior con clientes y proveedores.

Decidimos dar cumplimiento a lo solicitado en la carta-invitación, pero al capturar la información en el DIMM me percaté de que en el llenado de los anexos de clientes y proveedores se solicita el monto de la operación anual sin incluir el IVA.

Lector de Iguala, Guerrero

Pregunta

Para el llenado del programa DIMM, referente a los datos con clientes y proveedores, ¿el monto de las operaciones realizadas en el año de calendario inmediato anterior debe incluir el IVA?

Respuesta

El artículo 86, fracción VIII, de la Ley del ISR dispone lo siguiente:

86. Los contribuyentes que obtengan ingresos de los señalados en este Título, además de las obligaciones establecidas en otros artículos de esta Ley, tendrán las siguientes:

VIII. Proporcionar la información de las operaciones efectuadas en el año de calendario inmediato anterior con los proveedores y con los clientes que se requiera en la forma oficial que para tal efecto expidan las autoridades fiscales. Esta información sólo será proporcionada cuando las autoridades fiscales así lo requieran. Para estos efectos, los contribuyentes no se encuentran obligados a proporcionar la información de clientes y proveedores con los que en el ejercicio de que se trate, hubiese realizado operaciones por montos inferiores a $50,000.00.

Según se observa, de acuerdo con la disposición citada, los contribuyentes deben proporcionar la información relativa a las operaciones efectuadas en el año de calendario inmediato anterior con clientes y proveedores, la cual podrá solicitarse en cualquier momento por las autoridades fiscales mediante requerimiento, después de febrero del año siguiente a aquel al que corresponda la información.

Por su parte, al artículo 86 del Reglamento de la Ley del ISR establece lo siguiente:

86. Para los efectos de la fracción VIII del artículo 86 de esta ley, se considerará el monto de las operaciones realizadas con clientes...

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