Luis Madrigal Pereyra. La justicia penal no necesita más oralidad

AutorLorena de la Canal Rioseco
Páginas22-25

Page 23

¿A qué se dedica la Comisión de la Defensa de la Defensa?

El objeto es la defensa de los intereses de la Barra Mexicana Colegio de Abogados y de sus miembros, sin esto yo vería muy absurdo que existiera una asociación gremial. La comisión actúa cuando el abogado empieza a ser perseguido u hostigado por la autoridad por que es un abogado incomodo, por que es un abogado que gana muchos asuntos, y a la procuraduría le molesta un poco esto. Un ejemplo es la creación de averiguaciones previas para tratar de consignarlo o (vamos a suponer) que el abogado está defendiendo a una persona que el Estado considera como un criminal terrible y se le empieza a confundir con él y se le empieza a dar el trato del mismo criminal. Como defiende a un secuestrador, es un secuestrador. No se puede vincular al abogado con el cliente.

Juzgar a los propios agremiados, cuando faltan a las normas éticas, es la otra función de la Junta de Honor. Yo tengo la obligación de informar a la junta e informar que un abogado quiso utilizarnos. Si resulta responsable, entonces yo me convierto en un fiscal ante la Junta de Honor, para que se sancione a esa persona.

¿Cuál es su función como Secretario Ejecutivo?

El secretario ejecutivo es el que se encarga de recibir la queja, dar los pasos inmediatos, urgentes y necesarios para tratar de que se suspenda el acto; informar a la junta de honor, y tramitar las citas que sean necesarias y convenientes para intentar que cese esa acción. Un ejemplo es marcarle a un procurador y pedirle a nombre de la barra que detengan esa averiguación. También lo hemos ante gobernadores de los estados, lo hemos hecho ante procurador del Distrito Federal y con presidentes de tribunales superiores de justicia.

Llevo también el archivo de las quejas, los asuntos y los estados que guarda cada uno.

Hacer esas llamadas, ¿no es ponerse en el mismo lugar que la autoridad? ¿Por qué no confiar en el proceso que se ha iniciado? Si el tipo es inocente, ya saldrá.

Pero si el agente del Ministerio Público es el que quiere actuar ilegalmente o el fiscal, ¿cómo lo defiendes legalmente? Vas ante el superior y le pides que con legalidad. Si es culpable, consígnalo. No me voy a meter. Si es culpable, lo único que pido es que actúen conforme a derecho. Que se revise bien si la consignación es correcta. En ese caso, adelante, nos defendemos en los tribunales. Pero si no lo es, evita que se haga un acto ilegal. No estamos pidiendo impunidad para nadie.

La...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR