Listado de contribuyentes incumplidos

AutorL.C. y E.F. Arturo Morales Armenta
CargoCoordinador de la Vicepresidencia Fiscal IMCP
Páginas70-70
contaduriapublica.org.mx
70
Fiscal
Listado de contribuyentes incumplidos
Derivado de la Refo rma Fiscal para e ste 2014, en materia del Código F is-
cal de la Federac ión (CFF) se modifica ron varios artíc ulos para est ablecer
excepciones a la res erva fiscal; por lo tanto, a par tir del 1 de enero de
2014, por medio de la página de Internet d el Servicio de A dministración
Tributaria (SAT): ww w.sat.gob.mx, se han dado a conocer, el nombre,
razón social y Regis tro Federal de Contribuyente s (RFC) de los contri-
buyentes que han incumplido c on la autoridad fiscal en los siguiente s
supuestos:
̂Tienen créditos f iscales firme s:
˺No se interpuso algún me dio de defensa (recurso de
revocación, juic io de nulidad o amparo) dentro de los plazo s
señalados en la ley.
˺Se haya desistido del medio de defensa respectivo.
˺Se emita resoluci ón que confirme la validez del c rédito.
̂Tienen créditos f iscales no pagado s o garantizados, es to es,
que se tengan cantidad es que se deban al Fisco Fed eral por
concepto de contribu ciones que no se hayan pagad o conforme a
lo dispuesto en las le yes fiscales, o bie n, no se hayan garantizad o
en alguna de las formas per mitidas por el CFF, por ejemplo, el
depósito en dinero, prenda o hip oteca, fianza, emb argo en la vía
administrativ a, entre otras.
̂Se encuentran como n o localizados en el RFC d ebido a que:
˺No hayan manifest ado un domicilio fiscal, e stando obligados.
˺Hubieran indicado un domic ilio fiscal en donde no re alicen
sus actividades.
˺Hayan registr ado un domicilio fiscal f icticio.
˺No actualicen su domi cilio fiscal en el RFC .
˺Proporcionen datos d el domicilio fiscal de fo rma incompleta
o incorrect a.
˺No acrediten que la ca sa-habitació n es el domicilio fiscal po r
no contar con un local.
˺Se haya llevado a cab o una notificación o dilig encia por parte
de la autoridad fisc al en el domicilio regist rado ante el RFC y
no se encuentre ninguna per sona en el mismo, o se indique
que no se conoce a la pers ona a quien se pretende notif icar.
̂Tienen una sentencia c ondenatoria por haber comet ido un delito
fisca l:
˺Registrar oper aciones contable s, fiscales o soc iales en dos o
más sistemas de cont abilidad con diferente s contenidos.
˺Ocultar, alterar o de struir, total o parcialm ente los sistemas y
registros contables .
˺Determinar pérdidas fiscales con f alsedad.
˺Alterar o dest ruir sellos o marcas of iciales colocada s con fines
fiscales.
˺Expedir, adquirir o enajenar comp robantes fiscal es que
amparen operaciones inexistentes , falsas o actos simulados.
̂Tienen a cargo cré ditos fiscales , es decir, que considere su
imposibilidad de cobro o por ins olvencia del deudor o del
responsable solidario.
̂Se les haya condonado un c rédito fiscal. E ste punto está
relacionado con la denomina da Amnistía Fisca l que, como
recordarán, mediant e la Ley de Ingresos de la Fe deración 2013
se contempló un program a de condonación de contribu ciones
federales, cuo tas compensator ias y multas por incumplimient o
de las obligaciones fi scales federal es, distintas a la s obligaciones
de pago, causadas an tes del 1 de enero de 2007.
Aclaraciones
Los contribuyent es que no estén conformes con la public ación de sus
datos en la página del SAT, podrá n llevar a cabo una aclaración, en la
cual podrán apor tar las pruebas que a su dere cho convenga, ya sea por
medio de “Mi port al”, en la página de Internet del SAT: www.sat.gob.mx,
o, personalmente, y prev ia cita, ante cualquier Adminis tración Local de
Servicios al Contribuyente.
El SAT resolverá la s olicitud de aclaración, en un p lazo de tres días hábi-
les, contados a par tir del día siguiente a su rec epción.
Para conocer la resp uesta, se deberá ingr esar a la opción “Mi por tal” en
la página del SAT, por lo que deberá r equisitar su RFC y cont raseña.
Si procede la aclar ación, el SAT eliminará los dato s del listado corr espon-
diente.
Actualización del listado
El SAT actualizar á y dará a conocer cada 15 días la informac ión de estos
contribuyentes.
Recomendación
Es important e que todos los contribuyentes, a fin de ce rciorarse de
que no se encuentran en t ales supuestos, re alicen la consulta respe c-
tiva en la página de Inter net del SAT y, en su caso, hagan la aclar ación
correspondiente.
Con esta nueva m edida derivada de la Ref orma Fiscal 2014 se apoyar á a
los contribuyente s que sí cumplen con sus obligacion es fiscales.
L.C. y E.F. Arturo Morales Armenta
Coordinador de la Vi cepresidencia Fiscal
IMCP

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