Lineamientos de seguridad del área infantil del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación.

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EmisorTribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación

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Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación.- Comisión de Administración.- Secretaría.- Secretaría Administrativa.- Dirección General de Recursos Humanos. LINEAMIENTOS DE SEGURIDAD DEL ÁREA INFANTIL DEL TRIBUNAL ELECTORAL DEL PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN

ÍNDICE

Presentación

Objetivo

Marco Jurídico

CAPÍTULO PRIMERO
Disposiciones Generales
CAPÍTULO SEGUNDO

Del servicio

CAPÍTULO TERCERO

Obligaciones de la persona responsable del área infantil en materia de seguridad

CAPÍTULO CUARTO

Del acceso y permanencia

CAPÍTULO QUINTO

De las medidas de seguridad

CAPÍTULO SEXTO

De los mecanismos de protección civil

TRANSITORIOS

PRESENTACIÓN_______________________________________________________________________

Los presentes Lineamientos establecen las acciones que permitan proporcionar, en condiciones de seguridad, el servicio del área infantil a las y los menores, las madres, padres y tutores, y a todo el personal que labore o se encuentre en el área infantil del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación.

OBJETIVO____________________________________________________________________________

Establecer los derechos y obligaciones de las servidoras y servidores públicos, de las madres, padres y tutores, los procedimientos para la entrada, permanencia y salida de las y los menores, así como las acciones y medidas que permitan ofrecer un servicio de cuidado y esparcimiento en condiciones de seguridad para el área infantil del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación.

MARCO JURÍDICO_____________________________________________________________________

· Convención sobre los Derechos del Niño.

· Convención sobre los Derechos de las Personas con discapacidad.

· Constitucion Política de los Estados Unidos Mexicanos.

· Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación.

· Reglamento Interno del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación.

· Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes.

· Ley Federal para Prevenir y Eliminar la Discriminación.

· Ley General para la Inclusión de las Personas con Discapacidad.

· Acuerdo General de Administración del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación.

· Reglamento de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes.

· Reglamento de la Ley General para la Inclusión de las Personas con Discapacidad.

· Lineamientos para el funcionamiento del área infantil del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación.

· Norma Oficial Mexicana NOM-032-SSA3-2010, Asistencia Social. Prestación de servicios de asistencia social para niños, niñas y adolescentes en situación de riesgo y vulnerabilidad. (D.O.F. 25 de febrero de 2011).

· Norma que establece las disposiciones para la operación del servicio de guardería. (IMSS 3000-001-018).

LINEAMIENTOS DE SEGURIDAD DEL ÁREA INFANTIL DEL TRIBUNAL ELECTORAL DEL PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN

ÚNICO. El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación tiene el compromiso de que las hijas, hijos o menores bajo la tutela de las servidoras y servidores públicos que laboran en su Sala Superior cuenten con un espacio de cuidado y esparcimiento, de conformidad con lo que establece la Convención sobre los Derechos del Niño, en su artículo 18, numerales 2 y 3, debiendo considerar las medidas necesarias para que las niñas y niños con discapacidad puedan tener acceso a los beneficios que proporcione el área infantil, siendo su finalidad que disfruten de una vida plena con respeto a su dignidad.

CAPÍTULO PRIMERO
DISPOSICIONES GENERALES Artículos 1 a 41
Artículo 1 Las disposiciones de este ordenamiento son de observancia general en el área infantil del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación.
Artículo 2

El objeto de los presentes Lineamientos es establecer:

  1. El procedimiento para la operación del registro de entrada y salida de las niñas y niños, así como la de la madre, padre, tutor o persona autorizada;

  2. Las directrices que deben de observar la madre, padre o tutor durante la permanencia de las niñas y niños;

  3. Las medidas de protección civil para la seguridad de los niñas y niños;

  4. La demás que se deriven para el debido funcionamiento del área infantil.

Artículo 3

Para efectos de estos Lineamientos de seguridad, se entenderá por:

  1. Actividades ordinarias. Las que ofrece el área infantil dentro del calendario del ciclo escolar vigente, a través de actividades lúdico-pedagógicas, culturales y recreativas;

  2. Actividades en vacaciones. Las realizadas durante los días laborales para el Tribunal Electoral, en los cuales el calendario de la Secretaría de Educación Pública marque vacaciones para las y los menores;

  3. Área infantil. Lugar destinado y acondicionado en la Sala Superior del Tribunal Electoral, para prestar el servicio de área infantil, a las hijas, hijos o menores bajo la tutela de sus servidoras y

    servidores públicos;

  4. Capacidad instalada. Al número de las niñas y niños que se atenderán en el área infantil de acuerdo con el espacio físico disponible;

  5. Capacidad operativa. Al número de los niñas y niños que se atenderán en el área infantil de acuerdo con el personal disponible para su atención;

  6. Ciclo de servicio. Al periodo de tiempo establecido por el Tribunal Electoral para el otorgamiento del servicio que comprende al calendario institucional;

  7. Días hábiles. Los días que se laboren en el Tribunal, comprendiéndose todos los del año, excluyéndose los sábados, domingos y los que establece como inhábiles el artículo 163 de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, así como los que determine el Pleno;

  8. Dirección General de Protección Civil. Sistema Nacional de Protección Civil;

  9. Instalaciones. Instalaciones de la Sala Superior del Tribunal Electoral;

  10. Lineamientos de seguridad. Lineamientos de seguridad del área infantil del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación;

  11. Menor. Hija, hijo o menor bajo la tutela de las servidoras y servidores públicos del Tribunal Electoral, con edad entre los 6 años y hasta cumplir 12 años, que se encuentren inscritos en el área infantil;

  12. Menores con discapacidad. Las y los menores que por razón congénita o adquirida presentan una o más deficiencias de carácter físico, mental, intelectual o sensorial, ya sea permanente o temporal y que, al interactuar con las barreras que le impone el entorno social, puede impedir su inclusión plena y efectiva, en igualdad de condiciones con los demás menores;

  13. Modelo de Atención. Conjunto de acciones estructuradas y organizadas que permitan dar acceso adecuado al inmueble, a los visitantes, teniendo como prioridad el acceso incluyente para niñas y niños con capacidades diferentes;

  14. Norma Oficial Mexicana. Norma Oficial Mexicana NOM-032-SSA3-2010, Asistencia Social. Prestación de servicios de asistencia social para niños, niñas y adolescentes en situación de riesgo y vulnerabilidad;

  15. Plan de emergencia. Conjunto de acciones y procedimientos para la planificación y organización de los recursos humanos para la utilización óptima de los medios técnicos previstos, con la finalidad de reducir al mínimo las consecuencias que pudieran derivarse de la situación de emergencia;

  16. Persona autorizada. La persona designada por la madre, padre o tutor para entregar o recoger a las y los menores inscritos en el área infantil, cuando aquéllos estén imposibilitados para hacerlo;

  17. Persona beneficiaria. Servidoras y servidores públicos del Tribunal Electoral cuyos menores reciben el servicio del área infantil;

  18. Persona responsable del área infantil. Persona titular de la Jefatura de Unidad de Apoyo al Desarrollo del Trabajo, responsable del funcionamiento, coordinación, seguridad y supervisión del lugar, recursos, materiales, personal y servicios del área infantil, así como de las y los menores inscritos en esta;

  19. Registro. Registro de entrada y salida de las niñas y niños, así como la de su madre, padre, tutor o persona...

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