Lineamientos de Operación de los Proyectos de Desarrollo Regional

Fecha de disposición29 Enero 2016
Fecha de publicación29 Enero 2016
EmisorSECRETARIA DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
SecciónPRIMERA. Poder Ejecutivo

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Hacienda y Crédito Público.

ALFONSO ISAAC GAMBOA LOZANO, Titular de la Unidad de Política y Control Presupuestario de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 1, 75 y 85 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; 23, fracción I, inciso c) de su Reglamento; 13 del Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2016, y 62 del Reglamento Interior de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público; y

CONSIDERANDO

Que la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión aprobó en el Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2016, en los Anexos 20 y 20.3, correspondientes al Ramo General 23 Provisiones Salariales y Económicas, en el renglón de Desarrollo Regional, una asignación de $20,071,446,636.00 (Veinte mil setenta y un millones cuatrocientos cuarenta y seis mil seiscientos treinta y seis pesos 00/100 Moneda Nacional) para Proyectos de Desarrollo Regional;

Que el artículo 13, último párrafo, del Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2016, establece que la Secretaría de Hacienda y Crédito Público emitirá, a más tardar el 31 de enero de 2016, las disposiciones específicas para la aplicación de los recursos; y

Que con el objetivo de precisar los criterios para la aplicación de los recursos que se entregarán para proyectos de desarrollo regional a las entidades federativas, así como para el seguimiento, control, rendición de cuentas y transparencia de dichos recursos, he tenido a bien emitir los siguientes:

LINEAMIENTOS DE OPERACIÓN DE LOS PROYECTOS DE DESARROLLO REGIONAL

Capítulo I Disposiciones Generales
  1. Los Lineamientos de operación de los Proyectos de Desarrollo Regional tienen por objeto definir los criterios para la aplicación, seguimiento, control, transparencia y rendición de cuentas de los recursos de los Proyectos de Desarrollo Regional, los cuales tienen el carácter de subsidios federales y se destinarán a los proyectos de inversión en infraestructura y su equipamiento con impacto en el desarrollo regional, señalados en los Anexos 20 y 20.3 del Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2016.

  2. Los Lineamientos serán aplicables a las entidades federativas, los municipios y las demarcaciones territoriales del Distrito Federal, a los cuales se les asignan recursos en Proyectos de Desarrollo Regional.

  3. Corresponderá a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, por conducto de la Unidad de Política y Control Presupuestario, la interpretación de estos Lineamientos, así como resolver los casos no previstos en los mismos.

Capítulo II Definiciones
  1. Para efectos de estos Lineamientos, se entenderá por:

  1. Análisis Costo-Beneficio Simplificado: la evaluación socioeconómica del proyecto a nivel perfil, que consiste en determinar la conveniencia de un proyecto de inversión, mediante la valoración, en términos monetarios, de los costos y beneficios asociados directa e indirectamente a la ejecución y operación de dicho proyecto;

  2. Análisis Costo-Eficiencia Simplificado: la evaluación socioeconómica del proyecto a nivel perfil, que consiste en determinar la manera óptima de realizar un proyecto, mediante la comparación de dos alternativas de solución, a través de la valoración, en términos monetarios, de todos los costos asociados directa e indirectamente a las mismas, bajo el supuesto de que generan los mismos beneficios. Esta evaluación se realiza cuando los beneficios no son cuantificables o son de difícil cuantificación;

  3. CAE: el Costo Anual Equivalente;

  4. Demarcaciones territoriales: los órganos político-administrativos de las demarcaciones territoriales del Distrito Federal;

  5. Entidades federativas: los Estados integrantes de la Federación y el Distrito Federal;

  6. Equipamiento: el conjunto de bienes muebles que sean indispensables para el funcionamiento de los diversos espacios que se contemplan en los proyectos de inversión. No se considerará equipamiento necesario, entre otros, vestuario ni vehículos;

  7. Evaluación a nivel perfil: la evaluación de un proyecto utilizando la información estadística con la que cuenta la entidad federativa, municipio y/o demarcación territorial del Distrito Federal, así como

    la disponible en otros medios especializados;

  8. Expediente técnico: el documento (Nota Técnica, Nota Técnica con CAE, Análisis Costo-Beneficio Simplificado o Análisis Costo-Eficiencia Simplificado) presentado por la entidad federativa, municipio o demarcación territorial del Distrito Federal, de acuerdo al monto solicitado para el proyecto;

  9. Gastos indirectos: los gastos necesarios para la supervisión, control, inspección y vigilancia de las obras financiadas con recursos de Proyectos de Desarrollo Regional;

  10. Instancia ejecutora: las entidades federativas, municipios, demarcaciones territoriales del Distrito Federal u otros organismos públicos encargados de realizar los proyectos;

  11. Lineamientos: los Lineamientos de Operación de los Proyectos de Desarrollo Regional;

  12. Municipio: la organización político-administrativa que sirve de base a la división territorial y organización política de los estados miembros de la Federación;

  13. Mantenimiento menor: las acciones que no incrementan la vida útil de la infraestructura;

  14. Nota Técnica: el documento que contiene la descripción general de las obras del proyecto y que establece, de manera detallada, la problemática a resolver, las actividades a realizar, los beneficios del proyecto, el marco de referencia, costos, condiciones operativas y administrativas, los tiempos de ejecución y especificaciones técnicas, entre otros;

  15. Proyectos: los proyectos de inversión que impactan el desarrollo regional a través de la infraestructura pública y su equipamiento, señalados en el Anexo 20.3 del Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2016, compuestos...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR