Lineamientos de Operación del Fondo para el Fortalecimiento de la Infraestructura Estatal y Municipal
Fecha de disposición | 29 Enero 2016 |
Fecha de publicación | 29 Enero 2016 |
Emisor | SECRETARIA DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO |
Sección | PRIMERA. Poder Ejecutivo |
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Hacienda y Crédito Público.
ALFONSO ISAAC GAMBOA LOZANO Titular de la Unidad de Política y Control Presupuestario de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 1, 75 y 85 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; 23, fracción I, inciso c) de su Reglamento; 11 del Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2016, y 62 del Reglamento Interior de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público; y
CONSIDERANDO
Que la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión aprobó en el Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2016, en los Anexos 20 y 20.2, correspondientes al Ramo General 23 Provisiones Salariales y Económicas, en el renglón de Desarrollo Regional, una asignación de $9,948,655,991.00 (Nueve mil novecientos cuarenta y ocho millones seiscientos cincuenta y cinco mil novecientos noventa y un pesos 00/100 Moneda Nacional) para el Fondo para el Fortalecimiento de la Infraestructura Estatal y Municipal; y
Que el artículo 11 del Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2016 establece que la Secretaría de Hacienda y Crédito Público emitirá, a más tardar el último día hábil de enero de 2016, las disposiciones para la aplicación de los recursos de este Fondo, por lo que he tenido a bien expedir los siguientes:
LINEAMIENTOS DE OPERACIÓN DEL FONDO PARA EL FORTALECIMIENTO DE LA INFRAESTRUCTURA ESTATAL Y MUNICIPAL
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Los Lineamientos de Operación de este Fondo tienen por objeto definir los criterios para la aplicación, seguimiento, control, transparencia y rendición de cuentas de los recursos del Fondo para el Fortalecimiento de la Infraestructura Estatal y Municipal, los cuales tienen el carácter de subsidios federales y se asignaron en los Anexos 20 y 20.2 del Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2016.
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Los Lineamientos serán aplicables a las entidades federativas, los municipios y demarcaciones territoriales del Distrito Federal a los cuales se les asignaron recursos en el Anexo 20.2 del Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2016.
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Los recursos de este Fondo tendrán como finalidad la generación de infraestructura, principalmente, pavimentación de calles y avenidas, alumbrado público, drenaje y alcantarillado, mantenimiento de vías; construcción, rehabilitación y remodelación de espacios educativos, artísticos y culturales; construcción, ampliación y mejoramiento de los espacios para la práctica del deporte, entre otras acciones de infraestructura urbana y social.
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Corresponderá a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, por conducto de la Unidad de Política y Control Presupuestario, la interpretación de estos Lineamientos, así como resolver los casos no previstos en los mismos.
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Para efectos de estos Lineamientos, se entenderá por:
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Análisis Costo-Beneficio Simplificado: la evaluación socioeconómica del proyecto a nivel perfil, que consiste en determinar la conveniencia de un proyecto de inversión, mediante la valoración, en términos monetarios, de los costos y beneficios asociados directa e indirectamente a la ejecución y operación de dicho proyecto;
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Análisis Costo-Eficiencia Simplificado: la evaluación socioeconómica del proyecto a nivel perfil, que consiste en determinar la manera óptima de realizar un proyecto, mediante la comparación de las dos mejores alternativas de solución, de acuerdo a la problemática presentada, a través de la valoración, en términos monetarios, de todos los costos directos e indirectos de las mismas, bajo el supuesto de que generan los mismos beneficios. Esta evaluación se realiza cuando los beneficios no son cuantificables o son de difícil cuantificación;
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Cédula del Proyecto: el documento que contiene las características básicas y descripción general
de la obra a realizar;
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CAE: el Costo Anual Equivalente;
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Cartera: el conjunto de proyectos de inversión que realizarán las entidades federativas, municipios y demarcaciones territoriales del Distrito Federal;
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Demarcaciones territoriales: los órganos políticos-administrativos de las demarcaciones territoriales del Distrito Federal;
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Entidades federativas: los Estados integrantes de la Federación y el Distrito Federal;
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Evaluación a nivel perfil: la evaluación de un proyecto utilizando la información estadística con la que cuenta la entidad federativa, municipio y/o demarcación territorial del Distrito Federal, así como la disponible en otros medios especializados;
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Expediente técnico: el documento (Cédula del Proyecto, Nota Técnica, Nota Técnica con CAE, Análisis Costo-Beneficio Simplificado o Análisis Costo-Eficiencia Simplificado) presentado por la entidad federativa, municipio o demarcación territorial del Distrito Federal, de acuerdo al monto solicitado para el proyecto;
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Fondo: el Fondo para el Fortalecimiento de la Infraestructura Estatal y Municipal;
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Folio del proyecto: el número de folio otorgado por la Unidad de Inversiones de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público a los proyectos cuyo monto sea igual o mayor a cincuenta millones de pesos que, previa revisión por parte de esa unidad administrativa, satisfacen los criterios de rentabilidad socioeconómica;
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Gastos indirectos: los gastos necesarios para la supervisión, control, inspección y vigilancia de las obras financiadas con este Fondo.
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Infraestructura artística y cultural: la construcción, rehabilitación y remodelación de espacios públicos dedicados a la difusión artística y cultural, tales como centros culturales, museos, auditorios, teatros, entre otros;
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Infraestructura deportiva: la construcción, rehabilitación y remodelación de espacios públicos dedicados a la práctica del deporte, tales como unidades deportivas, canchas, gimnasios, parques, entre otros;
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Infraestructura educativa: la construcción, rehabilitación y remodelación de las instalaciones físicas destinadas a los servicios públicos educativos, tales como bibliotecas, aulas, entre otros;
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Infraestructura social: las construcciones y rehabilitaciones de obra pública distintas a la Infraestructura artística y cultural; deportiva; educativa; o, vial y urbana, que reportan un beneficio socioeconómico para la población en el área de influencia del proyecto;
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Infraestructura vial y urbana: la pavimentación de calles y avenidas; el mantenimiento de vías; la construcción y rehabilitación de la red de agua potable; ciclovías; puentes; alumbrado público; drenaje y alcantarillado, entre otros;
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Instancia ejecutora: las entidades federativas, municipios y/o demarcaciones territoriales del Distrito Federal;
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Lineamientos: los Lineamientos de Operación del Fondo para el Fortalecimiento de la Infraestructura Estatal y Municipal;
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Municipio: la organización político-administrativa que sirve de base a la división territorial y organización política de los estados miembros de la Federación;
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Nota Técnica: el documento que contiene la descripción general del proyecto y que establece, de manera detallada, la problemática a resolver, las actividades a realizar, los beneficios del proyecto, el marco de referencia, costos, condiciones operativas...
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