Lineamientos de austeridad para el ejercicio 2024

Ó R G A N O S D E S C O N C E N T R A D O S

INSTANCIA EJECUTORA DEL SISTEMA INTEGRAL DE DERECHOS HUMANOS

MAESTRO AARÓN GARDUÑO JIMÉNEZ, Director General de la Instancia Ejecutora del Sistema Integral de Derechos Humanos de la Ciudad de México, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 5º de la Constitución Política de la Ciudad de México, 14, 12, 17 párrafo segundo y 19 de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México, 7º fracción I último párrafo, 296 y 297 del Reglamento Interior del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México, 11 de la Ley de Procedimiento Administrativo del Distrito Federal, 21 párrafo primero y 22 párrafo primero de la Ley del Sistema Integral de Derechos Humanos de la Ciudad de México 3, 4, 12, segundo párrafo, 90 y 91 párrafo primero de la Ley de Austeridad, Transparencia en Remuneraciones, Prestaciones y Ejercicio de Recursos de la Ciudad de México; y el Decreto de Presupuesto de Egresos de la Ciudad de México para el Ejercicio Fiscal 2024, y

CONSIDERANDO

Que de conformidad con el artículo 134, primer párrafo, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, los recursos económicos de que dispongan la Federación, las Entidades Federativas, los Municipios y las demarcaciones territoriales de la Ciudad de México, se administrarán con eficiencia, eficacia, economía, transparencia y honradez para satisfacer los objetivos a los que estén destinados.

Que de acuerdo con el artículo 3º, base 2, inciso b), de la Constitución Política de la Ciudad de México, se asume como principio la rectoría del ejercicio de la función pública apegada a la ética, la austeridad, la racionalidad, la transparencia, la apertura, la responsabilidad, la participación ciudadana y la rendición de cuentas con control de la gestión y evaluación, en los términos que fije la ley.

Que el artículo 3º, primer párrafo, de la Ley de Austeridad, Transparencia en Remuneraciones, Prestaciones y Ejercicio de Recursos de la Ciudad de México, establece que son sujetos obligados, las personas servidoras públicas de la Ciudad de México, observando en todo momento la buena administración de los recursos públicos con base en criterios de legalidad, honestidad, austeridad, eficiencia, eficacia, economía, racionalidad, resultados, transparencia, control, rendición de cuentas, con una perspectiva que fomente la igualdad de género y con un enfoque de respeto a los derechos humanos, objetividad, honradez y profesionalismo.

Que el artículo 12, segundo párrafo, de la Ley de Austeridad, Transparencia en Remuneraciones, Prestaciones y Ejercicio de Recursos de la Ciudad de México, dispone a los sujetos obligados a emitir y publicar en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México, antes del 31 de enero de cada año, los lineamientos de austeridad para hacer efectiva las disposiciones establecidas en dicha ley.

Que atendiendo lo establecido en el artículo 90 de la Ley de Austeridad, Transparencia en Remuneraciones, Prestaciones y Ejercicio de Recursos de la Ciudad de México, el ejercicio del presupuesto deberá tomarse medidas para racionalizar el gasto destinado a las actividades administrativas y de apoyo, sin afectar el cumplimiento de las metas y funciones aprobadas en el Decreto por el que se expide el Presupuesto de Egresos.

Que el artículo 44 del Decreto de Presupuesto de Egresos de la Ciudad de México para el Ejercicio Fiscal 2024, establece que las personas titulares de las Dependencias, Órganos Desconcentrados, Entidades y Alcaldías serán conjuntamente responsables con las personas servidoras públicas encargadas de la administración de los recursos asignados, de las erogaciones por conceptos de alimentación, energía eléctrica, agua potable, fotocopiado, materiales de impresión e inventarios; combustibles, servicio telefónico, arrendamientos, honorarios, estudios e investigaciones, publicidad, propaganda y erogaciones relacionadas con actividades de Comunicación Social, viáticos y pasajes, vehículos, equipos, insumos y bienes, gastos de orden social, congresos, convenciones, exposiciones, seminarios, espectáculos culturales y para investigaciones oficiales y los demás que resulten aplicables y/o determine la Secretaría de Administración y Finanzas, los cuales se sujetaran a lo estrictamente indispensable y a los criterios de racionalidad, austeridad, economía, gasto eficiente y disciplina presupuestal.

82 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 31 de enero de 2024

Que la Circular Uno 2019, Normatividad en Materia de Administración de Recursos, establece en su numeral 1.1, Acciones en Materia de Austeridad, las que deberán observar las dependencias, Órganos Desconcentrados y Entidades de la Administración Pública de la Ciudad de México.

Que el Manual para la formulación del anteproyecto de Presupuesto de Egresos de la Ciudad de México para el Ejercicio Fiscal 2024, determina los criterios generales para la administración de los recursos asignados, y

Que la Instancia Ejecutora del Sistema Integral de Derechos Humanos de la Ciudad de México nace a la vida jurídica el 02 de enero de 2020, de conformidad con el artículo segundo transitorio del Decreto por el que se abroga la Ley del Programa de Derechos Humanos del Distrito Federal y se expide la Ley del Sistema Integral de Derechos Humanos de la Ciudad de México publicado en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México 232 bis de fecha 2 de diciembre de 2019,

He tenido a bien, expedir los siguientes:

LINEAMIENTOS DE AUSTERIDAD PARA EL EJERCICIO 2024 PARA LA INSTANCIA EJECUTORA DEL SISTEMA INTEGRAL DE DERECHOS HUMANOS DE LA CIUDAD DE MÉXICO

PRIMERO. 2013 OBJETO.

Los presentes Lineamientos tienen por objeto establecer las medidas y acciones que...

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