Lineamientos para la aplicación de los recursos del Ramo General 39, Programa de Apoyos para el Fortalecimiento de las Entidades Federativas para el ejercicio fiscal de 2006

Fecha de disposición22 Febrero 2006
Fecha de publicación22 Febrero 2006
EmisorSECRETARIA DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
SecciónPRIMERA. Poder Ejecutivo

LINEAMIENTOS para la aplicación de los recursos del Ramo General 39, Programa de Apoyos para el Fortalecimiento de las Entidades Federativas para el ejercicio fiscal de 2006.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Hacienda y Crédito Público.

GUILLERMO BERNAL MIRANDA, Titular de la Unidad de Política y Control Presupuestario de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 28, último párrafo, y 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 31 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 1, 5, 25, último párrafo, 37 y 38 de la Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público Federal; 86 y 107, fracción III, del Reglamento de la Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público Federal; 2, fracción XLIII, 15 y 51, cuarto párrafo, del Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2006; y 62, fracciones XXIV, XXV, XXIX y XXXV, del Reglamento Interior de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, y

CONSIDERANDO

Que en diciembre de 1999 la H. Cámara de Diputados autorizó la incorporación del Programa de Apoyos para el Fortalecimiento de las Entidades Federativas (PAFEF) en el Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2000, con el propósito de realizar acciones relacionadas con infraestructura pública.

Que la H. Cámara de Diputados autorizó el PAFEF en el Presupuesto de Egresos de la Federación para los ejercicios fiscales de los años 2001 y 2002, con el objetivo de coadyuvar a la atención de necesidades presupuestarias relacionadas con el saneamiento financiero, los sistemas de pensiones y la infraestructura de las entidades federativas.

Que se creó el Ramo General 39 Programa de Apoyos para el Fortalecimiento de las Entidades Federativas por aprobación de la H. Cámara de Diputados en el Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2003.

Que la H. Cámara de Diputados autorizó el PAFEF en el Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2004, con el propósito de fortalecer los presupuestos de las entidades federativas y de las regiones, en materia de saneamiento financiero; inversión en infraestructura; apoyo a los sistemas de pensiones de las entidades federativas, prioritariamente las reservas actuariales; modernización de los catastros, con el objeto de actualizar los valores de los bienes y hacer más eficiente la recaudación de contribuciones; y la modernización de los sistemas de recaudación locales.

Que la H. Cámara de Diputados autorizó el PAFEF en el Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2005, con el propósito de fortalecer los presupuestos de las entidades federativas y de las regiones, en materia de saneamiento financiero; inversión en infraestructura; apoyo a los sistemas de pensiones de las entidades federativas, prioritariamente las reservas actuariales; modernización de los catastros, con el objeto de actualizar los valores de los bienes y hacer más eficiente la recaudación de contribuciones; la modernización de los sistemas de recaudación locales; fortalecimiento de los proyectos de investigación científica y desarrollo tecnológico; y sistemas de protección civil.

Que en el artículo 30 del Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2006, se establece que a las dependencias y entidades les queda prohibido, durante el proceso electoral federal 2006, identificarse en ejercicio de sus funciones con los partidos políticos o candidatos, así como apoyarlos o combatirlos con recursos federales y, especialmente, influenciar la decisión de los electores a través de propaganda o acciones identificables con objetivos distintos del cumplimiento de su función.

Que a fin de precisar los términos para la aplicación de los recursos del Ramo General 39 y la interpretación del artículo 15 del Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2006, así como regular y establecer criterios para coadyuvar a la eficacia, eficiencia y transparencia en la aplicación de dichos recursos, con la participación y tomando en cuenta la opinión de los representantes de los gobiernos de las entidades federativas y con la opinión favorable de la Secretaría de la Función Pública, manifestada en el oficio número UNAOPSPF/309/AD/002/2006 del 11 de enero de 2006, suscrito por el Titular de la Unidad de Normatividad de Adquisiciones, Obras Públicas, Servicios y Patrimonio Federal (específicamente en lo que se refiere a la legislación aplicable en materia de adquisiciones y obra pública), así como en el oficio número 211/017/2006 del 30 de enero de 2006, suscrito por el Director General de Operación Regional y Contraloría Social, en lo que corresponde a su ámbito de competencia, he tenido a bien emitir los siguientes:

LINEAMIENTOS PARA LA APLICACION DE LOS RECURSOS DEL RAMO GENERAL 39 PROGRAMA DE APOYOS PARA EL FORTALECIMIENTO DE LAS ENTIDADES FEDERATIVAS PARA EL EJERCICIO FISCAL DE 2006

CAPITULO I DISPOSICIONES GENERALES
  1. El objeto de los presentes Lineamientos es precisar los términos con base en los cuales se dará cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 15 del Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2006, para la aplicación, erogación, control y rendición de cuentas de los recursos del Ramo General 39 Programa de Apoyos para el Fortalecimiento de las Entidades Federativas.

  2. Para efectos de los presentes Lineamientos se entenderá por:

    1. Secretaría: a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público;

    2. Función Pública: a la Secretaría de la Función Pública;

    3. Entidades federativas: a los gobiernos de los estados de la Federación y del Distrito Federal;

    4. Presupuesto: al Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2006;

    5. Apoyos: a los recursos federales del Ramo General 39 Programa de Apoyos para el Fortalecimiento de las Entidades Federativas que se otorgan como subsidios a las entidades federativas;

    6. Lineamientos: a los Lineamientos para la Aplicación de los Recursos del Ramo General 39 Programa de Apoyos para el Fortalecimiento de las Entidades Federativas para el Ejercicio Fiscal de 2006;

    7. Subsidios: a los recursos federales que se transfieren en apoyo del desarrollo de actividades prioritarias de interés general, para fortalecer el presupuesto de las entidades federativas y de las regiones, y que su aplicación y control están sujetos a las disposiciones aplicables y a las establecidas en el Presupuesto;

    8. Saneamiento financiero: amortización de la deuda pública expresada como reducción del principal, así como al proceso que consiste en promover el equilibrio de las finanzas públicas, en el ámbito de las entidades federativas, incluyendo la administración pública centralizada y paraestatal. Comprende el fortalecimiento de los ingresos mediante una mayor recaudación, así como la racionalización, control y disciplina presupuestaria en materia de gasto corriente y de operación, principalmente, para contribuir al equilibrio entre el ingreso y el gasto público, además de mejorar la fortaleza y estabilidad de las finanzas y del nivel del balance financiero público;

    9. Sistemas de pensiones: son los establecidos en los términos de la legislación de las entidades federativas. Comprenden el esquema de prestaciones sociales mediante el cual los gobiernos asignan un monto periódico para cubrir pagos en favor de los servidores públicos y/o sus beneficiarios, derivados de una relación laboral y de los servicios prestados a una dependencia o una entidad paraestatal del gobierno de las entidades federativas;

    10. Reservas actuariales de los sistemas de pensiones: a la constitución de un fondo financiero a través de aportaciones periódicas a cada una de las ramas de seguridad social, con base en estimaciones de sustentabilidad financiera de los recursos necesarios para tales conceptos;

    11. Inversión en infraestructura física de las entidades federativas: a los recursos destinados a mantener e incrementar la capacidad productiva del sector público o el cumplimiento de las funciones públicas, a través de la construcción, reconstrucción, ampliación, conclusión, mantenimiento, conservación, mejoramiento y modernización de la infraestructura pública, así como las erogaciones orientadas a la infraestructura para proporcionar e impulsar servicios sociales, desarrollo social, desarrollo urbano, rural y regional, seguridad pública, protección civil, investigación científica y desarrollo tecnológico, apoyo a las actividades económicas y adquisición de reservas territoriales necesarias para la construcción de infraestructura y las asociadas a ordenamiento y desarrollo rural y urbano. Incluye el equipamiento necesario o relacionado directamente con dicha infraestructura, otros gastos inherentes a la elaboración y evaluación de proyectos, así como a la ejecución, supervisión y control de los proyectos u obras ejecutadas por contrato o administración, nuevas o en proceso;

    12. Apoyos devengados: al reconocimiento de pasivos por el Gobierno Federal a favor de las entidades federativas que, conforme a las disposiciones aplicables, se determina al momento de la entrega de los recursos comprendidos en estos Lineamientos dentro del Ramo General 39 Programa de Apoyos para el Fortalecimiento de las Entidades Federativas;

    13. Apoyos aplicados: a las acciones relacionadas con el establecimiento formal, por las entidades federativas, de compromisos y obligaciones de pago correspondientes a los destinos definidos en el Presupuesto para los recursos del Ramo General 39, y a las erogaciones que se derivan de dichos compromisos y obligaciones.

      En el marco de los presentes Lineamientos, y de acuerdo con las necesidades operativas de...

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