ACUERDO Gubernamental mediante el cual se otorga Reconocimiento de Validez Oficial de Estudios al INSTITUTO ORIENTE DE ESTUDIOS SUPERIORES DE TAMAULIPAS, para impartir en el Nivel Superior, los planes y programas de estudio de Licenciatura en Criminología y Criminalística, Licenciatura en Economía Empresarial y Maestría en Administración y Gestión Pública, en Matamoros, Tamaulipas.

SECRETARÍA GENERAL

EUGENIO HERNÁNDEZ FLORES, Gobernador Constitucional del Estado Libre y Soberano de Tamaulipas, en ejercicio de las facultades que al Ejecutivo a mi cargo confieren los artículos 91 fracciones V y XXXIV, 95 y 140 de la Constitución Política local; 2º y 10 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado; y 11 fracción VII de la Ley de Educación para el Estado de Tamaulipas; y

C O N S I D E R A N D O

PRIMERO.- Que mediante escrito recibido en fecha 15 de julio de 2010, el C. CLEMENTE CRUZ AVENDAÑO, representante legal de la persona moral denominada INSTITUTO ORIENTE DE ESTUDIOS SUPERIORES DE TAMAULIPAS, A.C., que auspicia al INSTITUTO ORIENTE DE ESTUDIOS SUPERIORES DE TAMAULIPAS, solicitó el Reconocimiento de Validez Oficial de Estudios para impartir en el Nivel Superior, los planes y programas de estudio de Licenciatura en Criminología y Criminalística, en plan tetramestral, modalidad escolarizada; Licenciatura en Economía Empresarial, plan tetramestral, modalidad escolarizada; y Maestría en Administración y Gestión Pública, plan modular, en las instalaciones ubicadas en el domicilio de calle 8 y Diagonal Cuauhtémoc, No. 222, zona centro, en Matamoros, Tamaulipas.

SEGUNDO.- Que el INSTITUTO ORIENTE DE ESTUDIOS SUPERIORES DE TAMAULIPAS, A.C., que auspicia al INSTITUTO ORIENTE DE ESTUDIOS SUPERIORES DE TAMAULIPAS, se encuentra facultado para impartir educación Medio Superior y Superior mediante Acuerdos Gubernamentales publicados en el Periódico Oficial del Estado Números 68, 129 y 146 de fechas 5 de junio de 2003, 26 de octubre de 2006 y 8 de diciembre de 2009, respectivamente.

TERCERO.- Que de conformidad con lo establecido por los artículos fracción VI de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 54 de la Ley General de Educación y 91 de la Ley de Educación para el Estado de Tamaulipas, los particulares podrán impartir educación en todos sus tipos y modalidades, debiendo obtener, en cada caso, el reconocimiento del Ejecutivo del Estado, para que los estudios realizados en esas instituciones tengan validez oficial.

CUARTO.- Que de acuerdo a lo dispuesto por el artículo 5º de la Ley de Educación para el Estado de Tamaulipas, la educación que impartan el Estado, los Municipios, los Organismos Descentralizados de ambos y los particulares con Autorización o Reconocimiento de Validez Oficial de Estudios, se regirá de conformidad con el artículo 3º de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la Ley General de Educación, la Constitución Política local, la Ley de Educación para el Estado de Tamaulipas, así como las normas, reglamentos, convenios y acuerdos que de ellas se deriven, incluyendo entre éstos, la Ley para la Coordinación de la Educación Superior.

QUINTO.- Que conforme al artículo 32 de la Ley de Educación para el Estado de Tamaulipas, el tipo superior es el que se imparte después de acreditado el bachillerato o sus equivalentes; está compuesto por la licenciatura, la especialidad, la maestría, y el doctorado, así como por opciones terminales previas a la conclusión de la licenciatura y tiene como propósito formar profesionistas, investigadores, profesores, universitarios y técnicos útiles a la sociedad.

SEXTO.- Que el expediente integrado con motivo de la solicitud del C. CLEMENTE CRUZ AVENDAÑO, representante legal de la persona moral denominada INSTITUTO ORIENTE DE ESTUDIOS SUPERIORES DE TAMAULIPAS, A.C., ha sido revisado por la Secretaría de Educación del Estado, observándose el cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 92 de la Ley de Educación para el Estado y demás disposiciones legales aplicables; por lo que a través del oficio SET/SP/0604/10 del 10 de octubre de 2010, el Titular de dicha Secretaría con fundamento en el artículo 12 fracción IX de la mencionada Ley, emitió opinión técnica favorable para que el Ejecutivo del Estado otorgue al INSTITUTO ORIENTE DE ESTUDIOS SUPERIORES DE TAMAULIPAS, el Reconocimiento de Validez Oficial de Estudios para impartir en el Nivel Superior, los planes y programas de estudio de Licenciatura en Criminología y Criminalística, en plan tetramestral, modalidad escolarizada; Licenciatura en Economía Empresarial, plan tetramestral, modalidad escolarizada; y Maestría en Administración y Gestión Pública, plan modular, en las instalaciones ubicadas en el domicilio de calle 8 y Diagonal Cuauhtémoc, No. 222, zona centro, en Matamoros, Tamaulipas.

En atención a lo expuesto y con fundamento en los artículos fracción VI de la Constitución Política de los...

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