Ley para Prevenir, Atender y Erradicar la Violencia en el Estado de Guanajuato
LEY PARA PREVENIR, ATENDER Y ERRADICAR LA VIOLENCIA EN EL ESTADO DE GUANAJUATO
ÚLTIMA REFORMA PUBLICADA EN EL PERIÓDICO OFICIAL: 7 DE MARZO DE 2022.
Ley publicada en la Segunda Parte al Periódico Oficial del Estado de Guanajuato, el 27 de marzo de 2009.
JUAN MANUEL OLIVA RAMÍREZ, GOBERNADOR CONSTITUCIONAL DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE GUANAJUATO, A LOS HABITANTES DEL MISMO SABED:
QUE EL H. CONGRESO CONSTITUCIONAL DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE GUANAJUATO, HA TENIDO A BIEN DIRIGIRME EL SIGUIENTE:
LA SEXAGÉSIMA LEGISLATURA CONSTITUCIONAL DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE GUANAJUATO DECRETA:
[...]
LEY PARA PREVENIR, ATENDER Y ERRADICAR LA VIOLENCIA EN EL ESTADO DE GUANAJUATO
Objeto, Sujetos de Protección, Glosario y Previsión Presupuestal
Objeto de la ley
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Las bases para la prevención, atención y erradicación de la violencia, que no incurran en el ámbito penal, en el Estado de Guanajuato;
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La organización y funcionamiento del Sistema Estatal para la prevención, atención y erradicación de la violencia; y
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La coordinación entre el Estado y los municipios para prevenir, atender y erradicar la violencia.
N. DE E. EN RELACIÓN CON LA ENTRADA EN VIGOR DEL PRESENTE ARTÍCULO, VÉASE ARTÍCULO PRIMERO TRANSITORIO DEL DECRETO QUE MODIFICA ESTE ORDENAMIENTO.
(REFORMADO, P.O. 11 DE SEPTIEMBRE DE 2015)
Sujetos a protección
Glosario
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(DEROGADA, P.O. 1 DE AGOSTO DE 2019)
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Consejo Estatal: El Consejo Estatal para Prevenir, Atender y Erradicar la Violencia en el Estado de Guanajuato;
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Cultura de paz: El desarrollo de todas aquellas acciones que propicien la convivencia armónica, pacífica, familiar y social;
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Instituciones: Las instituciones públicas o privadas legalmente constituidas, que en razón de su actividad conozcan y atiendan asuntos de violencia;
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Ley: La Ley para Prevenir, Atender y Erradicar la Violencia en el Estado de Guanajuato;
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Programa Estatal: El Programa Estatal para Prevenir, Atender y Erradicar la Violencia en el Estado de Guanajuato;
(REFORMADA, P.O. 26 DE NOVIEMBRE DE 2010)
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Promoción de la igualdad: Todas aquellas acciones encaminadas a garantizar las mismas oportunidades y derechos entre las personas;
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Refugio: Los albergues o establecimientos constituidos para la atención y protección de las personas receptoras de violencia, y sus menores hijos cuando los hubiere;
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Reglamento: El Reglamento de la Ley para Prevenir, Atender y Erradicar la Violencia en el Estado de Guanajuato;
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Reglamento del Sistema Estatal: El Reglamento Interior del Sistema Estatal para Prevenir, Atender y Erradicar la Violencia en el Estado de Guanajuato;
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(DEROGADA, P.O. 26 DE NOVIEMBRE DE 2010)
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Sistema Estatal: El Sistema Estatal para Prevenir, Atender y Erradicar la Violencia en el Estado de Guanajuato; y
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Violencia: Es todo acto u omisión con la intención de agredir a otra persona de manera física o moral que lesione o sea susceptible de dañar la dignidad o integridad de las personas.
Previsión de recursos en el Presupuesto de Egresos
Principios Rectores
Principios Rectores
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El respeto a la vida, a la dignidad humana y a una vida libre de violencia;
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La igualdad; y
-
La equidad.
La administración pública estatal y municipal, asumirán los principios rectores en el ejercicio de sus facultades.
Ámbitos de la Violencia
De los ámbitos en donde se presenta la Violencia
Ámbitos de la violencia
(REFORMADA, P.O. 1 DE AGOSTO DE 2019)
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Familiar;
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Laboral;
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Educativo; y
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Comunitario.
(ADICIONADA, P.O. 30 DE JUNIO DE 2020)
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Digital.
(REFORMADA SU DENOMINACIÓN, P.O. 1 DE AGOSTO DE 2019)
De la Violencia en el ámbito familiar
(REFORMADO SU ACÁPITE, P.O. 1 DE AGOSTO DE 2019)
Violencia en el ámbito familiar
(REFORMADO, P.O. 1 DE AGOSTO DE 2019)
De la Violencia en el ámbito laboral
Violencia en el ámbito laboral
De la Violencia en el ámbito educativo
Violencia en el ámbito educativo
De la Violencia en el ámbito comunitario
Violencia en el ámbito comunitario
(ADICIONADO CON EL ARTÍCULO QUE LO INTEGRA, P.O. 30 DE JUNIO DE 2020)
De la Violencia en el ámbito digital
(ADICIONADO, P.O. 30 DE JUNIO DE 2020)
Violencia en el ámbito digital
Artículo10 Bis. Es toda violencia que se realiza a través de las tecnologías de la información y comunicación, plataformas de Internet, redes sociales, correo electrónico, aplicaciones, o cualquier otro espacio digital.
De los Modelos de Prevención, Atención y Erradicación de la Violencia
Modelos
Los modelos son el conjunto de medidas y acciones tendientes a dar una atención integral multidisciplinaria tanto a las personas receptoras como generadoras de violencia.
(ADICIONADO, P.O. 16 DE DICIEMBRE DE 2014)
Para la atención de las mujeres receptoras de violencia, se aplicará el modelo de atención aprobado por el Consejo Estatal, de manera integral, con perspectiva de género y respeto irrestricto a sus derechos humanos e igualdad sustantiva entre hombres y mujeres.
Las bases para la elaboración y operación de estos modelos se establecerán en el Reglamento.
De las Órdenes de Protección
De las Órdenes de Protección
Órdenes de Protección
Tipos de Órdenes de Protección
-
De emergencia; y
-
Preventivas.
Las órdenes de protección deberán ser fundadas y motivadas.
Las órdenes de protección tendrán una temporalidad no mayor de setenta y dos horas y deberán expedirse dentro de las veinticuatro horas siguientes al conocimiento de los hechos que las generen.
Autoridad competente
Los cuerpos policíacos estarán obligados a auxiliarlo para el...
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