Ley para la Prevencion y Tratamiento contra la Obesidad y Sobrepeso en el Estado de Morelos --antes Ley para la Prevencion y Tratamiento de Trastornos Alimenticios en el Estado de Morelos --

LEY PARA LA PREVENCIÓN Y TRATAMIENTO CONTRA LA OBESIDAD Y SOBREPESO

ÚLTIMA REFORMA PUBLICADA EN EL PERIÓDICO OFICIAL: 22 DE ABRIL DE 2015.

Ley publicada en el Periódico Oficial del Estado de Morelos, el miércoles 14 de diciembre de 2011.

Al margen izquierdo un sello con el Escudo del Estado de Morelos que dice: "Tierra y Libertad".- La tierra volverá a quienes la trabajan con sus manos.- Poder Legislativo.- LI Legislatura.- 2009-2012.

MTRO. MARCO ANTONIO ADAME CASTILLO, GOBERNADOR CONSTITUCIONAL DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE MORELOS A SUS HABITANTES SABED:

Que el Congreso del Estado se ha servido enviarme para su promulgación lo siguiente:

LA QUINCUAGÉSIMA PRIMERA LEGISLATURA DEL CONGRESO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE MORELOS, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE OTORGA EL ARTÍCULO 40, FRACCIÓN II, DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA LOCAL, Y

  1. DEL PROCESO LEGISLATIVO.

Por lo anteriormente expuesto, esta Soberanía ha tenido a bien expedir la siguiente:

LEY PARA LA PREVENCIÓN Y TRATAMIENTO DE TRASTORNOS ALIMENTICIOS EN EL ESTADO DE MORELOS.

ÚNICO.- Se expide la Ley para la Prevención y Tratamiento de Trastornos Alimenticios en el Estado de Morelos.

(REFORMADA SU DENOMINACIÓN, P.O. 22 DE ABRIL DE 2015)

LEY PARA LA PREVENCIÓN Y TRATAMIENTO CONTRA LA OBESIDAD Y SOBREPESO

CAPÍTULO I
DISPOSICIONES GENERALES Artículos 1 a 24

(REFORMADO, P.O. 22 DE ABRIL DE 2015)

Artículo 1 La presente Ley es de orden público, de interés social y de observancia general en el Estado de Morelos.

La aplicación de la presente Ley corresponde al Gobierno del Estado de Morelos, en el ámbito de sus respectivas competencias de conformidad con lo establecido en la Ley General de Salud, la Ley de Salud del Estado de Morelos y las Normas Oficiales Mexicanas en la materia. Así también deberán colaborar en el cumplimiento del objeto de la presente Ley los Municipios del Estado.

(REFORMADO, P.O. 22 DE ABRIL DE 2015)

Artículo 2 La presente Ley tiene por objeto la prevención y el tratamiento de los problemas del sobrepeso y la obesidad, que comprenderán la investigación de sus causales, el diagnóstico y tratamiento de las enfermedades vinculadas, asistencia integral y rehabilitaciones, incluyendo la de sus patologías derivadas y las medidas tendientes a evitar su propagación.

(REFORMADO, P.O. 22 DE ABRIL DE 2015)

Artículo 3 Para los efectos de esta Ley se entiende por:
  1. Comisión, a la Comisión Interinstitucional de Prevención de Sobrepeso, Obesidad y Diabetes;

  2. Gobernador, a la persona Titular del Poder Ejecutivo Estatal;

  3. Ley, a la Ley para la Prevención y Tratamiento contra la Obesidad y Sobrepeso;

  4. Programa Estatal, al Programa Estatal para la Prevención, Tratamiento y combate de los problemas del sobrepeso y la obesidad;

  5. Secretaría, a la Secretaría de Salud del Poder Ejecutivo Estatal;

  6. Secretaría de Educación, a la Secretaría de Educación del Poder Ejecutivo Estatal, y

  7. Sobrepeso y obesidad, a la acumulación anormal o excesiva de grasa que puede ser perjudicial para la salud de las personas.

(REFORMADO, P.O. 22 DE ABRIL DE 2015)

Artículo 4 Las acciones de prevención y tratamiento de los problemas del sobrepeso y la obesidad, forman parte de la garantía constitucional de toda persona al derecho a la salud.
Artículo 5 Son Autoridades competentes para la Prevención y Tratamiento de Trastornos Alimenticios:
  1. El Gobernador del Estado;

  2. La Secretaría de Salud;

  3. La Secretaría de Educación;

    (ADICIONADA, P.O. 23 DE JULIO DE 2014)

  4. La Secretaría de la Contraloría, por cuanto a la evaluación, control y vigilancia del Programa Estatal, y

    (REFORMADA, P.O. 22 DE ABRIL DE 2015)

  5. Comisión Interinstitucional de Prevención contra la Diabetes.

    (REFORMADO, P.O. 22 DE ABRIL DE 2015)

Artículo 6 Se considerará como discriminación cualquier negación de acceso a servicios públicos o privados, con motivo de padecer algún tipo de problema del sobrepeso y la obesidad.
CAPÍTULO II Artículos 7 a 14

DISTRIBUCIÓN DE COMPETENCIAS.

(REFORMADO, P.O. 22 DE ABRIL DE 2015)

Artículo 7 La prevención y tratamiento de los problemas del sobrepeso y la obesidad tienen prioridad en la política pública de salud en el Estado.

Las dependencias, Órganos Desconcentrados y Entidades que integran la Administración Pública del Estado de Morelos, los Municipios, así como los órganos de gobierno y autónomos, en el ámbito de sus respectivas competencias, desarrollarán acciones para dar cumplimiento al objeto de la presente Ley, utilizando incluso nuevas tecnologías de la información y comunicación.

(REFORMADO, P.O. 22 DE ABRIL DE 2015)

Artículo 8 Las instancias señaladas en el artículo anterior, sin menoscabo de las atribuciones que les confiere el marco jurídico estatal y con independencia de las que señale la presente Ley, instrumentarán las políticas de prevención, control, atención y tratamiento integral relacionadas con los problemas del sobrepeso y la obesidad que para tal efecto diseñe la Comisión.

(REFORMADO, P.O. 22 DE ABRIL DE 2015)

Artículo 9 Corresponde al Poder Ejecutivo Estatal:
  1. Formular el Programa Estatal;

  2. Promover y ampliar, permanentemente, la adopción del Programa Estatal;

  3. Promover las (sic) participación de Organizaciones no Gubernamentales, en las acciones previstas por el Programa Estatal;

  4. Proponer acciones tendientes a eliminar la discriminación y la estigmatización en el ámbito laboral, educacional o social, frente a los problemas del sobrepeso y la obesidad;

  5. Garantizar el conocimiento, difusión y acceso a la información de la sociedad en general, en materia de prevención y combate de los problemas del sobrepeso y la obesidad, a través de los Centros para la Prevención y Atención del Sobrepeso y la Obesidad;

  6. Motivar y apoyar la participación social, pública y privada en la prevención y combate de los problemas del sobrepeso y la obesidad, así como promover la celebración de convenios de colaboración con estos sectores para la operatividad de los Centros para la Prevención y Atención del Sobrepeso y la Obesidad, y

  7. Las demás que le reconozcan esta Ley y otras normas aplicables.

(REFORMADO, P.O. 22 DE ABRIL DE 2015)

Artículo 10 El Programa Estatal será el principal instrumento de acción...

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