Ley Numero 167 para la Proteccion del Personal Sanitario en el Estado de Sonora

LEY NUMERO 167 PARA LA PROTECCION DEL PERSONAL SANITARIO EN EL ESTADO DE SONORA

TEXTO ORIGINAL.

Ley publicada en el Número 17 Sección III del Boletín Oficial del Estado de Sonora, el jueves 27 de agosto del 2020.

CLAUDIA ARTEMIZA PAVLOVICH ARELLANO, Gobernadora del Estado Libre y Soberano de Sonora, a sus habitantes sabed:

Que el Honorable Congreso del Estado, se ha servido dirigirme la siguiente:

LEY

NÚMERO 167

EL H. CONGRESO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE SONORA, EN NOMBRE DEL PUEBLO, TIENE A BIEN EXPEDIR LA SIGUIENTE:

LEY PARA LA PROTECCIÓN DEL PERSONAL SANITARIO EN EL ESTADO DE SONORA

ARTÍCULO 1 La presente Ley es de orden público e interés social y de aplicación general en el Estado de Sonora

Tiene por objeto la protección del personal sanitario en el Estado de Sonora.

ARTÍCULO 2 Es personal sanitario en el estado de Sonora:
  1. Los médicos, generales o especialistas, y personal de enfermería que presten servicios sanitarios y de emergencias, adscritos a el organismo público de Servicios de Salud o por los Ayuntamientos.

  2. El personal encargado de la alimentación, limpieza, mantenimiento y de apoyo administrativo que prestan servicios en los campos médicos.

  3. Los químicos, radiólogos, laboratoristas, dietistas, almacenistas y en general toda persona que brinde servicios de apoyo sanitario en los campos médicos.

Conforme lo establece la Ley de Salud para el Estado de Sonora, se considera personal...

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