Ley para la Inscripcion de Nombres en el Muro de Honor del Recinto Legislativo del Estado de Nayarit
LEY PARA LA INSCRIPCIÓN DE NOMBRES EN EL MURO DE HONOR DEL RECINTO LEGISLATIVO DEL ESTADO DE NAYARIT
TEXTO ORIGINAL.
Ley publicada en la Sección Cuarta del Periódico Oficial del Estado de Nayarit, el miércoles 17 de marzo de 2021
Al margen un Sello con el Escudo Nacional que dice: Estados Unidos Mexicanos. Poder Legislativo.- Nayarit.
El Congreso del Estado Libre y Soberano de Nayarit representado por su XXXII Legislatura, decreta:
LEY PARA LA INSCRIPCIÓN DE NOMBRES EN EL MURO DE HONOR DEL RECINTO LEGISLATIVO DEL ESTADO DE NAYARIT.
DE LA INSCRIPCIÓN DE NOMBRES EN EL MURO DE HONOR DEL RECINTO LEGISLATIVO
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Establecer las bases y procedimiento para la inscripción con letras doradas en el Muro de Honor del Salón de Sesiones Plenarias del Congreso del Estado de Nayarit, y
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Establecer las bases generales para la declaración de mujeres y hombres como beneméritos del Estado de Nayarit y el procedimiento para honrar su memoria.
El Congreso del Estado podrá declarar Beneméritos del Estado de Nayarit, a personas que tengan los merecimientos por sus acciones heroicas, sus virtudes cívicas o aportaciones destacadas en los campos de las ciencias, de las artes o de la cultura a favor de la nación o el estado, en términos del artículo 47 fracción XXVIII de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Nayarit.
Todas las iniciativas deberán ser acompañadas por un expediente con los documentos que justifiquen su propuesta.
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