Ley de Ingresos del Estado de Tamaulipas para el Ejercicio Fiscal 2020



[N. DE E. DE CONFORMIDAD CON EL ARTÍCULO PRIMERO TRANSITORIO DEL PRESENTE ORDENAMIENTO, ENTRA EN VIGOR EL UNO DE ENERO DE DOS MIL VEINTE.]

LEY DE INGRESOS DEL ESTADO DE TAMAULIPAS PARA EL EJERCICIO FISCAL 2020

TEXTO ORIGINAL.

Ley publicada en el Periódico Oficial del Estado de Tamaulipas, el miércoles 18 de diciembre de 2019.

FRANCISCO JAVIER GARCÍA CABEZA DE VACA, Gobernador Constitucional del Estado Libre y Soberano de Tamaulipas, a sus habitantes hace saber:

Que el Honorable Congreso del Estado, ha tenido a bien expedir el siguiente Decreto:

Al margen un sello que dice:- "Estados Unidos Mexicanos.- Gobierno de Tamaulipas.- Poder Legislativo.

LA SEXAGÉSIMA CUARTA LEGISLATURA DEL CONGRESO CONSTITUCIONAL DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE TAMAULIPAS, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIEREN LOS ARTÍCULOS 58 FRACCIÓN I DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA LOCAL; Y 119 DE LA LEY SOBRE LA ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO INTERNOS DEL CONGRESO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE TAMAULIPAS, TIENE A BIEN EXPEDIR EL SIGUIENTE:

D E C R E T O No. LXIV-64

MEDIANTE EL CUAL SE EXPIDE LA LEY DE INGRESOS DEL ESTADO DE TAMAULIPAS PARA EL EJERCICIO FISCAL 2020.

ARTÍCULO 1

En el ejercicio fiscal de 2020, el Gobierno del Estado de Tamaulipas percibirá los ingresos provenientes de los conceptos y en las cantidades estimadas que a continuación se enumeran:

[N. DE E. VÉASE TABLA EN EL P.O. DE 18 DE DICIEMBRE DE 2019, PÁGINAS DE LA 27 A LA 30.]

ARTÍCULO 2

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 5, fracción IV de la Ley de Disciplina Financiera de las Entidades Federativas y los Municipios, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 27 de abril de 2016, en el que se establece que las iniciativas de las Leyes de Ingresos y los proyectos de Presupuestos de Egresos de las Entidades Federativas, incluirán entre otros, los resultados de las finanzas públicas que abarcarán un periodo de los cinco últimos años y el ejercicio fiscal de que se trate, lo que cumple conforme el siguiente cuadro.

Se detalla los resultados obtenidos en la recaudación de los ejercicios fiscales 2014 al 2019, quedando como sigue:

[N. DE E. VÉASE CUADRO EN EL P.O. DE 18 DE DICIEMBRE DE 2019, PÁGINA 31.]

ARTÍCULO 3

En ese mismo orden, y atendiendo a lo dispuesto en el referido artículo 5, fracción II, segundo párrafo de la Ley de Disciplina Financiera de las Entidades Federativas y los Municipios, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 27 de abril de 2016, en el que se establece que las iniciativas de las Leyes de Ingresos y los proyectos de Presupuestos de Egresos de las Entidades Federativas, incluirán entre otros, las proyecciones presupuestales, las cuales abarcarán un periodo de cinco años en adición al ejercicio fiscal en cuestión, se cumple tal requisito conforme el siguiente cuadro:

[N. DE E. VÉASE CUADRO EN EL P.O. DE 18 DE DICIEMBRE DE 2019, PÁGINA 32.]

ARTÍCULO 4

El mencionado artículo 5, fracción I de la Ley de Disciplina Financiera de las Entidades Federativas y los Municipios, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 27 de abril de 2016, establece que las iniciativas de las Leyes de Ingresos, deberán contener los objetivos anuales, estrategias y metas, se detallan los puntos en cuestión conforme lo siguiente:

Objetivos anuales: La presente Ley de Ingresos se elaboró con el objetivo principal de continuar dando cumplimiento y mejorando el servicio en los diversos rubros a cargo del Gobierno del Estado como seguridad ciudadana, gobierno eficaz, bienestar social, desarrollo económico sostenible, infraestructura, desarrollo urbano y cuidado del medio ambiente.

Estrategias: Para fortalecer los ingresos propios es fundamental continuar implementando políticas tributarias eficientes, por lo cual se intensificarán las acciones en la búsqueda de incrementar el pago espontáneo de los contribuyentes de sus obligaciones fiscales mediante la orientación, atención y asistencia, reforzando por otra parte las acciones de fiscalización y vigilancia fiscal para incrementar la obtención de ingresos locales y coordinados federales. En ese sentido, las reformas a la Ley de Hacienda del Estado para el ejercicio fiscal 2020 coadyuvarán a lograr los objetivos de ingresos establecidos para el año próximo.

Metas: Incrementar los ingresos del Estado para 2020, de acuerdo con los montos establecidos en la Ley de Ingresos.

ARTÍCULO 5

Asimismo en cumplimiento al artículo 5, fracción III de la Ley de Disciplina Financiera de las Entidades Federativas y los Municipios, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 27 de abril de 2016, se contempla el factor de riesgos...

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