Ley de Ingresos del Estado de Tamaulipas para el Ejercicio Fiscal 2016

LEY DE INGRESOS DEL ESTADO DE TAMAULIPAS PARA EL EJERCICIO FISCAL 2016

ÚLTIMA REFORMA PUBLICADA EN EL PERIÓDICO OFICIAL: 14 DE JULIO DE 2016.

Ley publicada en el Periódico Oficial del Estado de Tamaulipas, el jueves 17 de diciembre de 2015.

EGIDIO TORRE CANTÚ, Gobernador Constitucional del Estado Libre y Soberano de Tamaulipas, a sus habitantes hace saber:

Que el Honorable Congreso del Estado, ha tenido a bien expedir el siguiente Decreto:

Al margen un sello que dice:- "Estados Unidos Mexicanos.- Gobierno de Tamaulipas.- Poder Legislativo.

LA SEXAGÉSIMA SEGUNDA LEGISLATURA DEL CONGRESO CONSTITUCIONAL DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE TAMAULIPAS, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIEREN LOS ARTÍCULOS 58 FRACCIÓN I DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA LOCAL Y 119 DE LA LEY SOBRE LA ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO INTERNOS DEL CONGRESO DEL ESTADO DE TAMAULIPAS, TIENE A BIEN EXPEDIR EL SIGUIENTE:

D E C R E T O No.LXII-735

MEDIANTE EL CUAL SE EXPIDE LA LEY DE INGRESOS DEL ESTADO DE TAMAULIPAS PARA EL EJERCICIO FISCAL 2016.

LEY DE INGRESOS DEL ESTADO DE TAMAULIPAS PARA EL EJERCICIO FISCAL 2016.

ARTÍCULO 1

En el ejercicio fiscal de 2016, el Gobierno del Estado de Tamaulipas percibirá los ingresos provenientes de los conceptos y en las cantidades estimadas que a continuación se enumeran:

[N. DE E. VÉASE TABLA EN EL P.O. DE 17 DE DICIEMBRE DE 2015, PÁGINAS DE LA 10 A LA 13.]

[N. DE E. VÉASE REFORMAS A LA TABLA, P.O. DE 14 DE JULIO DE 2016, PÁGINAS DE LA 10 A LA 13;]

ARTÍCULO 2

El Ejecutivo del Estado, por conducto de la Secretaría de Finanzas, establecerá cuotas de los productos, así como el destino de los mismos; en el caso de organismos públicos descentralizados, se percibirán sus ingresos con base a las autorizaciones efectuadas en términos y condiciones de la ley o decreto de su creación.

ARTÍCULO 3

El Ejecutivo del Estado, por conducto de la Secretaría de Finanzas, queda autorizado para fijar o modificar los aprovechamientos que se cobrarán por el uso o aprovechamiento de bienes de dominio público del Estado.

ARTÍCULO 4
  1. En caso de requerirse ingresos complementarios para sustentar el gasto previsto en el Presupuesto de Egresos del Estado para el ejercicio fiscal 2016, se autoriza al Ejecutivo del Estado, en términos de la Ley de Deuda Pública Estatal y Municipal de Tamaulipas, a:

    1. Contratar uno o varios...

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