Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo. VIII-CASR-PA-20

Páginas345-345
REVISTA NÚM. 48, NOVIEMBRE 2020
SALA REGIONAL 345
LEY FEDERAL DE PROCEDIMIENTO
CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
VIII-CASR-PA-20
RECURSO DE RECLAMACIÓN. EN ÉL NO PUEDEN
EXAMINARSE ARGUMENTOS TENDENTES A COMBA-
TIR LA FALSEDAD DE FIRMAS.- En virtud de que tanto el
incidente de falsedad de documentos, como el recurso de
reclamación, tienen su propia tramitación, ya que respon-
den a una distinta razón de ser, ocurren en diversos mo-
mentos procesales y persiguen un diferente objetivo, se tie-
ne que en el recurso de reclamación no pueden examinarse
los argumentos tendentes a combatir la falsedad de la rma
contenida en un escrito inicial de demanda de un diverso
juicio; de ahí que la recurrente debió en su caso interponer
incidente de falsedad de documentos en el diverso juicio y
recurso de reclamación en el juicio en que se actúa, a n de
que, en primer lugar, esta Sala Regional resolviera sobre la
autenticidad del documento a que hace referencia la actora,
y una vez dilucidada dicha situación, se pronunciara res-
pecto a la legalidad del acuerdo recurrido.
Recurso de Reclamación interpuesto en el Juicio Conten-
cioso Administrativo Núm. 406/17-14-01-7.- Resuelto por la
Sala Regional del Pacíco del Tribunal Federal de Justicia
Administrativa, el 3 de julio de 2017, por unanimidad de vo-
tos.- Magistrado Instructor: Francisco Enrique Valdovinos
Elizalde.- Secretario: Lic. Edgar Eugenio Navarro Ibarra.

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