Ley Federal de Procedimiento Administrativo. IX-P-SS-2

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Revista Núm. 3, Marzo 2022 27
LEY FEDERAL DE PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO
IX-P-SS-2
MENORES DE EDAD. CUANDO EN UN JUICIO CONTEN-
CIOSO ADMINISTRATIVO SE ENCUENTREN INVOLU-
CRADOS SUS DERECHOS Y SE IMPUGNE LA LEGALIDAD
DE UNA RESOLUCIÓN FICTA, PROCEDERÁ LA INAPLICA-
CIÓN DEL ARTÍCULO 29 DE LA LEY FEDERAL DE PRO-
CEDIMIENTO ADMINISTRATIVO AL CONTEMPLAR UNA
MEDIDA PROCEDIMENTAL INJUSTIFICADA Y DESPRO-
PORCIONAL PARA AQUELLOS.- De acuerdo a lo dispues-
to en el artículo 3.1 de la Convención sobre los Derechos
del Niño, el interés superior del menor opera en una triple
dimensión: como derecho sustantivo, como principio jurí-
dico interpretativo fundamental y como norma de proce-
dimiento; sobre esta última, la Suprema Corte de Justicia
de la Nación ha sostenido que tiene la potencialidad de
sustentar la inaplicación de alguna regla legal adjetiva
que, en sí misma considerada, se advierta innecesaria, in-
justicada o desproporcionada, para efectos del proceso
de que se trate; en la medida, en que pueda trastocar u
obstaculizar el ejercicio de los derechos procesales de
menores de edad. En ese sentido, cuando en un juicio
contencioso administrativo en el que se encuentran invo-
lucrados derechos de menores, se impugne la legalidad
de una resolución negativa cta, cuya conguración haya
quedado debidamente probada en términos del artículo
17 de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Ad-
ministrativo al haber trascurrido el plazo de tres meses

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