Ley de Amnistia del Estado de Tamaulipas

LEY DE AMNISTÍA DEL ESTADO DE TAMAULIPAS

TEXTO ORIGINAL.

Ley publicada en el Número 117 del Periódico Oficial del Estado de Tamaulipas, el jueves 29 de septiembre de 2022.

FRANCISCO JAVIER GARCÍA CABEZA DE VACA, Gobernador Constitucional del Estado Libre y Soberano de Tamaulipas, a sus habitantes hace saber:

Que el Honorable Congreso del Estado, ha tenido a bien expedir el siguiente Decreto:

Al margen un sello que dice:- "Estados Unidos Mexicanos.- Gobierno de Tamaulipas.- Poder Legislativo.

LA LEGISLATURA SESENTA Y CINCO CONSTITUCIONAL DEL CONGRESO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE TAMAULIPAS, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIEREN LOS ARTÍCULOS 58 FRACCIÓN I DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA LOCAL; Y 119 DE LA LEY SOBRE LA ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO INTERNOS DEL CONGRESO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE TAMAULIPAS, TIENE A BIEN EXPEDIR EL SIGUIENTE:

D E C R E T O No. 65-123

DECRETO MEDIANTE EL CUAL SE EXPIDE LA LEY DE AMNISTÍA DEL ESTADO DE TAMAULIPAS.

ARTÍCULO ÚNICO Se expide la Ley de Amnistía para el Estado de Tamaulipas, para quedar como sigue:

LEY DE AMNISTÍA DEL ESTADO DE TAMAULIPAS

Artículo 1

La presente Ley es de orden público, interés social y de observancia general y obligatoria en el Estado de Tamaulipas, y tiene por objeto establecer las bases para decretar amnistía en favor de las personas que estén vinculadas a proceso o se les haya dictado sentencia firme ante los tribunales del orden común, por los delitos previstos en esta Ley, cometidos hasta la fecha de entrada en vigor de la misma, siempre y cuando no sean reincidentes por el delito que se beneficiará.

Artículo 2 Son autoridades encargadas de la aplicación de esta Ley, las siguientes:
  1. El Poder Legislativo;

  2. El Poder Ejecutivo;

  3. El Poder Judicial; y

  4. La Fiscalía General.

Artículo 3 Para los efectos de esta Ley, se entenderá por:
  1. Campesino o campesina: La persona que vive y trabaja del campo, y goce de los derechos protegidos por el artículo 27, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y su Ley Reglamentaria en materia Agraria;

  2. Código Penal: Código Penal para el Estado de Tamaulipas;

  3. Fiscalía General: Fiscalía General de Justicia del Estado de Tamaulipas;

  4. Integrante de un pueblo o comunidad indígena o afromexicana: Persona que pertenece a una comunidad, integrantes de un pueblo originario o afromexicana en los términos reconocidos por el artículo 2o., de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y los instrumentos internacionales en la materia, ya sea que se encuentre en tránsito o resida en el Estado de Tamaulipas. La presente Ley reconoce como pueblos y comunidades indígenas, a los distintos grupos indígenas de origen nacional procedentes de otras entidades federativas, establecidos en los municipios o localidades del territorio del Estado;

  5. Juez Competente: Al juez que está llamado a resolver o pronunciarse, dentro de su competencia, cualquier asunto que le haya atribuido expresamente el legislador, en cuyo caso y dependiendo del sistema penal tradicional o penal acusatorio, conozca del asunto;

  6. Ley: Ley de Amnistía del Estado de...

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