Decreto No. 410 Se Autoriza al Gobierno del Estado de Colima, a Través del Poder Ejecutivo, para Que por Conducto de Los Funcionarios Legalmente Facultados, Contrate con El Banco Nacional de Obras y Servicios Públicos, Sociedad Nacional de Crédito, Institución de Banca de Desarrollo, en Lo Sucesivo Banobras, un Crédito Simple, hasta Por la Cantidad de $300'000,000.00 (trescientos Millones de Pesos 00/100 M.N.), para El Destino, con La Garantía Y/o Fuente de Pago y Con el Mecanismo que Se Establecen en Este Decreto

DECRETO No. 410

SE AUTORIZA AL GOBIERNO DEL ESTADO DE COLIMA, A TRAVÉS DEL PODER EJECUTIVO, PARA QUE POR CONDUCTO DE LOS FUNCIONARIOS LEGALMENTE FACULTADOS, CONTRATE CON EL BANCO NACIONAL DE OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS, SOCIEDAD NACIONAL DE CRÉDITO, INSTITUCIÓN DE BANCA DE DESARROLLO, EN LO SUCESIVO BANOBRAS, UN CRÉDITO SIMPLE, HASTA POR LA CANTIDAD DE $300'000,000.00 (TRESCIENTOS MILLONES DE PESOS 00/100 M.N.), PARA EL DESTINO, CON LA GARANTÍA Y/O FUENTE DE PAGO Y CON EL MECANISMO QUE SE ESTABLECEN EN ESTE DECRETOLIC. MARIO ANGUIANO MORENO, Gobernador Constitucional del Estado Libre y Soberano de Colima, a sus habitantes sabed:

Que el H. Congreso del Estado me ha dirigido para su publicación el siguiente D E C R E T OEL HONORABLE CONGRESO CONSTITUCIONAL DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE COLIMA, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE LOS ARTÍCULOS 33 FRACCIÓN XIII, Y 39 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA LOCAL, EN NOMBRE DEL PUEBLO, YC O N S I D E R A N D OPRIMERO.-

Mediante oficio DGG-1239/2011, del 22 de noviembre de 2011, el Gobierno del Estado, por conducto del C. Licenciado José Alberto Peregrina Sánchez, Director General de Gobierno, remitió para su autorización la Iniciativa con Proyecto de Decreto que contiene la solicitud para contratar un crédito simple con el Banco Nacional de Obras y Servicios Públicos, Sociedad Nacional de Crédito, Institución de Banca de Desarrollo, hasta por la cantidad de $300'000,000.00 (TRESCIENTOS MILLONES DE PESOS 00/100 M.N), por el monto, para el destino, con la garantía y/o fuente de pago y con el mecanismo, que en éste se establece.

SEGUNDO.-

Los Diputados Secretarios del H. Congreso del Estado, turnaron mediante oficio 2891/2011, del 22 de noviembre de 2011, a la Comisión de Hacienda, Presupuesto y Fiscalización de los Recursos Públicos, la Iniciativa de Decreto por la que se autoriza al Gobierno del Estado, a contratar con el Banco Nacional de Obras y Servicios Públicos, Sociedad Nacional de Crédito, Institución de Banca de Desarrollo, un crédito simple, por el monto, para el destino, con la garantía y/o fuente de pago y con el mecanismo, que en éste se establecen.

TERCERO.-

La Iniciativa materia del presente Dictamen, en su exposición de motivos que la sustenta señala, en lo conducente, lo siguiente:

 " PRIMERO.-

Que las fuertes lluvias ocasionadas por el Huracán "Jova" en el mes de octubre del presente año, provocaron el desbordamiento de ríos e inundaciones en diversas localidades de los diez municipios del estado, generando severos daños a la infraestructura de vivienda, urbana, hidráulica, educativa, deportiva, y carretera de jurisdicción estatal;

SEGUNDO.-

Que la Secretaría de Gobernación publicó en el Diario Oficial de la Federación los días 20 y 21 de octubre de 2011, las declaratorias de desastre natural y de emergencia, respectivamente, por la ocurrencia del Huracán "Jova" los días 11 y 12 de octubre de 2011, en los diez municipios del Estado de Colima.

DEL GOBIERNO DEL ESTADO PODER LEGISLATIVO

TERCERO.-

Que los daños a que se hace referencia en el considerando primero han sido cuantificados por el Comité Técnico de Evaluación de Daños por el Huracán "Jova", determinándose que los recursos requeridos para su atención ascienden a

$599'357,959.56 (QUINIENTOS NOVENTA Y NUEVE MILLONES TRESCIENTOS CINCUENTA Y SIETE MIL NOVECIENTOS CINCUENTA Y NUEVE PESOS 56/100 M.N.), según se desprende del acta de entrega de resultados del Comité señalado, de fecha 03 de noviembre de 2011, en la que intervinieron y firmaron los representantes del Gobierno del Estado de Colima y del Gobierno Federal.

CUARTO.-

Que de conformidad con las Reglas del Fondo Nacional de Desastres Naturales, es procedente el apoyo al Estado de Colima con el 50% de la cantidad señalada en el considerando anterior, correspondiendo la aportación del 50% restante al Gobierno del Estado de Colima, el cual, no dispone de los recursos para enfrentar este compromiso, por lo que acudió al Gobierno Federal para que, a través del Fondo de...

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