Leal García v. Texas: réplicas del fallo Avena

AutorVíctor Emilio Corzo Aceves y Ernesto Eduardo Corzo Aceves

El principal órgano judicial de Naciones Unidas determinó que el remedio al daño causado consistía en la obligación de Estados Unidos de proveer —por el medio que le parezca necesario— la revisión y la reconsideración a las condenas que afectan a los 51 nacionales mexicanos. A pesar de los continuos esfuerzos de distintas instituciones gubernamentales norteamericanas y de las administraciones de Bush y de Obama, la sentencia de Avena no se ha respetado por carecer de una legislación que implemente dicha obligación en su Derecho interno.

Después de varias consultas con los departamentos de Justicia y de Estado, el senador del estado de Vermont, Patrick Leahy, introdujo en el Congreso —23 días antes de la fecha de ejecución— el Estatuto sobre el Cumplimiento de la Notificación Consular. Esta legislación otorgaría la solución que la Corte Internacional de Justicia le impone a Estados Unidos; sin embargo, será hasta enero de 2012 cuando se discuta dicha propuesta en el Senado. Como último recurso, Humberto Leal García apeló a la Suprema Corte de Justicia norteamericana para que interviniera en el caso y suspendiera su ejecución hasta que la legislación se aprobara. Sin embargo, a pesar de que el voto estuvo dividido, la Corte optó por negarle el recurso.

Escrito del fiscal general de Estados Unidos

Apoyando la suspensión temporal, el fiscal general, Donald B. Verrilli Jr., sometió ante la Suprema Corte un escrito detallando la inconveniencia de la ejecución de Humberto Leal. El fiscal general establecía —junto con el consultor jurídico y la consejera en Derecho internacional del Departamento de Estado— que la ejecución violaría las obligaciones internacionales de Estados Unidos si no se disponía de la revisión de la sentencia del mexicano. De acuerdo con su petición, la suspensión aseguraría los intereses norteamericanos vitales en el exterior, como “la protección de nacionales en el extranjero, el fomento a la cooperación con otras naciones soberanas y la demostración del respeto al Estado de Derecho en el plano internacional”.

Según el fiscal general, el caso de Humberto Leal cumplía con los requisitos establecidos en el caso Barefoot v. Estelle, para que la Suprema Corte suspenda un caso de pena de muerte: “[En primer lugar] la existencia de una probabilidad razonable de que cuatro de los ministros de la Corte considerasen el problema suficientemente meritorio para ejercer su jurisdicción sobre el caso; [en segundo lugar] una posibilidad...

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