Tesis Aislada, (Tesis de Tercera Sala (Tesis Aisladas))

Número de registro350214
MateriaCivil,Derecho Civil

De acuerdo con lo prevenido en el artículo 920 del Código Civil de Michoacán, el contrato de arrendamiento celebrado por el usufructuario termina con el usufructo. Ahora bien, terminado el contrato de arrendamiento, la persona en quien se consolide la propiedad, tiene derecho para pedir la desocupación de la finca arrendada, apoyándose en su carácter de propietario y en el contrato de arrendamiento que terminó por la extinción del usufructo, porque expresamente se lo concede el artículo 290 del Código de Procedimientos Civiles de Michoacán, sin que pueda argumentarse que no cabe pedir la desocupación basándose en un contrato que ya no existe, porque el arrendatario ocupa la finca con ese...

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