Tesis de Suprema Corte de Justicia, Segunda Sala, 1 de Febrero de 2009 (Tesis num. 2a./J. 4/2009 de Suprema Corte de Justicia, Segunda Sala, 01-02-2009 (Reiteración))

Número de registro167934
Número de resolución2a./J. 4/2009
Fecha de publicación01 Febrero 2009
Fecha01 Febrero 2009
Localizador9a. Época; 2a. Sala; S.J.F. y su Gaceta; XXIX, Febrero de 2009; Pág. 458
EmisorSegunda Sala
Tipo de JurisprudenciaReiteración
MateriaAdministrativa

De los artículos 11 y 12 del Convenio sobre Aviación Civil Internacional y 289, párrafo primero, fracción I, de la Ley Federal de Derechos, se advierte que las personas físicas o morales extranjeras que realicen sobrevuelos (entendidos como aquellos cuya operación aeronáutica inicia en un aeropuerto extranjero, que sin hacer escalas en el territorio nacional tienen como destino otro aeropuerto ubicado fuera de aquél) en el espacio aéreo mexicano están obligadas a pagar el derecho originado por su uso, goce o aprovechamiento, de acuerdo al régimen general u ordinario contemplado en la fracción I indicada, esto es, conforme a la envergadura de las aeronaves y por cada kilómetro recurrido, lo cual implica que no podrán hacer dicho pago mediante la opción prevista en la fracción II del artículo 289 citado, e incluso por disposición expresa contenida en la fracción III del propio artículo, se excluye a las aeronaves utilizadas para hacer sobrevuelos de pagar el derecho relativo en términos de la opción contenida en dicha fracción, no están exentos del pago del derecho señalado, pues lo deben hacer en términos del régimen general u ordinario precitado, y no conforme a los regímenes opcionales contenidos en las fracciones II y III precitados.

PRECEDENTES:

Amparo en revisión 1781/2005. Continental Airlines, Inc. 10 de octubre de 2007. Cinco votos. Ponente: S.S.A.A.. Secretarios: A.M.R.M., G.R.P. y R.A.M.R..

Amparo en revisión 1792/2005. KLM Compañía Real Holandesa de Aviación, S.A. (KONINKLIJKE LUCHTVAART MAATSCHAPPIJ, N.V.). 28 de noviembre de 2007. Unanimidad de cuatro votos. Ausente y Ponente: J.F.F.G.S.; en su ausencia hizo suyo el asunto M.B.L.R.. Secretario: I.F.R..

Amparo en revisión 1872/2005. Corporación Técnica de Urbanismo, S.A. de C.V. 28 de noviembre de 2007. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: J.F.F.G.S.. Ponente: M.A.G.. Secretario: Ó.F.H.B..

Amparo en revisión 1876/2005. Servicios Aéreos Gana, S.A. de C.V. 28 de noviembre de 2007. Unanimidad de cuatro votos. Ausente y Ponente: J.F.F.G.S.; en su ausencia hizo suyo el asunto M.B.L.R.. Secretario: Ó.R.Á..

Amparo en revisión 2126/2005. HDL de Guatemala, S.A. de C.V. 28 de noviembre de 2007. Unanimidad de cuatro votos. Ausente y Ponente: J.F.F.G.S.; en su ausencia hizo suyo el asunto M.B.L.R.. Secretaria: S.E.M.Q..

Tesis de jurisprudencia 4/2009. Aprobada por la Segunda Sala de este Alto Tribunal, en sesión privada del catorce de enero de dos mil nueve.

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