Tesis de Suprema Corte de Justicia, Segunda Sala, 1 de Diciembre de 2010 (Tesis num. 2a./J. 137/2010 de Suprema Corte de Justicia, Segunda Sala, 01-12-2010 (Contradicción de Tesis))

Número de registro163321
Número de resolución2a./J. 137/2010
Fecha de publicación01 Diciembre 2010
Fecha01 Diciembre 2010
Localizador9a. Época; 2a. Sala; S.J.F. y su Gaceta; XXXII, Diciembre de 2010; Pág. 526
EmisorSegunda Sala
Tipo de JurisprudenciaContradicción de Tesis
MateriaAdministrativa

Los efectos restitutorios de la sentencia de amparo contra una norma fiscal, que obligan a la autoridad responsable a devolver las cantidades enteradas debidamente actualizadas y que operan en virtud de su imperio, sin condicionamiento de que el interesado se sujete a un procedimiento administrativo previsto en leyes diversas a la de A., como sería la solicitud de devolución relativa, no comprenden el pago de intereses indemnizatorios, pues éstos no integraban el patrimonio del quejoso y, por tanto, no forman parte del restablecimiento de la situación que prevalecía antes de la violación. Sin embargo, tal obligación indemnizatoria a cargo del fisco puede derivar de lo dispuesto en las leyes fiscales regulatorias de la contribución específica, por lo que debe atenderse a ésta para determinar si se encuentra legalmente prevista su procedencia. Así, en el caso del Distrito Federal, tal devolución no comprende el pago de intereses, pues el artículo 71 del Código Financiero del Distrito Federal abrogado no lo prevé así, ya que los regula tratándose del pago de lo indebido como indemnización por mora de la autoridad, y si bien la declaratoria de inconstitucionalidad de la norma fiscal trae consigo que el entero efectuado por el contribuyente sea equiparable al pago de lo indebido, al haber cesado para éste el supuesto legal que dio origen al hecho generador de la contribución, esta equiparación no actualiza la procedencia del pago de intereses ante la inexistencia de mora o actuación ilegal de la autoridad, pues tanto ésta al recibir el entero, como el contribuyente al hacerlo, actuaron dentro del marco previsto en la ley, es decir, cumpliendo la obligación legal dentro del plazo y en ejercicio de su facultad de imperio y fiscalización, respectivamente, lo que tiene explicación lógica en el hecho de que la sentencia protectora se dicta posteriormente, y es de ésta de la que proviene el derecho a la devolución.

Contradicción de tesis 200/2010. Entre las sustentadas por el Quinto y el Sexto Tribunales Colegiados, ambos en Materia Administrativa del Primer Circuito. 22 de septiembre de 2010. Mayoría de tres votos. Disidentes: J.F.F.G.S. y M.B.L.R.. Ponente: S.S.A.A.. Secretaria: L.F.M.P..


Tesis de jurisprudencia 137/2010. Aprobada por la Segunda Sala de este Alto Tribunal, en sesión privada del veintinueve de septiembre de dos mil diez.

35 sentencias
  • Sentencia con número de expediente 248/2022. Juzgado Octavo de Distrito en el Estado de San Luis Potosí, 2022-06-28
    • México
    • Juzgado Octavo de Distrito en el Estado de San Luis Potosí
    • 28 Junio 2022
    ...debidamente actualizada, como si se tratara de un pago de lo indebido. También es aplicable al caso, la jurisprudencia por contradicción 2a./J. 137/2010, de la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, publicada en la página 526 del tomo XXXII del Semanario Judicial de la F......
  • Ejecutoria num. 3/2022 de Plenos de Circuito, 11-11-2022 (CONTRADICCIÓN DE TESIS)
    • México
    • Plenos de Circuito
    • Invalid date
    ...Época "‘Instancia: Segunda Sala "‘Fuente: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta "‘Tomo: Tomo XXXII, diciembre de 2010 "‘Tesis: 2a./J. 137/2010 "‘Página: "‘LEYES TRIBUTARIAS. LA DEVOLUCIÓN DE LAS CANTIDADES ENTERADAS, DEBIDAMENTE ACTUALIZADAS, COMO EFECTO DE LA SENTENCIA DE AMPARO ......
  • Voto, Tribunales Colegiados de Circuito
    • México
    • 23 Noviembre 2018
    ...Sala. Jurisprudencia. Fuente: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, T.X., diciembre de 2010. Materia: administrativa. Tesis: 2a./J. 137/2010. Página: 526. 7. Novena Época. Registro digital: 22529. Instancia: Segunda Sala. Fuente: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, T......
  • Sentencia de la Corte Suprema de Justicia. 25-03-2015 (AMPARO DIRECTO EN REVISIÓN 5024/2014)
    • México
    • SEGUNDA SALA
    • 25 Marzo 2015
    ...Administrativa. Tesis: 2a./J. 177/2006. Página: 206). 13 En el mismo sentido es ilustrativa la tesis con registro: 163321, número 2a./J. 137/2010 cuyo texto dice: LEYES TRIBUTARIAS. LA DEVOLUCIÓN DE LAS CANTIDADES ENTERADAS, DEBIDAMENTE ACTUALIZADAS, COMO EFECTO DE LA SENTENCIA DE AMPARO QU......
  • Solicita tu prueba para ver los resultados completos

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR