Tesis de Suprema Corte de Justicia, Segunda Sala, 1 de Junio de 1998 (Tesis num. 2a./J. 22/98 de Suprema Corte de Justicia, Segunda Sala, 01-06-1998 (Contradicción de Tesis))
Número de registro | 196119 |
Número de resolución | 2a./J. 22/98 |
Fecha de publicación | 01 Junio 1998 |
Fecha | 01 Junio 1998 |
Localizador | 9a. Época; 2a. Sala; S.J.F. y su Gaceta; VII, Junio de 1998; Pág. 92 |
Emisor | Segunda Sala |
Tipo de Jurisprudencia | Contradicción de Tesis |
Materia | Laboral |
De una interpretación armónica de los artículos 115, 501, 503, 892 a 899 y demás relativos de la Ley Federal del Trabajo, se concluye que el procedimiento de beneficiarios y dependencia económica, que tiene como única finalidad que se declare por parte de la autoridad laboral, quién es el que habrá de suceder al trabajador fallecido en el beneficio de una condena en contra del patrón, respecto de una acción previamente instaurada, sólo podría impugnarse por alguna de las personas que se considerara con mejor derecho en términos de las fracciones I a V, del mencionado artículo 501, pero la determinación adoptada en el procedimiento respectivo no genera un perjuicio o agravio personal y directo en la esfera jurídica del patrón, habida cuenta de que al existir una condena previa en su contra, independientemente de quién resulte beneficiario, él tendrá que cumplirla, lo que actualiza la hipótesis de improcedencia prevista en la fracción V, del artículo 73 que, aplicado en concordancia con el artículo 74, fracción III, ambos de la Ley de Amparo, conduce al sobreseimiento del juicio.
PRECEDENTES:
Contradicción de tesis 47/97. Entre las sustentadas por el Segundo Tribunal Colegiado del Quinto Circuito y el Tribunal Colegiado en Materias Administrativa y de Trabajo del Séptimo Circuito. 25 de febrero de 1998. Cinco votos. Ponente: J.D.R.. Secretario: E.H.M.G..
Tesis de jurisprudencia 22/98. Aprobada por la Segunda Sala de este Alto Tribunal, en sesión pública del veinticinco de febrero de mil novecientos noventa y ocho.
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Sentencia con número de expediente 210/2022. Primer Tribunal Colegiado del Vigésimo Octavo Circuito, 2022-08-10
...de quién resulte beneficiario, él tendrá que cumplirla. Apoya esta conclusión, por identidad jurídica sustancial, la jurisprudencia 2a./J. 22/98 de la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, publicada en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, tomo VII, junio ......
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Sentencia de la Corte Suprema de Justicia. 07-12-2016 (CONTRADICCIÓN DE TESIS 237/2016)
...IV, párrafo primero, de la Ley de Amparo”. 11 Registro digital 164120. 12 Editorial P., Segunda edición, Tomo XII, página 296. 13 Tesis 2a./J. 22/98 publicada en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, novena época, tomo VII, junio de 1998, página 92. Registro digital 14 Artícul......
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Sentencia de la Corte Suprema de Justicia. 03-05-2017 (CONTRADICCIÓN DE CRITERIOS (ANTES CONTRADICCIÓN DE TESIS) 121/2016)
...JURÍDICO PARA IMPUGNAR SU RESOLUCIÓN. La Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, a través de la jurisprudencia número 2a./J. 22/98, publicada en la página 92 del Tomo VII, junio de 1998, del Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, de rubro: "BENEFICIARIOS EN MATE......
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Sentencia de la Corte Suprema de Justicia. 20-02-2019 (CONTRADICCIÓN DE CRITERIOS (ANTES CONTRADICCIÓN DE TESIS) 441/2018)
...RELATIVA, CUANDO LA MISMA RESOLUCIÓN TAMBIÉN LO CONDENE AL PAGO DE PRESTACIONES ECONÓMICAS (INAPLICABILIDAD DE LA JURISPRUDENCIA 2a./J. 22/98). SEGUNDO. Trámite y turno de la denuncia. Por acuerdo de cuatro de diciembre de dos mil dieciocho, el Ministro Presidente de la Suprema Corte de Jus......
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Tesis
...SE LE CONDENE AL OTORGAMIENTO DE LA PENSIÓN Y DEMÁS PRESTACIONES EN ESPECIE Y EN DINERO (INAPLICABILIDAD DE LA JURISPRUDENCIA 2a./J. 22/98). (VII.2o.T.51 L S.J.F. X Época. Libro 31. T. IV. 2o.T.C. del 7o.C., junio 2016, p. 2934 PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIAS ADMINISTRATIVA Y DE TRABA......