Tesis de Suprema Corte de Justicia, Segunda Sala, 1 de Junio de 2006 (Tesis num. 2a./J. 75/2006 de Suprema Corte de Justicia, Segunda Sala, 01-06-2006 (Contradicción de Tesis))

Número de registro174871
Número de resolución2a./J. 75/2006
Fecha de publicación01 Junio 2006
Fecha01 Junio 2006
Localizador9a. Época; 2a. Sala; S.J.F. y su Gaceta; XXIII, Junio de 2006; Pág. 235
EmisorSegunda Sala
Tipo de JurisprudenciaContradicción de Tesis
MateriaLaboral,Derecho Laboral y Seguridad Social,Derecho Procesal

El artículo 763 en cita dispone que: "Cuando se promueva un incidente dentro de una audiencia o diligencia, se substanciará y resolverá de plano, oyendo a las partes; continuándose el procedimiento de inmediato. Cuando se trate de nulidad, competencia y en los casos de acumulación y excusas, dentro de las veinticuatro horas siguientes se señalará día y hora para la audiencia incidental, en la que se resolverá.". Esta última parte del precepto es una norma especial, por lo que es evidente que tratándose del incidente de nulidad deberá atenderse a ella, con independencia de que se promueva durante una audiencia o fuera de ésta, con la única salvedad de que se trate de los incidentes ahí precisados, lo que impide, en consecuencia, la aplicación de la primera parte del numeral que regula los incidentes en general presentados dentro de una audiencia o diligencia, con la excepción prevista en el artículo 764 relativa a que el promovente se manifestó sabedor de la notificación irregular de que se duele, caso en el que sí puede resolverse de plano el incidente de nulidad.

PRECEDENTES:

Contradicción de tesis 32/2006-SS. Entre las sustentadas por el Segundo Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Cuarto Circuito y lo sostenido por el Segundo Tribunal Colegiado del Décimo Primer Circuito y el Tercer Tribunal Colegiado en Materias Administrativa y de Trabajo del Cuarto Circuito (ahora Tercero en Materia de Trabajo de dicho circuito). 12 de mayo de 2006. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: S.S.A.A.. Ponente: J.D.R.. Secretaria: S.E.M.Q..

Tesis de jurisprudencia 75/2006. Aprobada por la Segunda Sala de este Alto Tribunal, en sesión privada del diecinueve de mayo de dos mil seis.

4 sentencias

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