Tesis de Suprema Corte de Justicia, Segunda Sala, 1 de Junio de 2006 (Tesis num. 2a./J. 75/2006 de Suprema Corte de Justicia, Segunda Sala, 01-06-2006 (Contradicción de Tesis))
Número de registro | 174871 |
Número de resolución | 2a./J. 75/2006 |
Fecha de publicación | 01 Junio 2006 |
Fecha | 01 Junio 2006 |
Localizador | 9a. Época; 2a. Sala; S.J.F. y su Gaceta; XXIII, Junio de 2006; Pág. 235 |
Emisor | Segunda Sala |
Tipo de Jurisprudencia | Contradicción de Tesis |
Materia | Laboral,Derecho Laboral y Seguridad Social,Derecho Procesal |
El artículo 763 en cita dispone que: "Cuando se promueva un incidente dentro de una audiencia o diligencia, se substanciará y resolverá de plano, oyendo a las partes; continuándose el procedimiento de inmediato. Cuando se trate de nulidad, competencia y en los casos de acumulación y excusas, dentro de las veinticuatro horas siguientes se señalará día y hora para la audiencia incidental, en la que se resolverá.". Esta última parte del precepto es una norma especial, por lo que es evidente que tratándose del incidente de nulidad deberá atenderse a ella, con independencia de que se promueva durante una audiencia o fuera de ésta, con la única salvedad de que se trate de los incidentes ahí precisados, lo que impide, en consecuencia, la aplicación de la primera parte del numeral que regula los incidentes en general presentados dentro de una audiencia o diligencia, con la excepción prevista en el artículo 764 relativa a que el promovente se manifestó sabedor de la notificación irregular de que se duele, caso en el que sí puede resolverse de plano el incidente de nulidad.
PRECEDENTES:
Contradicción de tesis 32/2006-SS. Entre las sustentadas por el Segundo Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Cuarto Circuito y lo sostenido por el Segundo Tribunal Colegiado del Décimo Primer Circuito y el Tercer Tribunal Colegiado en Materias Administrativa y de Trabajo del Cuarto Circuito (ahora Tercero en Materia de Trabajo de dicho circuito). 12 de mayo de 2006. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: S.S.A.A.. Ponente: J.D.R.. Secretaria: S.E.M.Q..
Tesis de jurisprudencia 75/2006. Aprobada por la Segunda Sala de este Alto Tribunal, en sesión privada del diecinueve de mayo de dos mil seis.
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Sentencia con número de expediente 1127/2022. Juzgado Sexto de Distrito en el Estado de San Luis Potosí, 2022-09-30
...razón sustancial y suficiente para sostener la legalidad del acto reclamado. Al respecto resulta ilustrativa la tesis de jurisprudencia 2a./J. 75/2006 emitida por la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Novena Época, del Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, localiz......
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Sentencia de la Corte Suprema de Justicia. 12-08-2009 ( CONTRADICCIÓN DE TESIS 199/2009 )
...tratándose de la nulidad de notificaciones convalidadas, todo lo cual como lo ha sostenido esta Segunda Sala en las jurisprudencias 2a./J. 75/2006, 2a./J. 91/2004 y 2a./J. 92/2004, que enseguida se señalan: 1. Criterio relativo a que las promociones de las partes tienen trascendencia y efec......
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Sentencia con número de expediente 483/2022. Juzgado Séptimo de Distrito en el Estado de Guanajuato, 2022-06-07
...el actor, ahora quejoso, se duele de la indebida notificación del auto en que se decretó la caducidad. Sirve de apoyo, la jurisprudencia 2a./J. 75/2006, sustentada por la Segunda Sala de la Suprema Corte de Juicio de amparo: ******** Sentencia Justicia de la Nación, consultable en el Semana......
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Tesis Aislada, , 14 de Mayo de 2007 (Tesis num. 809 de Segundo Tribunal Colegiado del Décimo Primer Circuito (Tesis Aisladas))
...tesis XI.2o.13 L. Nota: Esta tesis contendió en la contradicción 32/2006-SS resuelta por la Segunda Sala, de la que derivó la tesis 2a./J. 75/2006, que aparece publicada en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, T.X., junio de 2006, página 235, con el rubro: "NULI......