Tesis Aislada de Suprema Corte de Justicia, Segunda Sala (Tesis de Suprema Corte de Justicia, Segunda Sala (Tesis Aisladas))

Número de registro818687
EmisorSegunda Sala
MateriaComún,Derecho Civil,Derecho Laboral y Seguridad Social,Derecho Penal,Derecho Público y Administrativo,Derecho Constitucional,Derecho Procesal

No se determina el valor del negocio para la competencia por cuantía en la revisión en amparo con una simple aseveración hecha por los recurrentes en su escrito en el que interponen la revisión, sin que hubieran aportado elemento probatorio alguno para corroborar su aserto.


Amparo en revisión 1295/73. N.D. y coagraviados. 10 de octubre de 1973. Cinco votos. Ponente: P.G.M..


Séptima Epoca, Tercera Parte:


Volumen 53, página 23. Amparo en revisión 3908/72. Sociedad Cooperativa de Ejidatarios y Obreros del Ingenio del M., S.C.L. 3 de mayo de 1973. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: A.J.C..


Véase: Semanario Judicial de la Federación, Séptima Epoca, Volumen 49, Tercera Parte, página 21, tesis de rubro "COMPETENCIA POR CUANTIA DEL NEGOCIO EN LA REVISION EN AMPARO. NO SE FUNDA EN LA SIMPLE ESTIMACION DEL QUEJOSO.".


Nota: En el Volumen 53, página 23, la tesis aparece bajo el rubro "COMPETENCIA POR CUANTIA EN LA REVISION EN AMPARO. NO SE FUNDA EN LA ESTIMACION DEL RECURRENTE.".

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