Tesis Aislada de Suprema Corte de Justicia, Segunda Sala (Tesis de Suprema Corte de Justicia, Segunda Sala (Tesis Aisladas))

Número de registro809523
EmisorSegunda Sala
MateriaLaboral,Derecho Laboral y Seguridad Social

La declaración de 23 de agosto de 1929, relativa a la Convención Industrial Obrera del Ramo Textil, y por virtud de la cual al Secretaría de Industria, impuso a los industriales y obreros del ramo textil, en toda la República, la obligación de observar, a partir del día 1o. de septiembre de 1929, la convención colectiva de trabajo y tarifas mínimas, aprobadas en la Convención Industrial Obrera del Ramo Textil, hayan, o no, suscrito dicha convención y se hayan, o no, adherido a ella, lleva imbíbita, en sí misma, el principio de ejecución necesaria para que, aun considerada como ley, pueda ser reclamada en juicio de amparo.

Amparo administrativo en revisión 3829/29. Sociedad "D. y Lases". 9 de agosto de 1932. Unanimidad de cinco votos. R.: L.M.C..

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