Tesis Aislada de Suprema Corte de Justicia, Segunda Sala, 1 de Julio de 1997 (Tesis num. 2a. LXXX/97 de Suprema Corte de Justicia, Segunda Sala, 01-07-1997 (Tesis Aisladas))

Número de resolución2a. LXXX/97
Fecha de publicación01 Julio 1997
Fecha01 Julio 1997
Número de registro198230
Localizador9a. Época; 2a. Sala; S.J.F. y su Gaceta; VI, Julio de 1997; Pág. 168
EmisorSegunda Sala
MateriaAdministrativa

Si éste aduce que el Tribunal Colegiado sólo concedió el amparo por estimar inconstitucional el precepto en el que se apoyó la multa impuesta, además de que no analizó la cuestión de inconstitucionalidad de los artículos en que se fundó el crédito fiscal, debe considerarse que procede el recurso de revisión, pues la concesión de amparo que pudiera otorgarse si los otros preceptos resultaran inconstitucionales, tendría como resultado el que los oficios impugnados quedaran sin efectos no sólo en cuanto a las multas impuestas, sino también en relación con los créditos determinados, lo que se traduciría en un mayor alcance de la sentencia protectora y, por tanto, en un mayor beneficio para el quejoso.

Amparo directo en revisión 2202/96. E.M.S.P., S.A. de C.V. 7 de febrero de 1997. Cinco votos. Ponente: M.A.G.. Secretario: J.Á.M.O..

6 sentencias

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