Tesis Aislada de Suprema Corte de Justicia, Segunda Sala, 1 de Octubre de 2002 (Tesis num. 2a. CXXIX/2002 de Suprema Corte de Justicia, Segunda Sala, 01-10-2002 (Tesis Aisladas))
Número de resolución | 2a. CXXIX/2002 |
Fecha de publicación | 01 Octubre 2002 |
Fecha | 01 Octubre 2002 |
Número de registro | 185650 |
Localizador | 9a. Época; 2a. Sala; S.J.F. y su Gaceta; XVI, Octubre de 2002; Pág. 476 |
Emisor | Segunda Sala |
Materia | Común |
De conformidad con los artículos 158 y 166, fracción IV, de la Ley Reglamentaria de los Artículos 103 y 107 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en el amparo directo puede alegarse la inconstitucionalidad de una ley dentro del capítulo de los conceptos de violación de la demanda; sin embargo, si se prueba que el quejoso en diverso juicio de amparo indirecto, impugnó la inconstitucionalidad del mismo ordenamiento y se negó la protección constitucional, los agravios relativos en la revisión del amparo directo son inoperantes, puesto que la sentencia denegatoria ya es cosa juzgada.
Amparo directo en revisión 840/2002. M. de los Ángeles F.R., su sucesión. 30 de agosto de 2002. Cinco votos. Ponente: S.S.A.A.. Secretario: G.B.C..
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Sentencia de la Corte Suprema de Justicia. 24-08-2011 (AMPARO DIRECTO EN REVISIÓN 1667/2011)
...ya es cosa juzgada.” (Novena Época, Segunda Sala, Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, tomo: XVI, octubre de 2002, tesis: 2a. CXXIX/2002, página: “REVISIÓN EN AMPARO DIRECTO. SON INOPERANTES LOS AGRAVIOS SOBRE DETERMINADO TEMA LITIGIOSO CUANDO HUBO PRONUNCIAMIENTO EN UN AMPARO A......
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Sentencia de la Corte Suprema de Justicia. 24-10-2018 (AMPARO DIRECTO EN REVISIÓN 669/2018)
...amparo directo son inoperantes, puesto que la sentencia denegatoria ya es cosa juzgada". Tales consideraciones dieron lugar a la tesis 2a. CXXIX/2002, intitulada: "REVISIÓN EN AMPARO DIRECTO. DEBE DESECHARSE POR INOPERANCIA DE LOS AGRAVIOS SOBRE LA INCONSTITUCIONALIDAD DE LA LEY APLICADA, S......
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Sentencia de la Corte Suprema de Justicia. 03-05-2017 (AMPARO DIRECTO EN REVISIÓN 7245/2016)
...particular se formulen, no pueden rebatirse cuestiones firmes”.25 Asimismo, sirve de sustento por las razones que la informan, la tesis 2a. CXXIX/2002, sustentada por la Segunda Sala, cuyo rubro y texto “REVISIÓN EN AMPARO DIRECTO. DEBE DESECHARSE POR INOPERANCIA DE LOS AGRAVIOS SOBRE LA IN......
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...(Novena Época. Instancia: Segunda Sala. Fuente: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta. Tomo: XVI, Octubre de 2002. Tesis: 2a. CXXIX/2002. Página: Finalmente, se considera que es inoperante el agravio inserto en el inciso c) del considerando segundo de esta ejecutoria, acorde a los......